MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Decreto 1359/2004
**Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo del
citado Departamento de Estado. Sustitución del Anexo I al Artículo 1° y
del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de
2003.**
Bs. As., 5/10/2004
VISTO el Expediente N° S01:0141988/2003 del Registro
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Decretos Nros. 1283 de
fecha 24 de mayo de 2003, 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y 217 de fecha
17 de junio de 2003, lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1283 de fecha 24 de mayo de 2003, entre
otros aspectos, se sustituyó la denominación del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA por la de MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, asignándosele
las competencias a las que dicha Cartera Ministerial debía ajustar su
accionar.
Que mediante el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003, entre otras
consideraciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Centralizada del referido Ministerio y se aprobaron los
Objetivos de los niveles políticos incluidos en dicho organigrama.
Que la norma citada precedentemente, en su Artículo 4°, determinó que
el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, así como los organismos
descentralizados que de éste dependen, debían elevar las respectivas
propuestas de estructuras organizativas.
Que en ese orden de ideas, es procedente la aprobación de la estructura
organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la que incluye la
presentación de las unidades de primer nivel operativo estrictamente
indispensables para llevar adelante sus cometidos y ajustando la misma
a criterios de racionalidad y eficiencia.
Que dicha aprobación incluye ciertas modificaciones en las
denominaciones y competencias de los niveles políticos incluidos, para
permitir optimizar el desarrollo de las responsabilidades asignadas.
Que asimismo, en razón de haberse producido modificaciones en la
conformación de la Administración Descentralizada del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, resulta necesario efectuar los ajustes
pertinentes en la norma aprobatoria de la misma.
Que, por otra parte, se requiere adoptar disposiciones complementarias
para la inmediata puesta en marcha de la estructura organizativa
propiciada y determinar ciertas medidas de excepción, con el objeto de
dotar a la conformación organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION de las herramientas mínimas indispensables, que permitan
optimizar la utilización de los recursos asignados a éste.
Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, han tomado la intervención que les compete.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado
de la presente medida en virtud de las atribuciones emergentes del
Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 6, 7
y 14 de la Ley N° 25.827.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°— Sustitúyese el Anexo I
al Artículo 1° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 -
Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION - por el que se consigna en la
planilla anexa al presente artículo.
Art. 2°— Sustitúyese el Anexo II al
Artículo 2° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 - Objetivos
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION - el que quedará conformado
según el detalle que se consigna en las Planillas Anexas al presente
artículo.
Art. 3°— Apruébase la estructura
organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, de acuerdo con los Organigramas, Responsabilidades
Primarias y Acciones, y Dotación, que como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie,
If, Ig, Ih, Ii, Ij, Ik, II, IIIa y IIIb, forman parte integrante del
presente decreto.
Art. 4°— En un plazo de SESENTA (60)
días a partir de la publicación del presente decreto, el señor Ministro
de Economía y Producción deberá aprobar las aperturas inferiores de las
unidades organizativas que se aprueban por la presente medida.
Art. 5°— Mantiénese la vigencia de
las aperturas inferiores existentes vigentes a la fecha de la
publicación del presente decreto, con su personal, niveles y grados de
revista correspondientes, así como los cargos ocupados del Régimen de
Cargos con Funciones Ejecutivas, hasta tanto se dé cumplimiento a lo
establecido en el artículo precedente.
Art. 6°— Suprímese del Anexo III del
Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 -Administración
Descentralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION - al ex
INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el que fuera
dejado sin efecto por el Decreto N° 217 de fecha 17 de junio de 2003.
Art. 7°— Exceptúase al MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, de las limitaciones dispuestas por el Artículo 7
de la Ley N° 25.827, respecto de los cargos del Régimen de Cargos con
Funciones Ejecutivas que sean previstos para dicha jurisdicción, en el
marco de la adecuación organizacional que se inicia por el presente
decreto.
Art. 8°— Establécese que los cargos a
los que se refiere el artículo precedente deberán ser cubiertos
mediante los procesos de selección previstos en el Sistema Nacional de
la Profesión Administrativa, aprobado por el Decreto N° 993/91 (t.o.
1995).
Art. 9°— Facúltase al señor Ministro
de Economía y Producción a delegar en los Secretarios Ministeriales de
su jurisdicción, las atribuciones a que refiere el segundo párrafo del
Artículo 2° del Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002.
Art. 10.— Establécese que la
habilitación de los cargos que se aprueban por el presente acto, se
encuentra supeditada a la existencia de créditos y cargos aprobados o
que se aprueben en las respectivas leyes de presupuesto.
