MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Rango Decreto
Publicación 2004-10-12
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Decreto 1359/2004

**Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo del

citado Departamento de Estado. Sustitución del Anexo I al Artículo 1° y

del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de

2003.**

Bs. As., 5/10/2004

Ver Antecedentes Normativos

VISTO el Expediente N° S01:0141988/2003 del Registro

del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Decretos Nros. 1283 de

fecha 24 de mayo de 2003, 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y 217 de fecha

17 de junio de 2003, lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y

PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1283 de fecha 24 de mayo de 2003, entre

otros aspectos, se sustituyó la denominación del ex MINISTERIO DE

ECONOMIA por la de MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, asignándosele

las competencias a las que dicha Cartera Ministerial debía ajustar su

accionar.

Que mediante el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003, entre otras

consideraciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la

Administración Centralizada del referido Ministerio y se aprobaron los

Objetivos de los niveles políticos incluidos en dicho organigrama.

Que la norma citada precedentemente, en su Artículo 4°, determinó que

el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, así como los organismos

descentralizados que de éste dependen, debían elevar las respectivas

propuestas de estructuras organizativas.

Que en ese orden de ideas, es procedente la aprobación de la estructura

organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la que incluye la

presentación de las unidades de primer nivel operativo estrictamente

indispensables para llevar adelante sus cometidos y ajustando la misma

a criterios de racionalidad y eficiencia.

Que dicha aprobación incluye ciertas modificaciones en las

denominaciones y competencias de los niveles políticos incluidos, para

permitir optimizar el desarrollo de las responsabilidades asignadas.

Que asimismo, en razón de haberse producido modificaciones en la

conformación de la Administración Descentralizada del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y PRODUCCION, resulta necesario efectuar los ajustes

pertinentes en la norma aprobatoria de la misma.

Que, por otra parte, se requiere adoptar disposiciones complementarias

para la inmediata puesta en marcha de la estructura organizativa

propiciada y determinar ciertas medidas de excepción, con el objeto de

dotar a la conformación organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y

PRODUCCION de las herramientas mínimas indispensables, que permitan

optimizar la utilización de los recursos asignados a éste.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE

DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y PRODUCCION, han tomado la intervención que les compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado

de la presente medida en virtud de las atribuciones emergentes del

Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 6, 7

y 14 de la Ley N° 25.827.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°— Sustitúyese el Anexo I

al Artículo 1° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 -

Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION - por el que se consigna en la

planilla anexa al presente artículo.

Art. 2°— Sustitúyese el Anexo II al

Artículo 2° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 - Objetivos

del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION - el que quedará conformado

según el detalle que se consigna en las Planillas Anexas al presente

artículo.

Art. 3°— Apruébase la estructura

organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y

PRODUCCION, de acuerdo con los Organigramas, Responsabilidades

Primarias y Acciones, y Dotación, que como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie,

If, Ig, Ih, Ii, Ij, Ik, II, IIIa y IIIb, forman parte integrante del

presente decreto.

Art. 4°— En un plazo de SESENTA (60)

días a partir de la publicación del presente decreto, el señor Ministro

de Economía y Producción deberá aprobar las aperturas inferiores de las

unidades organizativas que se aprueban por la presente medida.

Art. 5°— Mantiénese la vigencia de

las aperturas inferiores existentes vigentes a la fecha de la

publicación del presente decreto, con su personal, niveles y grados de

revista correspondientes, así como los cargos ocupados del Régimen de

Cargos con Funciones Ejecutivas, hasta tanto se dé cumplimiento a lo

establecido en el artículo precedente.

Art. 6°— Suprímese del Anexo III del

Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 -Administración

Descentralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION - al ex

INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el que fuera

dejado sin efecto por el Decreto N° 217 de fecha 17 de junio de 2003.

Art. 7°— Exceptúase al MINISTERIO DE

ECONOMIA Y PRODUCCION, de las limitaciones dispuestas por el Artículo 7

de la Ley N° 25.827, respecto de los cargos del Régimen de Cargos con

Funciones Ejecutivas que sean previstos para dicha jurisdicción, en el

marco de la adecuación organizacional que se inicia por el presente

decreto.

Art. 8°— Establécese que los cargos a

los que se refiere el artículo precedente deberán ser cubiertos

mediante los procesos de selección previstos en el Sistema Nacional de

la Profesión Administrativa, aprobado por el Decreto N° 993/91 (t.o.

1995).

Art. 9°— Facúltase al señor Ministro

de Economía y Producción a delegar en los Secretarios Ministeriales de

su jurisdicción, las atribuciones a que refiere el segundo párrafo del

Artículo 2° del Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002.

Art. 10.— Establécese que la

habilitación de los cargos que se aprueban por el presente acto, se

encuentra supeditada a la existencia de créditos y cargos aprobados o

que se aprueben en las respectivas leyes de presupuesto.

Art. 11.— Comuníquese, publíquese,

dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —

KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

— SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA:

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA

— SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR: *(Ex -

SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA sustituida por la SECRETARIA DE

COMERCIO INTERIOR, por[Decreto

N° 877/2006*](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=117866) B.O. 14/7/2006)

SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

— SECRETARIA DE FINANZAS:

SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

— SECRETARIA DE HACIENDA:

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS

SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

— SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS:

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION

SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

— SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA:

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

— SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA:

SUBSECRETARIA LEGAL

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2°

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

OBJETIVOS

1.- Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la programación de la política económica.

2.- Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos

institucionales que aseguren la sistematicidad, coherencia, unidad y

organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la

jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.

3.- Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de

las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de la

jurisdicción ministerial, desarrollando criterios e indicadores que

permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva

instrumentación.

4.- En su carácter de Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de

Inversiones Públicas, creado por la Ley N° 24.354, dictar las normas de

instrumentación complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los

actos que se requieran para la debida implementación del mismo.

5.- Dirigir la actualización del Banco de Proyectos de Inversión

Pública y ordenar los estudios que permitan definir las prioridades en

cuanto a la asignación de recursos, en forma compatible con los

requerimientos estratégicos.

6.- Articular las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y

PRODUCCION se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno

Nacional, a los fines de asegurar la coherencia y fortalecimiento de

los lineamientos estratégicos de la política económica.

