CONVENCIONES INTERNACIONALES

Rango Decreto
Publicación 1945-07-11
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 3

ADHIERESE A LA PRIMERA Y CUARTA PARTES DE LA CONVENCION INTERAMERICANA DE RADIOCOMUNICACIONES FIRMADA EN LA HABANA EL 13 DE DICIEMBRE DE 1937. APRUEBASE EL ACUERDO INTERAMERICANO DE RADIOCOMUNICACIONES, (REVISION SANTIAGO DE CHILE, 1940) FIRMADO POR LOS DELEGADOS ARGENTINOS EL 26 DE ENERO DE 1940.

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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto N° 13.531/1945

**Adhiérase a la Primera y Cuarta Partes

de la Convención Interamericana de Radiocomunicaciones y aprobando el

Acuerdo Interamericano de Radiocomunicacio**nes.

Buenos Aires, 22 de Junio de 1945.

Vistas las actuaciones del Expediente N° 71.516-R-1944 del Ministerio

del Interior, relacionadas con la adhesión a la Convención

Interamericana de Radiocomunicacciones (La Habana, 1937) y con la

aprobación del Acuerdo Interamericano de Radiocomunicaciones (Revisión

Santiago de Chile, 1940) y atento que Correos y Telecomunicaciones y el

Ministerio de Rlaciones Exteriores y Culto aconsejan la conveniencia de

adherir a la Primera y Cuarta Partes de la mencionada Convención y de

aprobar el Acuerdo precitado,

El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros-

DECRETA:

Artículo 1.° - Adhiérese a la Primera y Cuarta Partes de la Convención

Interamericana de Radiocomunicaciones firmada en La Habana el 13 de Diciembre de 1937.

Art. 2.° - Apruébase el Acuerdo Interamericano de

Radiocomunicaciones, (Revisión Santiago de Chile, 1940) firmado por los

delegados argentinos el 26 de Enero de 1940.

Art 3.° - Comuníquese oportunamente al H. Congreso de la Nación.

Art. 4.° - Comuníquese a los gobiernos de Cuba y de Chile,

respectivamente, por intermedio del Ministerio e Relaciones Exteriores

y Culto, publíquese en el Boletín Oficial, déswe al Registro Nacional y

archívese.

FARRELL.- César Ameghino- Ceferino Alonso Irigoyen. - Alberto Teisaire.

Pistarini.

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