Art. 11.— Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
— SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA:
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
— SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR: *(Ex -
SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA sustituida por la SECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR, por[Decreto
N° 877/2006*](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=117866) B.O. 14/7/2006)
SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
— SECRETARIA DE FINANZAS:
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO
— SECRETARIA DE HACIENDA:
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS
SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
— SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS:
SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION
SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS
SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA
— SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA:
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA
SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
— SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA:
SUBSECRETARIA LEGAL
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2°
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
OBJETIVOS
1.- Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la programación de la política económica.
2.- Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos
institucionales que aseguren la sistematicidad, coherencia, unidad y
organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la
jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.
3.- Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de
las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de la
jurisdicción ministerial, desarrollando criterios e indicadores que
permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva
instrumentación.
4.- En su carácter de Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de
Inversiones Públicas, creado por la Ley N° 24.354, dictar las normas de
instrumentación complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los
actos que se requieran para la debida implementación del mismo.
5.- Dirigir la actualización del Banco de Proyectos de Inversión
Pública y ordenar los estudios que permitan definir las prioridades en
cuanto a la asignación de recursos, en forma compatible con los
requerimientos estratégicos.
6.- Articular las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno
Nacional, a los fines de asegurar la coherencia y fortalecimiento de
los lineamientos estratégicos de la política económica.
7.- Entender en la determinación de los objetivos de política económica
y elaborar las pautas que den sentido orientador al esquema de
reestructuración y negociación de los contratos suscritos por el Sector
Público Nacional en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
8.- Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en
el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y participar en el
diseño de las políticas de coordinación macroeconómica con otros
espacios de integración económica internacional.
9.- Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y
mundial y publicar indicadores e informes periódicos que permitan
evaluar el desempeño de la economía.
10.- Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento
de los niveles de vida y de pobreza de la población. Realizar
diagnósticos sobre el empleo y la distribución del ingreso.
11.- Evaluar el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional.
12.- Conducir a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS
(INDEC) el Sistema Estadístico Nacional y los Censos Nacionales.
Elaborar las estadísticas socioeconómicas, secundarias, las cuentas
nacionales e internacionales y los análisis y estudios que deriven de
ellos.
13.- Intervenir en la formulación y ejecución de la política arancelaria.
14.- Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de las
políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de
crédito a la exportación.
15.- Intervenir en la definición de las políticas de comercio exterior
de la Nación y en las funciones inherentes a las negociaciones
económicas y comerciales internacionales, ya sean bilaterales,
regionales o multilaterales en particular en los aspectos comerciales e
industriales de la integración regional y/o convenios especiales con
otros países.
16.- Intervenir en la elaboración de las normas e instrumentos vinculados al comercio exterior.
17.- Intervenir en los regímenes de precios índices y mecanismos
antidumping y otros instrumentos de regulación del comercio exterior.
18.- Entender en todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones
con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales
y multilaterales, asegurando el desarrollo, actualización y
mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la
ejecución de los programas con dichos organismos.
19.- Resolver sobre las medidas correctivas que coadyuven a la buena
administración de los préstamos con los organismos internacionales de
crédito.
20.- Entender en la elaboración de pautas macroeconómicas que sirvan de
base para la programación fiscal en el marco de la política económica
vigente.
21.- Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la
fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales,
incluyendo el Plan de Inversión Pública, todo ello, desde el punto de
vista de la finalidad e impacto económico de los mismos.
22.- Intervenir en el seguimiento de las pautas de programación fiscal
nacional vigentes a fin de evaluar su impacto sobre la economía real.
23.- Entender en la programación regional y sectorial de la política
económica nacional, coordinando su accionar con las jurisdicciones
involucradas.
24.- Diseñar programas de capacitación y asistencia técnica orientados
a organismos ejecutores de nivel nacional, provincial y municipal para
la aplicación más efectiva de la política económica.
25.- Coordinar con las distintas áreas de la jurisdicción ministerial y
otros sectores involucrados, las actividades relacionadas con el
desarrollo del aparato productivo nacional, en el marco de la política
económica.
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA
OBJETIVOS
1.- Asistir a las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, en la elaboración y ejecución de los planes, programas y
proyectos de la jurisdicción.
2.- Efectuar la evaluación y seguimiento de los aspectos económicos de
los planes, programas y proyectos de la jurisdicción ministerial y
proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos.
3.- Elaborar y proponer los instrumentos que permitan elevar los
niveles de coherencia y complementariedad económica de los fines, así
como también el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles en el
ámbito de la jurisdicción ministerial, tanto a nivel central como
descentralizado.
