MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 1324/2014
Decretos Nº 357/2002, Nº 20/2007 y N° 496/2007. Modificaciones.
Bs. As., 11/8/2014
VISTO el Expediente Nº E-24733-2014 del Registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios, Nº 496 de fecha 10 de mayo de 2007 y Nº 20 del 10 de
diciembre de 2007 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Nº 357/02 y sus modificaciones, se aprobaron
el organigrama de aplicación de la Administración Pública centralizada
hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades
Organizativas determinadas en dicho organigrama.
Que, oportunamente, mediante el Decreto Nº 20/07, se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
Que resulta necesario reordenar el flujo de responsabilidades en el
ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de optimizar
la administración de los recursos del Estado aplicados a la política
social, potenciando asimismo criterios de efectividad y trabajo en
equipo.
Que para ello, resulta menester readecuar la conformación organizativa
del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los criterios
enunciados, a través de la actualización de la estructura organizativa
de la SECRETARIA DE DEPORTE sin que tal medida implique incrementar el
presupuesto asignado y/o el total de las partidas de los cargos, para
la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que a fin de optimizar el aprovechamiento de los recursos públicos con
miras a la producción de resultados que sean colectivamente compartidos
y socialmente valorados, resulta conveniente actualizar los objetivos
de la SECRETARIA DE DEPORTE y reemplazar los correspondientes a la
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA y a la SUBSECRETARIA
DE RECURSOS DEPORTIVOS, por los correspondientes a la SUBSECRETARIA DE
DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES, la SUBSECRETARIA DE
DEPORTE COMUNITARIO y la SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO
RENDIMIENTO, todas ellas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE.
Que ese reordenamiento requiere asimismo la aprobación de la estructura
organizativa de primer nivel operativo, de la SECRETARIA DE DEPORTE y
sus SUBSECRETARIAS dependientes a fin de posibilitar el cumplimiento
adecuado de sus objetivos.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido conforme su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 6°
y 10 de la Ley Nº 26.895.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° —Sustitúyese del
Anexo l al Artículo 1° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y
sus modificatorios, - Organigrama de aplicación de la Administración
Pública Nacional - el Apartado XIX correspondiente al MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, el que quedará conformado de acuerdo al detalle
obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte
integrante del presente Decreto.
Art. 2° — Sustitúyese del Anexo
II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios, Apartado XIX, la parte correspondiente a los Objetivos
de la SECRETARIA DE DEPORTE, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL de conformidad con el detalle obrante en planilla anexa al
presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 3° — Suprímense del Anexo
II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios, Apartado XIX, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE
PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA y de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS
DEPORTIVOS ambas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 4° —Incorpóranse al Anexo
II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios, Apartado XIX, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE
DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES, de la SUBSECRETARIA DE
DEPORTE COMUNITARIO y de la SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO
RENDIMIENTO, todas ellas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de conformidad con el detalle obrante
en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del
presente Decreto.
Art. 5° —Sustitúyense los
Anexos I a y I g al artículo 3° del Decreto Nº 20 del 10 de diciembre
de 2007, por los que, con idéntica denominación forman parte integrante
del presente Decreto.
Art. 6° — Sustitúyese del Anexo
II al artículo 3° del Decreto Nº 20 del 10 de diciembre de 2007 y sus
modificatorios, la parte correspondiente a la Responsabilidad Primaria
y Acciones de las Unidades Organizativas dependientes de la SECRETARIA
DE DEPORTE por las que, como Anexo II, forman parte integrante del
presente Decreto.
Art. 7° — Suprímese el cargo
extraescalafonario de Coordinador de Programas Deportivos
Jurisdiccional, creado por el Decreto Nº 496 de fecha 10 de mayo de
2007.
Art. 8° —Derógase el artículo 3° del Decreto Nº 496 de fecha 10 de mayo de 2007.
Art. 9° — Modifícase la
distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL - Recursos Humanos - de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL para el ejercicio 2014 aprobada por la Decisión
Administrativa Nº 1 de fecha 3 de enero de 2014, de acuerdo al detalle
obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte
integrante del presente Decreto.
Art. 10. — Hasta tanto se
concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente
medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes
con nivel inferior a las que por el presente se aprueban, las que
transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la
fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones
Ejecutivas previstas en la normativa vigente.
Art. 11. — El gasto que demande la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias de la jurisdicción.
Art. 12. — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alicia M.
Kirchner.
Planilla Anexa al ARTICULO 1°
XIX - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
- SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA
- SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL
- SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
- SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL
- SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES
- SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS
- SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
- SUBSECRETARIA DE JUVENTUD
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR
- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION COMUNITARIA
- SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL
- SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
- SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACION FEDERAL
- SECRETARIA DE DEPORTE
- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES
- SUBSECRETARIA DE DEPORTE COMUNITARIO
- SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO
Planilla Anexa al ARTICULO 2°
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE DEPORTE
Objetivos:
Asistir al Ministro/a de Desarrollo Social en toda cuestión relativa
a la promoción y el desarrollo en el país de la actividad deportiva y
recreativa en todas sus formas.
Asesorar al Ministro/a de Desarrollo Social en la planificación del
uso de los recursos aplicados al desarrollo del deporte en general.
Aprobar programas y proyectos destinados al fomento del deporte,
asegurando los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de
ella a todos los integrantes del sistema deportivo nacional.
Promover y asistir las prácticas deportivas al nivel competitivo
nacional, regional e internacional, en procura de alcanzar crecientes
niveles y logros, asegurando así que las representaciones del deporte
argentino, en todas sus modalidades y disciplinas, sean una expresión
adecuada de la jerarquía cultural y deportiva del país.
Fomentar y apoyar la actividad física y la recreación, como medio
para promover la integración, la inclusión y la cooperación social.
Impulsar el desarrollo del deporte de base en todo el territorio de
la Nación, en coordinación con los organismos públicos nacionales,
provinciales, municipales, barriales y organizaciones sociales, como
así también las actividades físicas relacionadas con la utilización del
tiempo libre, en contacto con el ambiente natural.
Coordinar y ejecutar programas de promoción y desarrollo del deporte
de alto rendimiento sobre la base de los estándares internacionales de
cada disciplina.
Articular con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las políticas del Deporte de Alto Rendimiento.
Articular con el MINISTERIO DE SALUD, con los actores sanitarios
competentes en cada caso, y con el Ente Nacional de Alto Rendimiento
Deportivo (ENARD) las acciones necesarias para brindar el apoyo
preventivo sanitario para el desarrollo de las actividades deportivas
que se programen.
Articular con el MINISTERIO DE SALUD en la formación de
especialistas a través de la implementación de Residencias de Medicina
del Deporte, enfocando sus esfuerzos académicos en aspectos de todos
los niveles de prevención con un enfoque comunitario y profundizando en
las ramas teóricas y prácticas que investigan la influencia positiva en
el aspecto psico-socio-físico del ejercicio, el entrenamiento y el
deporte.
Planilla Anexa al ARTICULO 4°
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE DEPORTE
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES
Objetivos:
Asistir al Secretario/a en el uso eficiente y racional de los
recursos destinados a la promoción territorial del deporte en todas sus
manifestaciones a través de la organización sistemática de certámenes y
juegos nacionales y regionales.
Diseñar políticas de promoción de actividades físicas y del deporte
educacional en coordinación permanente con las autoridades competentes
de jurisdicción nacional, provincial y municipal.
Promover, proyectar y orientar políticas que tiendan a acercar al
hombre a su medio natural, favoreciendo la integración al mismo, el
desarrollo de actitudes ecológicas, así como al mejor aprovechamiento
de su tiempo libre y calidad de vida.
Promover en todo el territorio nacional la práctica de actividad
física, de deportes y recreativa para el conjunto de la sociedad como
elemento de equidad territorial y social.
Aprovechar las potencialidades de los encuentros deportivos
organizados en forma de competencias sistemáticas locales, zonales y
nacionales como instancias contributivas para el desarrollo comunitario
territorial de la competencia deportiva que fomente la integración y la
participación de los titulares de derecho en intercambios mutuamente
enriquecedores.
Articular con organismos públicos y de la comunidad civil las
condiciones necesarias para la generación de ámbitos participativos y
de intercambio cultural en el marco de la realización de eventos
deportivos comunitarios.
Cumplir con todas las normativas de higiene y seguridad del
medioambiente en el Centro Recreativo Nacional (CeReNa) y otros de
similares características a crearse.
Velar por la incorporación de actividades de índole recreativa,
social y cultural en el desarrollo de los Juegos Nacionales Evita.
Coordinar con la Dirección Nacional de Gestión Integral el apoyo de
los Ministerios de Salud a nivel nacional y provincial para asegurar el
apoyo logístico social y sanitario a las actividades deportivas que se
organicen.
Planilla Anexa al ARTICULO 4°
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE DEPORTE
SUBSECRETARIA DE DEPORTE COMUNITARIO
Objetivos:
Asistir al Secretario en la elaboración y planificación de programas
anuales y plurianuales destinados a la promoción de la actividad
deportiva amateur y comunitaria.
Asistir al Secretario en el uso eficiente y racional de los recursos
de la inversión pública y privada destinados a la promoción del deporte
en todas sus manifestaciones.
Programar y diseñar las metodologías de supervisión del cumplimiento
de cronogramas y requisitos por parte de las organizaciones
comunitarias y Clubes Barriales que reciban asistencia material y
financiera destinada a favorecer el cumplimiento de las metas que se
establezcan.
Detectar potencialidades de realización de acciones de integración
comunitaria a través de la recepción y análisis de propuestas para la
realización de actividades deportivas y recreativas, su valoración y
eventual enriquecimiento con la incorporación de experiencias
previamente obtenidas por la Jurisdicción.
Detectar y promover la creación de canales para fomentar la
aplicación y valorización de la participación comunitaria en el
desarrollo de las políticas sociales integrales a través de las
actividades deportivas y recreativas.
Cumplir con todas las normativas de higiene y seguridad del
medioambiente en los Centros Recreativos y Deportivos Comunitarios de
Marcos Paz (CEMA) y de Escobar (CEDES) y en otros de similares
características a crearse.
Asistir al Secretario de Deporte en el otorgamiento de subsidios
para insumos y recursos indispensables para el desarrollo del Deporte
Comunitario.
Velar por la incorporación de actividades de índole recreativa, social y cultural en el desarrollo del Deporte Comunitario.
Planilla Anexa al ARTICULO 4°
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE DEPORTE
SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO
Objetivos:
Asistir al Secretario en el uso eficiente y racional de los recursos
destinados a la promoción del deporte en todas sus manifestaciones.
Asistir al Secretario de Deporte en la planificación del deporte de
representación nacional, y del desarrollo del deporte federado, en
todas sus disciplinas y modalidades.
Asistir al Secretario, en la coordinación con las entidades
federativas nacionales, regionales o locales, así como con las
entidades públicas y privadas, en la elaboración, ejecución y monitoreo
de programas de captación y desarrollo de talentos deportivos y de
programas para el desarrollo del Deporte Federado, procurando, para
tales fines, la aplicación de principios éticos y pedagógicos.
Generar condiciones para facilitar la continuidad educativa y el
desarrollo deportivo de los jóvenes talentos, coordinando acciones con
organismos públicos y privados de educación y deportes de todo el país.
Coordinar programas para entrenadores y deportistas, cualquiera sea
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