CONVENCIONES INTERNACIONALES
ADHIERESE A LA PRIMERA Y CUARTA PARTES DE LA CONVENCION INTERAMERICANA DE RADIOCOMUNICACIONES FIRMADA EN LA HABANA EL 13 DE DICIEMBRE DE 1937. APRUEBASE EL ACUERDO INTERAMERICANO DE RADIOCOMUNICACIONES, (REVISION SANTIAGO DE CHILE, 1940) FIRMADO POR LOS DELEGADOS ARGENTINOS EL 26 DE ENERO DE 1940.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto N° 13.531/1945
**Adhiérase a la Primera y Cuarta Partes
de la Convención Interamericana de Radiocomunicaciones y aprobando el
Acuerdo Interamericano de Radiocomunicacio**nes.
Buenos Aires, 22 de Junio de 1945.
Vistas las actuaciones del Expediente N° 71.516-R-1944 del Ministerio
del Interior, relacionadas con la adhesión a la Convención
Interamericana de Radiocomunicacciones (La Habana, 1937) y con la
aprobación del Acuerdo Interamericano de Radiocomunicaciones (Revisión
Santiago de Chile, 1940) y atento que Correos y Telecomunicaciones y el
Ministerio de Rlaciones Exteriores y Culto aconsejan la conveniencia de
adherir a la Primera y Cuarta Partes de la mencionada Convención y de
aprobar el Acuerdo precitado,
El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros-
DECRETA:
Artículo 1.° - Adhiérese a la Primera y Cuarta Partes de la Convención
Interamericana de Radiocomunicaciones firmada en La Habana el 13 de Diciembre de 1937.
Art. 2.° - Apruébase el Acuerdo Interamericano de
Radiocomunicaciones, (Revisión Santiago de Chile, 1940) firmado por los
delegados argentinos el 26 de Enero de 1940.
Art 3.° - Comuníquese oportunamente al H. Congreso de la Nación.
Art. 4.° - Comuníquese a los gobiernos de Cuba y de Chile,
respectivamente, por intermedio del Ministerio e Relaciones Exteriores
y Culto, publíquese en el Boletín Oficial, déswe al Registro Nacional y
archívese.
FARRELL.- César Ameghino- Ceferino Alonso Irigoyen. - Alberto Teisaire.
- Antonio J. Benítez. - Juan Perón. - Amaro Avalos. Juan
Pistarini.
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