4.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la articulación de
las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se
establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, a los fines
de asegurar la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos
estratégicos de la política económica.
5.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en la elaboración
y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de
recursos y erogaciones fiscales, incluyendo el Plan de Inversión
Pública, todo ello, desde el punto de vista de la finalidad e impacto
económico de los mismos.
6.- Coordinar estudios sobre la caracterización e implicancias del
gasto público y evaluarlos en términos de eficiencia y eficacia y de
impacto sobre las actividades productivas.
7.- Evaluar el desarrollo de los programas sociales del Gobierno
Nacional en términos de su impacto en la situación social que atienden.
8.- Dirigir la consolidación de estadísticas de recursos y gasto
público a nivel nacional, provincial y municipal, siguiendo
metodologías aceptadas internacionalmente y/o armonizadas en los
espacios de integración económica internacional.
9.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en su función de
Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, y
colaborar en el dictado de las normas de instrumentación
complementarias y/o aclaratorias que se requieran para la debida
implementación del mismo.
10.- Coordinar la actualización del Banco de Proyectos de Inversión
Pública y disponer los estudios que permitan definir las prioridades en
cuanto a la asignación de recursos, en forma compatible con los
requerimientos estratégicos.
11.- Asistir en la representación a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
y al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en los grupos y comisiones de
trabajo en el marco del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y otros
espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su
competencia específica.
12.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la definición de
las políticas de comercio exterior y en las negociaciones económicas y
comerciales internacionales, en particular en los aspectos relacionados
con su impacto en el desarrollo productivo interno.
13.- Participar en la formulación y ejecución de la política arancelaria de comercio exterior.
14.- Participar en la elaboración, propuesta y ejecución de las
políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de
crédito a la exportación.
15.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en los temas
inherentes a regímenes de precios índices, salvaguardias, antidumping y
otros instrumentos complementarios de la política de comercio exterior.
16.- Asistir y asesorar en la ejecución y puesta en marcha de programas
de desarrollo productivo sectorial a mediano y largo plazo, coordinando
su accionar con las diferentes jurisdicciones involucradas.
17.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en el monitoreo
permanente de la evolución de los distintos sectores productivos de la
economía nacional.
18.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en el
seguimiento del comportamiento de los precios de la Canasta Básica
Alimentaria y proponer medidas que propendan a una mayor estabilidad de
los mismos.
Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la coordinación
con las distintas áreas de la jurisdicción ministerial y otros sectores
involucrados, en las actividades relacionadas con el desarrollo del
aparato productivo nacional, en el marco de la política económica.
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA
OBJETIVOS
1.- Programar, coordinar y dirigir las tareas tendientes al seguimiento de la economía global y sectorial.
2.- Coordinar la elaboración e implementación de modelos de
programación macroeconómica y efectuar el análisis de consistencia de
las políticas macroeconómicas.
3.- Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la
elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar
el desempeño de la economía.
4.- Asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas que
sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política
económica vigente.
5.- Efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes evaluando su impacto sobre la economía real.
6.- Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo
plazo basadas en experiencias internacionales y/o en acuerdos de
coordinación de políticas macroeconómicas.
7.- Diseñar y proponer planes estratégicos de desarrollo regional
basados en el potencial productivo y las ventajas naturales y
adquiridas de cada región.
8.- Coordinar la formulación de planes de desarrollo regional con las jurisdicciones territoriales involucradas.
9.- Elaborar programas de capacitación y asistencia técnica dirigidos a
organismos ejecutores de nivel nacional, provincial y municipal para la
aplicación más efectiva de la programación económica
10.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la determinación
de los objetivos y pautas generales de la política económica.
11.- Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo,
pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, y proponer vías de
acción para su mejoramiento.
12.- Participar en los análisis de evaluación del impacto sobre la
economía nacional de los cambios en el contexto internacional.
13.- Colaborar en el diseño de los lineamientos estratégicos para la programación económica.
SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
(Nota Infoleg*: Las misiones y
funciones de la ex Secretaría de Coordinación Técnica fueron asumidas
por la Secretaría de Comercio Interior de acuerdo a lo establecido por
el art. 1° del[Decreto
N° 877/2006](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=117866)B.O. 14/7/2006 y su planilla anexa; atento lo cual incorporamos en el
presente Anexo los objetivos de la Secretaría de Comercio Interior y
los de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de conformidad con la
sustitución dispuesta por art. 2° del[Decreto
N° 877/2006](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=117866)B.O. 14/7/2006 y el art. 3° del mencionado Decreto establece: " La
estructura organizativa de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR, será la
aprobada oportunamente para la ex SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION por el Decreto Nº 1359 de fecha
5 de octubre de 2004 y sus normas complementarias").*
OBJETIVOS
1.- Intervenir, cuando corresponda y desde el punto de vista de la
unicidad estratégica, en el diseño y/o elaboración de propuestas de
programas y planes de acción de la jurisdicción y su articulación con
otras áreas de gobierno.