7.- Entender en la determinación de los objetivos de política económica

y elaborar las pautas que den sentido orientador al esquema de

reestructuración y negociación de los contratos suscritos por el Sector

Público Nacional en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

8.- Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en

el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y participar en el

diseño de las políticas de coordinación macroeconómica con otros

espacios de integración económica internacional.

9.- Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y

mundial y publicar indicadores e informes periódicos que permitan

evaluar el desempeño de la economía.

10.- Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento

de los niveles de vida y de pobreza de la población. Realizar

diagnósticos sobre el empleo y la distribución del ingreso.

11.- Evaluar el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional.

12.- Conducir a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

(INDEC) el Sistema Estadístico Nacional y los Censos Nacionales.

Elaborar las estadísticas socioeconómicas, secundarias, las cuentas

nacionales e internacionales y los análisis y estudios que deriven de

ellos.

13.- Intervenir en la formulación y ejecución de la política arancelaria.

14.- Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de las

políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de

crédito a la exportación.

15.- Intervenir en la definición de las políticas de comercio exterior

de la Nación y en las funciones inherentes a las negociaciones

económicas y comerciales internacionales, ya sean bilaterales,

regionales o multilaterales en particular en los aspectos comerciales e

industriales de la integración regional y/o convenios especiales con

otros países.

16.- Intervenir en la elaboración de las normas e instrumentos vinculados al comercio exterior.

17.- Intervenir en los regímenes de precios índices y mecanismos

antidumping y otros instrumentos de regulación del comercio exterior.

18.- Entender en todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones

con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales

y multilaterales, asegurando el desarrollo, actualización y

mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la

ejecución de los programas con dichos organismos.

19.- Resolver sobre las medidas correctivas que coadyuven a la buena

administración de los préstamos con los organismos internacionales de

crédito.

20.- Entender en la elaboración de pautas macroeconómicas que sirvan de

base para la programación fiscal en el marco de la política económica

vigente.

21.- Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la

fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales,

incluyendo el Plan de Inversión Pública, todo ello, desde el punto de

vista de la finalidad e impacto económico de los mismos.

22.- Intervenir en el seguimiento de las pautas de programación fiscal

nacional vigentes a fin de evaluar su impacto sobre la economía real.

23.- Entender en la programación regional y sectorial de la política

económica nacional, coordinando su accionar con las jurisdicciones

involucradas.

24.- Diseñar programas de capacitación y asistencia técnica orientados

a organismos ejecutores de nivel nacional, provincial y municipal para

la aplicación más efectiva de la política económica.

25.- Coordinar con las distintas áreas de la jurisdicción ministerial y

otros sectores involucrados, las actividades relacionadas con el

desarrollo del aparato productivo nacional, en el marco de la política

económica.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA

OBJETIVOS

1.- Asistir a las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y

PRODUCCION, en la elaboración y ejecución de los planes, programas y

proyectos de la jurisdicción.

2.- Efectuar la evaluación y seguimiento de los aspectos económicos de

los planes, programas y proyectos de la jurisdicción ministerial y

proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos.

3.- Elaborar y proponer los instrumentos que permitan elevar los

niveles de coherencia y complementariedad económica de los fines, así

como también el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles en el

ámbito de la jurisdicción ministerial, tanto a nivel central como

descentralizado.

4.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la articulación de

las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se

establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, a los fines

de asegurar la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos

estratégicos de la política económica.

5.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en la elaboración

y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de

recursos y erogaciones fiscales, incluyendo el Plan de Inversión

Pública, todo ello, desde el punto de vista de la finalidad e impacto

económico de los mismos.

6.- Coordinar estudios sobre la caracterización e implicancias del

gasto público y evaluarlos en términos de eficiencia y eficacia y de

impacto sobre las actividades productivas.

7.- Evaluar el desarrollo de los programas sociales del Gobierno

Nacional en términos de su impacto en la situación social que atienden.

8.- Dirigir la consolidación de estadísticas de recursos y gasto

público a nivel nacional, provincial y municipal, siguiendo

metodologías aceptadas internacionalmente y/o armonizadas en los

espacios de integración económica internacional.

9.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en su función de

Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, y

colaborar en el dictado de las normas de instrumentación

complementarias y/o aclaratorias que se requieran para la debida

implementación del mismo.

10.- Coordinar la actualización del Banco de Proyectos de Inversión

Pública y disponer los estudios que permitan definir las prioridades en

cuanto a la asignación de recursos, en forma compatible con los

requerimientos estratégicos.

11.- Asistir en la representación a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

y al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en los grupos y comisiones de

trabajo en el marco del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y otros

espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su

competencia específica.

12.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la definición de

las políticas de comercio exterior y en las negociaciones económicas y

comerciales internacionales, en particular en los aspectos relacionados

con su impacto en el desarrollo productivo interno.

13.- Participar en la formulación y ejecución de la política arancelaria de comercio exterior.

14.- Participar en la elaboración, propuesta y ejecución de las

políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de

crédito a la exportación.

15.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en los temas

inherentes a regímenes de precios índices, salvaguardias, antidumping y

otros instrumentos complementarios de la política de comercio exterior.

16.- Asistir y asesorar en la ejecución y puesta en marcha de programas

de desarrollo productivo sectorial a mediano y largo plazo, coordinando

su accionar con las diferentes jurisdicciones involucradas.

17.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en el monitoreo

permanente de la evolución de los distintos sectores productivos de la

economía nacional.

18.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en el

seguimiento del comportamiento de los precios de la Canasta Básica

Alimentaria y proponer medidas que propendan a una mayor estabilidad de

los mismos.

19.

Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la coordinación

con las distintas áreas de la jurisdicción ministerial y otros sectores

involucrados, en las actividades relacionadas con el desarrollo del

aparato productivo nacional, en el marco de la política económica.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA

OBJETIVOS

1.- Programar, coordinar y dirigir las tareas tendientes al seguimiento de la economía global y sectorial.

2.- Coordinar la elaboración e implementación de modelos de

programación macroeconómica y efectuar el análisis de consistencia de

las políticas macroeconómicas.

3.- Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la

elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar

el desempeño de la economía.

4.- Asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas que

sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política

económica vigente.

5.- Efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes evaluando su impacto sobre la economía real.

6.- Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo

plazo basadas en experiencias internacionales y/o en acuerdos de

coordinación de políticas macroeconómicas.

7.- Diseñar y proponer planes estratégicos de desarrollo regional

basados en el potencial productivo y las ventajas naturales y

adquiridas de cada región.

8.- Coordinar la formulación de planes de desarrollo regional con las jurisdicciones territoriales involucradas.

9.- Elaborar programas de capacitación y asistencia técnica dirigidos a

organismos ejecutores de nivel nacional, provincial y municipal para la

aplicación más efectiva de la programación económica

10.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la determinación

de los objetivos y pautas generales de la política económica.

11.- Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo,

pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, y proponer vías de

acción para su mejoramiento.

12.- Participar en los análisis de evaluación del impacto sobre la

economía nacional de los cambios en el contexto internacional.

13.- Colaborar en el diseño de los lineamientos estratégicos para la programación económica.

SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

(Nota Infoleg*: Las misiones y

funciones de la ex Secretaría de Coordinación Técnica fueron asumidas

por la Secretaría de Comercio Interior de acuerdo a lo establecido por

el art. 1° del[Decreto

N° 877/2006](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=117866)B.O. 14/7/2006 y su planilla anexa; atento lo cual incorporamos en el

presente Anexo los objetivos de la Secretaría de Comercio Interior y

los de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de conformidad con la

sustitución dispuesta por art. 2° del[Decreto

N° 877/2006](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=117866)B.O. 14/7/2006 y el art. 3° del mencionado Decreto establece: " La

estructura organizativa de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR, será la

aprobada oportunamente para la ex SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA

del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION por el Decreto Nº 1359 de fecha

5 de octubre de 2004 y sus normas complementarias").*

OBJETIVOS

1.- Intervenir, cuando corresponda y desde el punto de vista de la

unicidad estratégica, en el diseño y/o elaboración de propuestas de

programas y planes de acción de la jurisdicción y su articulación con

otras áreas de gobierno.

2.- Coordinar a las distintas dependencias de la jurisdicción en la

elaboración y ejecución de políticas y planes solicitados por la señora

Ministra, vinculados con los temas de su competencia.

3.- Brindar asistencia técnica y armonizar proyectos de leyes,

decretos, decisiones administrativas o resoluciones, con políticas y

planes vinculados con su competencia.

4.- Evaluar el grado de cumplimiento de las políticas en curso en el

ámbito de la jurisdicción ministerial, tanto centralizada como

descentralizada.

5.- Evaluar y asesorar sobre el grado de oportunidad, mérito y

conveniencia para la puesta en marcha de políticas y acciones que

impacten sobre el comercio interior, en el ámbito de la jurisdicción

ministerial.

6 - Promover la articulación de políticas de comercio interior con los

Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

7.- Asegurar la correcta ejecución y control de las políticas comercial

interna, de defensa del consumidor, la desregulación y la defensa de la

competencia.

8.- Evaluar el grado de competitividad en todos los ámbitos de la

actividad económica, tipificando las estructuras de costos de los

bienes que conforman el mercado.

9.- Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA o del organismo que en el futuro la sustituya.

10.- Entender en la implementación de políticas y marcos normativos

necesarios para afianzar la competencia, los derechos del consumidor y

el aumento en la oferta de bienes y servicios.

11.- Entender en la propuesta, coordinación, seguimiento y control de

aplicación de la política de desregulación en todos los ámbitos de la

actividad económica, tanto en lo concerniente a la propia gestión de la

administración, a las actividades del sector privado sujetas a

regulación, así como también en las medidas relacionadas con otras

políticas públicas, a los fines de asegurar su coherencia y

consistencia interna, y a la asistencia técnica en materia de

desregulación en otras jurisdicciones.

12.- Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y

normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y

servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la

transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las

normas técnicas.

13.- Entender en todo lo relativo a la aplicación de las Leyes Nros.

22.802 de Lealtad Comercial, 19.227 de Mercados de Interés Nacional,

19.511 de Metrología Legal y 24.240 de Defensa del Consumidor.

14.- Supervisar la elaboración y seguimiento de la normativa de Lealtad

Comercial en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y los reglamentos

nacionales que en su consecuencia deban dictarse.

15.- Supervisar las actividades relacionadas con la fiscalización del abastecimiento.

16.- Supervisar el accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.

SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

OBJETIVOS

1.- Efectuar la propuesta y control de las políticas relacionadas con la defensa del consumidor.

2.- Entender en la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar los derechos del consumidor.

3.- Intervenir y asesorar a la Secretaría en todo lo relativo a la

aplicación de la Leyes Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional,

19.511 de Metrología Legal, 22.802 de Lealtad Comercial y 24.240 de

Defensa del Consumidor.

4.- Asistir al Secretario en la supervisión del accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.

5.- Supervisar las actividades vinculadas con el seguimiento y

verificación de todo lo relacionado con la aplicación de las Leyes

Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología

Legal, 22.802 de Lealtad Comercial y 24.240 de Defensa del Consumidor.

6.- Supervisar la sustanciación de los sumarios para el juzgamiento en

sede administrativa, de las infracciones a las citadas leyes.

7.- Entender en la elaboración, propuesta y seguimiento de la normativa

de Lealtad Comercial y Metrología Legal en el MERCADO COMUN DEL SUR

(MERCOSUR) y los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban

dictarse.

8.- Asistir a la Secretaría en la elaboración de propuestas, evaluación

y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la

organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como

privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad

funcional y la modernización de las normas técnicas.

SECRETARIA DE FINANZAS

OBJETIVOS

1.- Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros.

2.- Efectuar la coordinación de los aspectos administrativos de las

relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA

NACION ARGENTINA, el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD

ANONIMA y el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA con el PODER EJECUTIVO

NACIONAL.

3.- Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los

aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento

externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA interviniendo en las

negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales,

extranjeros, públicos, privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

(FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera

internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.

4.- Coordinar la administración de la deuda pública y elaborar las

proyecciones presupuestarias del endeudamiento público con la

SECRETARIA DE HACIENDA.

5.- Establecer las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL.

6.- Participar en los aspectos financieros de los Fondos Fiduciarios en los que el ESTADO NACIONAL sea parte.

7.- Supervisar las acciones para coordinar la venta de los paquetes

accionarios y otros activos financieros en poder del ESTADO NACIONAL.

8.- Coordinar y ejecutar las políticas y acciones que hacen al

ejercicio de los derechos societarios de las participaciones

accionarias o de capital de empresas donde el ESTADO NACIONAL sea socio

minoritario y estén en proceso total de privatización e instruir a los

representantes del ESTADO NACIONAL en las citadas empresas.

9.- Dirigir y supervisar el sistema de crédito público y ejercer con la

SECRETARIA DE HACIENDA las funciones de órgano responsable de la

coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector

Público Nacional.

10.- Preservar el crédito público.

11.- Intervenir en la definición de los requerimientos de

financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o

puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

12.- Coordinar las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

13.- Intervenir en las relaciones y negociaciones con los organismos

financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte

en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de

dichos organismos, y en los préstamos provenientes de los mismos.

14.- Intervenir en lo vinculado con las representaciones del país en

los organismos financieros internacionales de crédito de los que la

Nación forma parte.

SECRETARIA DE FINANZAS

SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

OBJETIVOS

1.- Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los servicios

financieros, en particular los referidos a: seguros, sistema integrado

de jubilaciones y pensiones, mercado de valores y sistemas de

liquidación de operaciones públicos y privados en función de las

políticas de apertura externa y desregulación.

2.- Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos de las

relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA

NACION ARGENTINA; el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD

ANONIMA y el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA con el PODER EJECUTIVO

NACIONAL.

3.- Asistir en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones

y en las cuestiones administrativas que hacen al ejercicio de los

derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de

empresas donde el ESTADO NACIONAL sea socio minoritario y estén en

proceso total de privatización e instruir a los representantes del

ESTADO NACIONAL en las citadas empresas.

4.- Asistir en las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE FINANZAS

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS

1.- Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.

2.- Ejecutar las políticas y medidas relativas al financiamiento

externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA, interviniendo en las

negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales,

extranjeros, públicos, privados y EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL y

asistir en la coordinación de las representaciones financieras en el

exterior.

3.- Asistir al señor Secretario de Finanzas en la dirección y

supervisión del sistema de crédito público y en la ejecución de las

funciones de órgano responsable de los sistemas de administración

financiera.

4.- Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.

5.- Supervisar la organización de los sistemas de información sobre

mercados de capitales y el registro del endeudamiento público

6.- Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros

del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos

fiduciarios en los que éste sea parte.

7.- Ejecutar las acciones necesarias para coordinar la venta de los

paquetes accionarios y otros activos financieros en poder del ESTADO

NACIONAL.

8.- Asistir al señor Secretario de Finanzas en las acciones orientadas a preservar el crédito público.

9.- Asistir al señor Secretario de Finanzas en todo lo relacionado con

los organismos financieros internacionales de crédito de los que la

Nación forma parte en los aspectos que hacen a las políticas generales

y particulares de dichos organismos, y en los préstamos provenientes de

los mismos.

SECRETARIA DE HACIENDA

OBJETIVOS

1.- Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y

Contabilidad, y ejercer con la SECRETARIA DE FINANZAS, las funciones de

Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración

Financiera del Sector Público Nacional.

2.- Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

3.- Entender en la definición de las necesidades de financiamiento del

Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas,

por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones

de pago.

4.- Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos

fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través

de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Nacional.

5.- Proponer la política salarial del Sector Público Nacional.

6.- Coordinar los aspectos contables entre el Gobierno Nacional, los

Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS

AIRES.

7.- Intervenir en los procesos de Reforma y Transformación del Estado, en el ámbito de su competencia.

8.- Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

9.- Conducir todo lo vinculado a los aspectos fiscales, económicos y

financieros y sus impactos sociales, en la relación entre el Gobierno

Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

10.- Coordinar la asistencia a las provincias en lo que es materia de su competencia.

11.- Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía regional.

12.- Entender en el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los recursos de la seguridad social.

13.- Entender en el diseño de regímenes de promoción económica con

responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines

extra fiscales que se persigan a través de los mismos.

14.- Supervisar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

15.- Intervenir en todo lo atinente a los organismos descentralizados del ámbito de su competencia.

16.- Coordinar las relaciones entre la CASA DE MONEDA S.E. y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS

1.- Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2.- Coordinar el desarrollo y aplicación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.

3.- Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.

4.- Coordinar la política salarial del Sector Público Nacional y la

participación en el desarrollo de las negociaciones colectivas de

trabajo del mismo.

5.- Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Física y Financiera.

6.- Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos

del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

7.- Asistir a la SECRETARIA DE HACIENDA en los procesos de Reforma y Transformación del Estado, en el ámbito de su competencia.

8.- Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

9.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y

deudas entre el Sector Publico Nacional y el Sector Privado, en el

marco de las normas vigentes.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS

OBJETIVOS

1.- Coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA

Y PRODUCCION y de otros Ministerios, todos los aspectos vinculados con

el apoyo institucional a las políticas fiscales y de desarrollo

económico de los gobiernos provinciales y municipales.

2.- Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para asistir a

las Provincias en la implementación de programas fiscales, financieros

y de apoyo al desarrollo económico.

3.- Coordinar la instrumentación de un banco de datos fiscales,

económicos, financieros y sociales sobre provincias y municipios.

4.- Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento

institucional en relación a la capacidad productiva a nivel de los

Gobiernos Provinciales y Municipales en los aspectos financieros,

fiscales y presupuestarios.

5.- Coordinar las políticas fiscales, económicas y financieras y sus

impactos sociales entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos

Provinciales y Municipales y diseñar y operar un sistema de información

sobre la gestión de las Provincias y Municipios que permita su

integración a las cuentas nacionales.

6.- Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de

los Estados Provinciales, su infraestructura productiva, los procesos

de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al

examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el

campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.

7.- Coordinar todo lo atinente a opciones de cooperación y asistencia

nacional e internacional, bilateral y multilateral, disponibles para

las Provincias y Municipios en apoyo de sus políticas y acciones

fiscales, económicas y financieras.

8.- Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras

entidades para el desarrollo e implementación de los programas y

acciones de su competencia.

9.- Participar con los organismos correspondientes en la

instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación

federal de impuestos.

10.- Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la

normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de

regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las

Provincias.

11.- Promover acciones de coordinación de las políticas de

endeudamiento del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos

provinciales y municipales y realizar el seguimiento de los niveles de

endeudamiento de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas

públicas.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

OBJETIVOS

1.- Coordinar el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los

recursos de la seguridad social, adecuado a las circunstancias de orden

económico y social. Asegurar la correcta interpretación de las normas

tributarias.

2.- Asistir en el diseño de regímenes de promoción económica con

responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines

extra fiscales que se persigan a través de los mismos, actuando como

autoridad de control en la utilización de beneficios promocionales a

partir de la información suministrada por los organismos de aplicación

y fiscalización competentes en la materia y de aplicación cuando las

normas respectivas así lo establezcan.

3.- Coordinar la negociación de acuerdos internacionales en materia

impositiva y aduanera con el fin de armonizar la aplicación de las

normas nacionales con las vigentes internacionalmente, e intervenir en

aquellos que traten recursos de la seguridad social.

Asimismo coordinar los aspectos impositivos aduaneros referidos a la

armonización tributaria en procesos de integración regional.

4.- Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

OBJETIVOS

1.- Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción,

comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia

agropecuaria, pesquera, forestal y agroindustrial, coordinando y

conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las Provincias y los

diferentes subsectores.

2.- Promover la utilización y conservación de los recursos naturales

destinados a la producción agrícola, frutihortícola, ganadera, forestal

y pesquera a fin de acrecentar el capital productivo del país y el

desarrollo económico del sector.

3.- Realizar el seguimiento de la producción, de los mercados

nacionales e internacionales y de los programas, proyectos y

actividades de su competencia.

4.- Efectuar el seguimiento del accionar de los organismos

descentralizados del sector, a fin de evaluar su desempeño y

realimentar los procesos de formulación de políticas y toma de

decisiones.

5.- Definir las políticas referidas al desarrollo, promoción, calidad y

sanidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario

de origen animal o vegetal.

6.- Entender en el control y fiscalización comercial del mercado de

granos, productos frutihortícolas, ganados, carnes y subproductos de la

ganadería, e intervenir en lo relativo a la aplicación de la política

comercial interna de productos agropecuarios.

7.- Controlar la aplicación de los marcos regulatorios y el

cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector

agropecuario que son brindados por el sector privado.

8.- Promover y desarrollar la actividad hípica, controlando la

aplicación de las normas referidas a dicha actividad e impulsando el

conocimiento de la producción nacional de ejemplares equinos en el

exterior.

9.- Coordinar acciones con las distintas regiones del país a fin de

desconcentrar la ejecución de las políticas de la jurisdicción y

facilitar la integración con los distintos sectores del quehacer

agropecuario, agroindustrial, forestal, alimentario, pesquero y

acuícola.

10.- Promover la creación de un sistema integral de gestión

agropecuaria a fin de permitir una actuación coordinada de la

Secretaría y sus organismos descentralizados.

11.- Actuar como Autoridad Nacional de Aplicación y Contralor de la Ley

N° 9.643, en lo relativo a warrants y certificados de depósito.

12.- Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el

desarrollo de la actividad agropecuaria y forestal, la evaluación de

sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo

aquellas medidas de carácter global o sectorial que posibiliten

impulsar el desarrollo de dicha actividad.

13.- Entender en la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y

financiamiento de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales,

procurando la sostenibilidad de los recursos naturales.

14.- Entender en la aplicación de la normativa vigente relativa al

tratamiento de emergencia y/o desastre agropecuario, en coordinación

con otros organismos competentes.

15.- Supervisar los programas, proyectos y actividades del INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE

INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y

CALIDAD AGROALIMENTARIA y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, y

evaluar sus desempeños.

16.- Entender en la propuesta y ejecución de la política de fomento y

regulación de la pesca y acuicultura, así como también la

industrialización, comercialización y transporte de sus productos.

17.- Entender en la celebración de acuerdos bilaterales y/o

multilaterales que permitan una mejor administración, conservación y

ordenamiento de los recursos, incluyendo los de alta mar e intervenir

en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de

interés para la actividad.

18.- Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el

desarrollo de la producción de alimentos, evaluar sus tendencias, tanto

en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de

carácter global o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de

dicha actividad.

19.- Entender en el diseño y la ejecución de políticas de desarrollo,

promoción, calidad y bioseguridad de productos para consumo

alimentario, de origen animal y/o vegetal, industrializados o no.

20.- Elaborar y ejecutar programas destinados a atender la problemática del productor agropecuario.

21.- Entender en la aplicación de la Ley N° 20.247 - Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas.

22.- Entender en la certificación de la calidad, nacional e

internacional de todo órgano vegetal destinado para la siembra,

plantación o propagación, observando los acuerdos firmados o a firmarse

en la materia.

23.- Entender en la protección de la propiedad intelectual de las semillas y creaciones fitogenéticas y biotecnológicas.

24.- Proponer las normas y ejercer el poder de policía para asegurar a

los agricultores la identidad y la calidad de la semilla que adquieren.

25.- Entender en las autorizaciones de liberación al medio y

comercialización de organismos genéticamente modificados para uso

agropecuario.

26.- Intervenir en las situaciones contempladas en la Ley de Defensa de

la Competencia cuando involucren al productor agropecuario.

27.- Supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION

OBJETIVOS

1.- Asistir en la ejecución de planes, programas y políticas de

producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia

agropecuaria, forestal, procurando la sostenibilidad de los recursos

naturales.

2.- Proponer y coordinar la ejecución de políticas tendientes al

desarrollo, expansión y aumento de eficiencia de las distintas cadenas

productivas que conforman el sector.

3.- Coordinar el estudio de los distintos factores económicos que

afectan el desarrollo de las actividades agropecuarias y forestales.

4.- Coordinar en conjunto con la SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA

Y ALIMENTOS el fortalecimiento de la competitividad de las cadenas

agroalimentarias, proponiendo aquellas medidas de carácter global o

sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y sostenible

de las mismas.

5.- Efectuar propuestas de políticas impositiva, financiera,

arancelaria y de ocupación de mano de obra para las actividades

agropecuarias, forestales.

6.- Elaborar, proponer, coordinar y ejecutar políticas, programas y proyectos de desarrollo regional, sectorial y rural.

7.- Supervisar la realización de investigaciones aplicadas en el campo de la economía agropecuaria.

8.- Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y

ALIMENTOS en la ejecución de las políticas relacionadas con la

Biotecnología para uso agropecuario.

9.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y

Alimentos en las acciones vinculadas con el tratamiento del riesgo, la

emergencia y/o desastre agropecuario.

10.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y

Alimentos en todos los temas vinculados al financiamiento externo.

11.- Participar en todo lo relativo a la definición de la política sanitaria referida de la actividad agropecuaria.

12.- Participar en todo lo relativo a la discusión de la política

tributaria referida al sector agropecuario con los organismos

competentes.

13.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y

Alimentos en su relación con los Gobiernos Provinciales en materia de

producción y servicios agropecuarios y forestales.

14.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y

Alimentos en la coordinación de las relaciones entre el INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS

OBJETIVOS

1.- Asistir en todos los temas vinculados a la relación externa de la

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, tanto

bilateral como multilateral, participando en los procesos de

integración regional, especialmente en los distintos Grupos de Trabajo

del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y la ASOCIACION DE LIBRE COMERCIO

PARA LAS AMERICAS (ALCA).

2.- Realizar las propuestas y coordinar la ejecución de las políticas

de comercialización, regulación y fiscalización de la producción

agroalimentaria, asistiendo en el seguimiento de los mercados

agropecuarios y agroindustriales, así como en las negociaciones

internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros.

3.- Asistir en la promoción y desarrollo de la actividad hípica, tanto

en el país como para el conocimiento de la producción en el exterior;

así como también en el control de la aplicación de la normativa que

rige dicha actividad.

4.- Coordinar en conjunto con la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y FORESTACION el fortalecimiento de la competitividad de las

cadenas agroalimentarias, proponiendo aquellas medidas de carácter

global o sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y

sostenible de las mismas.

5.- Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de

desarrollo y promoción de la calidad de los productos agroalimentarios.

6.- Coordinar la promoción comercial de los productos agroalimentarios en los mercados nacionales e internacionales.

7.- Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y

ALIMENTOS en las cuestiones de bioseguridad, especialmente en las

autorizaciones de liberación al medio y comercialización de organismos

genéticamente modificados para uso agropecuario.

8.- Participar en todo lo relativo a la definición de las políticas de inocuidad, seguridad y calidad agroalimentaria.

9.- Participar en todo lo relativo a la discusión de las políticas

arancelarias y de comercio exterior del sector agroalimentario.

10.- Participar en todo lo relativo a la definición de las políticas de

prevención del riesgo y asistencia en emergencia y/o desastre

agropecuario.

11.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y

Alimentos en los aspectos relacionados con el Codex Alimentarius y el

Código Alimentario Argentino.

12.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y

Alimentos en la supervisión de las actividades de la OFICINA NACIONAL

DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

13.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y

Alimentos en la coordinación de las relaciones entre, el SERVICIO

NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE

VITIVINICULTURA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

OBJETIVOS

(Nota Infoleg:el art. 8° del[*Decreto

373/2007](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=127403)B.O. 23/4/2007 dice: "Derógase la parte pertinente a la estructura

organizativa de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA dependiente de

la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, aprobada por el Decreto Nº 1359 de

fecha 5 de octubre de 2004.". Dado que el art. 2° del[Decreto

373/2007](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=127403)B.O. 23/4/2007 aprueba los nuevos objetivos de

dicha Subsecretaría, entendemos que los presentes se encuentran

derogados).*

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

OBJETIVOS

1.- Entender en la elaboración, propuesta y definición de la política

comercial en el campo exterior, en particular en los procesos de

integración subregional, regional y hemisférica; así como en el ámbito

interregional y multilateral.

2.- Entender en la definición de la política industrial y el diseño,

financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a

promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector, actuando como

autoridad de aplicación de los regímenes de promoción, cuando las

normas respectivas así lo establezcan.

3.- Entender en lo referente a las estructuras arancelarias y las

políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de

crédito a la exportación.

4.- Entender en la elaboración de la normativa sobre reglas de origen,

con la intervención de las áreas competentes y el otorgamiento de los

certificados de origen y calidad de los productos destinados a la

exportación.

5.- Instruir al servicio aduanero, acerca de la interpretación y

aplicación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el

comercio exterior, los regímenes de origen, y el reconocimiento del

certificado de origen como documento imprescindible para determinadas

importaciones.

6.- Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y

salvaguardias incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las

medidas compensatorias.

7.- Analizar la problemática de los diferentes sectores industriales,

detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica,

entre otras.

8.- Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional.

9.- Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial

del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros

países en lo que es materia de su competencia.

10.- Promover el mejoramiento de los estándares de competitividad del

sector industrial a través de una adecuada asistencia tecnológica.

11.- Ejercer el control superior del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.

12.- Coordinar lo vinculado con la promoción y registro de inversiones extranjeras en el país, en las áreas de su incumbencia.

13.- Supervisar las acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración productiva.

14.- Supervisar lo vinculado al desarrollo de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

15.- Intervenir en la fijación de la política de promoción comercial y

participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular

el intercambio con el exterior.

16.- Intervenir juntamente con las demás áreas del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y PRODUCCION con competencia en la producción y los servicios,

en la elaboración de la normativa y el otorgamiento de los certificados

de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.

17.- Participar por sí o quien designe en el Consejo de Administración de la FUNDACION INVERTIR.

18.- Promover y participar en los acuerdos de cooperación e integración

internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea

parte, y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los

organismos crediticios internacionales.

19.- Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

20.- Promover la articulación de políticas industriales y de comercio

exterior con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS

AIRES.

21.- Supervisar la ejecución de las políticas nacionales vinculadas con la pequeña y mediana empresa y el desarrollo regional.

22.- Ejercer la Autoridad de Aplicación del Régimen de Compre de

Trabajo Argentino (Ley N° 25.551) e intervenir en las negociaciones

internacionales vinculadas a compras gubernamentales.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

OBJETIVOS

1.- Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos

de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA

EMPRESA, en aquellas materias de su competencia específica.

2.- Intervenir en la definición de la política industrial y el diseño,

financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a

promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector.

3.- Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales.

4.- Intervenir en las negociaciones del sector automotriz a nivel regional e internacional.

5.- Participar en las negociaciones de los procesos de integración de

bloques comerciales en los que la REPUBLICA ARGENTINA sea parte, en los

temas de su competencia.

6.- Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo N° 7 - "Industria -

(SGT N° 7) y cuando corresponda, los Foros de Competitividad

Sectoriales, en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).

7.- Intervenir en las políticas relacionadas con la preservación del

medio ambiente, formuladas por el Gobierno Nacional, en materia de su

competencia.

8.- Promover la articulación tecnológico-industrial nacional.

9.- Asistir y asesorar en todo lo relacionado con las acciones que

ejecuta la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA

EMPRESA respecto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

(INPI) y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

10.- Apoyar a las actividades industriales de base tecnológica que conforman los nuevos desarrollos en la economía.

11.- Asistir en la definición de políticas para la promoción de las

inversiones y el financiamiento destinados al sector industrial.

12.- Promover la integración y eslabonamiento de las grandes empresas industriales en el tejido productivo.

13.- Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y

MEDIANA EMPRESA en la articulación de las políticas industriales con

los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

14.- Intervenir en todas las propuestas, actividades y acciones que

promuevan el desarrollo del diseño como instrumento para incrementar la

competitividad de las empresas.

15.- Participar en lo referente a normativas sobre estructuras

arancelarias, zonas francas y reglas de origen en todo lo que implique

al sector industrial.

16.- Intervenir en el Régimen de Trabajo de Compre Argentino (Ley N°

25.551) y asistir en las negociaciones internacionales vinculadas a las

compras gubernamentales.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL

OBJETIVOS

1.- Entender en la definición de la política comercial en el campo exterior.

2.- Entender en la elaboración, interpretación y aplicación de la

normativa sobre competencia desleal y salvaguardias en lo referente a

las prácticas antidumping, salvaguardias, subvenciones y medidas

compensatorias.

3.- Entender en la elaboración, propuesta, interpretación y aplicación

de la normativa sobre instrumentos de política comercial referentes a

las importaciones y exportaciones, reembolsos y reintegros a la

exportación y seguro de crédito a la exportación.

4.- Entender en la elaboración y propuesta de las estructuras arancelarias.

5.- Intervenir en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre zonas francas.

6.- Asistir en las instrucciones al servicio aduanero, acerca de la

interpretación y aplicación de los distintos regímenes vigentes

relacionados con el comercio exterior, los regímenes de origen, y el

reconocimiento del certificado de origen, como documento imprescindible

para determinadas importaciones.

7.- Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y

MEDIANA EMPRESA en la elaboración, interpretación y aplicación de la

normativa sobre reglas de origen.

8.- Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales

internacionales y en el seguimiento de procesos de integración regional

y hemisférica, así como en las gestiones ante bloques económicos y

zonas de integración, negociaciones multilaterales, en la ORGANIZACION

MUNDIAL DE COMERCIO y con los países de la región Asia-Pacífico.

9.- Ejercer, cuando corresponda, la representación en los órganos

existentes o a crearse en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR

(MERCOSUR), la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI) y el

resto de los Acuerdos en que nuestro país sea parte.

10.- Coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y

PRODUCCION se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo relativo al comercio exterior y

la integración regional y hemisférica.

11.- Coordinar la atención de los requerimientos del sector privado en

lo referente a la interpretación de las normas pertinentes al comercio

exterior y asegurar el acceso del mismo a la información disponible

sobre temas vinculados a las transacciones comerciales.

12.- Asistir en la supervisión del accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

13.- Participar por sí o quien designe en el Consejo de Administración de la FUNDACION EXPORTAR.

14.- Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y

MEDIANA EMPRESA en la articulación de las políticas de comercio

exterior con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS

AIRES.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

OBJETIVOS

1.- Entender en la aplicación de las normas correspondientes a los

Títulos I y II de la Ley N° 24.467 y la Ley N° 25.300 y de las

disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de

Aplicación.

2.- Intervenir en los lineamientos estratégicos y proponer las

prioridades en materia de políticas y programas relativos a las Micro,

Pequeñas y Medianas Empresas, (MIPyMES) dentro de las definiciones de

políticas globales y sectoriales dispuestas por el Gobierno Nacional.

3.- Promover en el apoyo a la modernización, reestructuración,

reconversión y reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

(MIPyMES), alentando su productividad y competitividad, preservando el

medio ambiente.

4.- Diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y

acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a la

problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPy- MES) en

todas sus ramas, dentro del marco de la política general.

5.- Coordinar con las diferentes organizaciones gubernamentales y no

gubernamentales con competencia en la materia, la aplicación de

políticas y programas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

(MIPyMES).

6.- Intervenir en la celebración de Convenios Internacionales que

promuevan a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES),

faciliten su acceso al crédito, su modernización tecnológica, la

formación y capacitación de sus cuadros gerenciales, técnicos y

profesionales.

7.- Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.

8.- Promover el financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas

Empresas (MIPyMES) y aplicar las normas previstas en la Ley N° 24.467 y

la Ley N° 25.300 en el ámbito de su competencia.

9.- Entender en las acciones necesarias para el cumplimiento de los

objetivos establecidos en las políticas dirigidas al sector de las

Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a nivel sectorial,

regional e internacional.

10.- Analizar la problemática de los sectores y espacios regionales

correspondientes a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) de

manera de identificar las necesidades de asistencia financiera,

tecnológicas, ambientales y de capacitación.

