IMPUESTOS
Decreto 1320/91
Redúcese la alícuota del artículo 23 de la Ley de Impuestos Internos (T.O. 1979) y sus modificaciones
Bs. As., 11/7/91
VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario coordinar la política del sector tabacalero a fin de lograr, en la coyuntura, un razonable equilibrio entre las diversas actividades que lo componen
Que, a tal efecto resulta aconsejable reducir en DOS (2) puntos la alícuota del art. 23 de la Ley de Impuestos Internos, texto ordenado en 1979 y sus modificaciones, actualmente vigente.-
Que en consecuencia corresponde hacer uso de la facultad conferida al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el citado artículo 86.-
Por ello
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA: