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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1336/2014

Danse por prorrogadas designaciones de Directores en la Agencia de Administración de Bienes del Estado.

Bs. As., 13/8/2014

VISTO el Expediente Nº 676/2013 del Registro de la AGENCIA DE

ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el

ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 26.784

y 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1.341 del 10

de septiembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobó el Presupuesto de la

Administración Nacional para los ejercicios 2013 y 2014 respectivamente.

Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció,

entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de

la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de

planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO

NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que mediante el Decreto Nº 1.341 del 10 de septiembre de 2013 se dio

por designado transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180)

días hábiles a partir del 1° de enero de 2013, el personal de la

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo

descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

consignado en el ANEXO que forma parte integrante de la presente medida.

Que resulta necesario efectuar una prórroga de las designaciones

citadas precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su

modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491/02, establece que los

proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no

impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el

ámbito de la Administración Pública Nacional, deberán ser acompañados

por la documentación detallada en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de

2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que los agentes involucrados en la presente medida, se encuentran

exceptuados de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº

601/02 y su modificatorio, por haber dado cumplimiento oportunamente a

tales disposiciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y

TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención

correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a

tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Danse por prorrogadas, por el término de CIENTO OCHENTA

(180) días hábiles a partir del 28 de septiembre de 2013, las

designaciones transitorias efectuadas oportunamente mediante Decreto Nº

1.341 del 10 de septiembre de 2013, de las personas consignadas en el

ANEXO que forma parte integrante de la presente medida, de la AGENCIA

DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el

ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en los cargos, niveles,

unidades organizativas y autorizándose el pago de las funciones

ejecutivas que allí se detallan, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

homologado por el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus

modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el

artículo 14 del referido SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).
Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los

requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,

respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº

2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)

días hábiles contados a partir del 28 de septiembre de 2013.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto

precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas

específicas correspondientes a la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, ENTIDAD 205 - AGENCIA DE ADMINISTRACION DE

BIENES DEL ESTADO.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M.

Capitanich.

ANEXO

APELLIDOS Y NOMBRESD.N.I./L.E. L.C.CARGONIVEL Y GRADOF.E.CHACÓN, CRISTINA SUSANA6.192.170DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO DE BIENES INMUEBLESA-0IBRAU, EDUARDO HIPÓLITO24.041.358DIRECCION NACIONAL DE GESTION INMOBILIARIA ESTATALA-0IGAGLIARDI, MARÍA LORENA22.916.640DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIONA-0I

APELLIDOS Y NOMBRES D.N.I./L.E. L.C. CARGO NIVEL Y GRADO F.E.
CHACÓN, CRISTINA SUSANA 6.192.170 DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO DE BIENES INMUEBLES A-0 I
BRAU, EDUARDO HIPÓLITO 24.041.358 DIRECCION NACIONAL DE GESTION INMOBILIARIA ESTATAL A-0 I
GAGLIARDI, MARÍA LORENA 22.916.640 DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION A-0 I