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SESIONES EXTRAORDINARIAS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

SESIONES EXTRAORDINARIAS

Decreto 1322/97

Convócase al Honorable Congreso de la Nación.

Bs. As., 5/12/97

B.O: 10/12/97

En uso de las facultades que le otorgan los artículos 63

y 99 inciso 9) de la Constitución Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Convócase al HONORABLE CONGRESO

DE LA NACION a Sesiones Extraordinarias a partir del l0 y hasta

el 31 de diciembre de 1997.

Art. 2º-Decláranse asuntos comprendidos en

la convocatoria los detallados en el Anexo que forma parte integrante

del presente Decreto.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.

ANEXO I

TEMAS PARA LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONGRESO

DE LA NACION

1-Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración

Nacional para el Ejercicio l.998.

2-Proyecto de Ley por el cual se prorroga la vigencia de la Ley

de Impuesto a las Ganancias.

3-Proyecto de Ley sobre Consejo de la Magistratura.

4-Proyecto de Ley de Pesca.

5-Proyecto de Ley sobre Ministerio Público.

6-Consideracion de Acuerdos de ascensos al personal Militar y

ascensos y designaciones de miembros del Servicio Exterior.