MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rango Decreto
Publicación 2015-02-09
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 132/2015

Dase por designada la Directora Nacional de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad.

Bs. As., 27/1/2015

VISTO el Expediente N° S04:0031863/2014 del registro del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 491

del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de

diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.008, se estableció que las

Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán

cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su

sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo

decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER

EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10

de esa misma ley.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura

transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional de la

DIRECCION NACIONAL DE ATENCION A GRUPOS EN SITUACION DE VULNERABILIDAD,

Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel I, del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08,

dependiente de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS de la

SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la citada Dirección Nacional.

Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria

resulta necesario desigdesignar a la persona que se propone con

carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7° de la Ley N°

27.008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos

mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el artículo 14 del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°

2098/08.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto N° 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del citado Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de

los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y del artículo 1° del Decreto

N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

designada transitoriamente, a partir del 23 de abril de 2014 y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la

fecha del presente decreto, a la licenciada María Soledad PAVESI

(D.N.I. N° 30.243.099), en el cargo de Directora Nacional de la

DIRECCION NACIONAL DE ATENCION A GRUPOS EN SITUACION DE VULNERABILIDAD

dependiente de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS de la

SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS, Nivel A - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la

Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado

por el Decreto N° 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por

el artículo 7° de la Ley N° 27.008 y con autorización excepcional por

no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel

A, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 del citado

Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de

selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los

Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de

CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del

presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos

asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.