11.- Promover a través del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la

materia las negociaciones y acuerdos referidos al sector respecto de

los procesos de integración regional y/o acuerdos especiales con otros

países.

12.- Intervenir y coordinar en la gestión y obtención de cooperación

técnica y financiera internacional que otros países y organismos

internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y

políticas del sector.

13.- Participar en la promoción de los consorcios de exportación de las

Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando su acceso a

mercados internacionales, participando en ferias, congresos e

integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior, coordinando

dicho accionar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la materia.

14.- Entender en la elaboración y ejecución de acciones y programas

destinadas a promover las exportaciones de bienes y servicios de las

Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando los trámites

necesarios para la realización de las mismas, en un accionar coordinado

con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y

CULTO.

15.- Analizar, coordinar y proponer políticas especificas de apoyo a la

internacionalización comercial de las Micro, Pequeñas y Medianas

Empresas (MIPyMES), priorizando los mercados de la región.

16.- Contribuir a la consolidación y participación de las Micro,

Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) en los polos productivos del

interior del país, a través de la extensión de la Red de Agencias, y en

el desarrollo de las economías regionales promoviendo su inserción en

el mercado internacional.

17.- Propiciar la simplificación normativa y la desburocratización

administrativa en los trámites que las Micro, Pequeñas y Medianas

Empresas (MIPyMES) deban realizar ante los organismos del ESTADO

NACIONAL, especialmente en lo concerniente a la ADMINISTRACION FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS, analizando y proponiendo en los casos que diere

lugar el sistema de ventanilla única.

18.- Intervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a

los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e

internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a

través de las áreas competentes en la materia.

19.- Coordinar las acciones con las distintas regiones del país con el

fin de descentralizar la ejecución de las políticas de la Subsecretaría

y facilitar la integración con los distintos sectores públicos y

privados vinculados a la actividad de las Micro, Pequeñas y Medianas

Empresas (MIPyMES).

20.- Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a la elaboración de políticas de desarrollo regional.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.- Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo

legal, técnico y administrativo de la jurisdicción Ministerial y

fiscalizar el desarrollo de las mismas en sus organismos

descentralizados.

2.- Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes,

decretos, decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con las

actividades sustantivas del área de su competencia.

3.- Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la jurisdicción.

4.- Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas

administrativos e informáticos y sumarios administrativos

disciplinarios.

5.- Coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento

de las relaciones institucionales del área de su competencia, tanto con

las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE

CONGRESO DE LA NACION y el PODER JUDICIAL DE LA NACION, como con los

diferentes sectores del ámbito público y privado.

6.- Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del Sector Público Nacional.

7.- Entender en la aplicación de los programas tendientes a la

administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones

remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas,

disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

8.- Coordinar la dirección y la unificación de la representación de

todos los organismos empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y

PRODUCCION, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la

Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos

del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público.

9.- Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y

el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que

es materia de su competencia.

10.- (Objetivo derogado por art. 4° del[*Decreto

N° 1079/2006](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=119058)B.O. 22/8/2006)*

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA LEGAL

OBJETIVOS

1.- Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos

de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que

introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la jurisdicción y

supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los

organismos descentralizados.

2.

-Ordenar la instrucción de los sumarios administrativo-disciplinarios.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1.- Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero.

3.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para

la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos

tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de

los objetivos y metas previstos.

4.- Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio y de la entidades descentralizadas dependientes así

como la planificación de las actividades de administración.

5.- Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos,

organización, sistemas administrativos e informáticos, así como las

relaciones institucionales.

6.- Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación

administrativa determinando para cada trámite las unidades con

responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

7.- Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción ministerial.

8.- Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del Tesoro Nacional.

9.

– Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la

administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones

remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas,

disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

10.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y

deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el

marco de las normas vigentes.

11.- Asistir en la dirección y la unificación de la representación de

todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y

PRODUCCION, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la

Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos

del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público

Nacional.

12.- Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión

empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO

NACIONAL, en lo que es materia de su competencia.

13.- (Objetivo derogado por art. 4° del[*Decreto

N° 1079/2006](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=119058)B.O. 22/8/2006)*

ANEXO Ia

(Anexo modificado conforme la nueva estructura organizativa de primer nivel operativo aprobada por el Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)

[IMG]

(Nota Infoleg:porDecreto N° 2025/2008*B.O. 26/11/2008 se modifica la denominación del "Ministerio de Economía

y Producción" por "Ministerio de Economía y Finanzas Públicas")*

ANEXO Ib

[IMG]

(Nota Infoleg:porDecreto N° 2025/2008*B.O. 26/11/2008 se modifica la denominación del "Ministerio de Economía

y Producción" por "Ministerio de Economía y Finanzas Públicas")*

ANEXO Ic

[IMG]

(Nota Infoleg:* por Decreto N° 2025/2008

B.O. 26/11/2008 se modifica la denominación del "Ministerio de Economía

y Producción" por "Ministerio de Economía y Finanzas Públicas")

(Nota Infoleg: por art. 1° del[Decreto

N° 927/2009](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=155775)B.O. 22/7/2009, se transfiere el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y

CENSOS, organismo desconcentrado del ámbito de la SECRETARIA DE

POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a la

órbita de la estructura organizativa del primer nivel operativo del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Vigencia: a partir de su

publicación en el BOLETIN OFICIAL)(Nota Infoleg:**por art. 20 del Decreto N° 741/2015

B.O.

07/05/2015 se mantiene la vigencia de la estructura organizativa del

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), organismo

desconcentrado dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

PÚBLICAS)*

ANEXO Ia

(Ex Anexo Ic sustituido por Anexo Ia del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)

(Nota Infoleg: debido a las modificaciones introducidas por elDecreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015 la numeración del presente Anexo ha quedado duplicada)

[IMG]

ANEXO Ib

(Ex Anexo Id sustituido por Anexo Ib del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)

(Nota Infoleg: debido a las modificaciones introducidas por elDecreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015 la numeración del presente Anexo ha quedado duplicada)

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ANEXO Ic

(Ex Anexo Ie sustituido por Anexo Ic del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)

(Nota Infoleg: debido a las modificaciones introducidas por elDecreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015 la numeración del presente Anexo ha quedado duplicada)

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