2.- Coordinar a las distintas dependencias de la jurisdicción en la
elaboración y ejecución de políticas y planes solicitados por la señora
Ministra, vinculados con los temas de su competencia.
3.- Brindar asistencia técnica y armonizar proyectos de leyes,
decretos, decisiones administrativas o resoluciones, con políticas y
planes vinculados con su competencia.
4.- Evaluar el grado de cumplimiento de las políticas en curso en el
ámbito de la jurisdicción ministerial, tanto centralizada como
descentralizada.
5.- Evaluar y asesorar sobre el grado de oportunidad, mérito y
conveniencia para la puesta en marcha de políticas y acciones que
impacten sobre el comercio interior, en el ámbito de la jurisdicción
ministerial.
6 - Promover la articulación de políticas de comercio interior con los
Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
7.- Asegurar la correcta ejecución y control de las políticas comercial
interna, de defensa del consumidor, la desregulación y la defensa de la
competencia.
8.- Evaluar el grado de competitividad en todos los ámbitos de la
actividad económica, tipificando las estructuras de costos de los
bienes que conforman el mercado.
9.- Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA o del organismo que en el futuro la sustituya.
10.- Entender en la implementación de políticas y marcos normativos
necesarios para afianzar la competencia, los derechos del consumidor y
el aumento en la oferta de bienes y servicios.
11.- Entender en la propuesta, coordinación, seguimiento y control de
aplicación de la política de desregulación en todos los ámbitos de la
actividad económica, tanto en lo concerniente a la propia gestión de la
administración, a las actividades del sector privado sujetas a
regulación, así como también en las medidas relacionadas con otras
políticas públicas, a los fines de asegurar su coherencia y
consistencia interna, y a la asistencia técnica en materia de
desregulación en otras jurisdicciones.
12.- Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y
normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y
servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la
transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las
normas técnicas.
13.- Entender en todo lo relativo a la aplicación de las Leyes Nros.
22.802 de Lealtad Comercial, 19.227 de Mercados de Interés Nacional,
19.511 de Metrología Legal y 24.240 de Defensa del Consumidor.
14.- Supervisar la elaboración y seguimiento de la normativa de Lealtad
Comercial en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y los reglamentos
nacionales que en su consecuencia deban dictarse.
15.- Supervisar las actividades relacionadas con la fiscalización del abastecimiento.
16.- Supervisar el accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.
SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
OBJETIVOS
1.- Efectuar la propuesta y control de las políticas relacionadas con la defensa del consumidor.
2.- Entender en la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar los derechos del consumidor.
3.- Intervenir y asesorar a la Secretaría en todo lo relativo a la
aplicación de la Leyes Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional,
19.511 de Metrología Legal, 22.802 de Lealtad Comercial y 24.240 de
Defensa del Consumidor.
4.- Asistir al Secretario en la supervisión del accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.
5.- Supervisar las actividades vinculadas con el seguimiento y
verificación de todo lo relacionado con la aplicación de las Leyes
Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología
Legal, 22.802 de Lealtad Comercial y 24.240 de Defensa del Consumidor.
6.- Supervisar la sustanciación de los sumarios para el juzgamiento en
sede administrativa, de las infracciones a las citadas leyes.
7.- Entender en la elaboración, propuesta y seguimiento de la normativa
de Lealtad Comercial y Metrología Legal en el MERCADO COMUN DEL SUR
(MERCOSUR) y los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban
dictarse.
8.- Asistir a la Secretaría en la elaboración de propuestas, evaluación
y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la
organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como
privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad
funcional y la modernización de las normas técnicas.
SECRETARIA DE FINANZAS
OBJETIVOS
1.- Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros.
2.- Efectuar la coordinación de los aspectos administrativos de las
relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA, el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD
ANONIMA y el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA con el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
3.- Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los
aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento
externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA interviniendo en las
negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales,
extranjeros, públicos, privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
(FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera
internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.
4.- Coordinar la administración de la deuda pública y elaborar las
proyecciones presupuestarias del endeudamiento público con la
SECRETARIA DE HACIENDA.
5.- Establecer las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL.
6.- Participar en los aspectos financieros de los Fondos Fiduciarios en los que el ESTADO NACIONAL sea parte.
7.- Supervisar las acciones para coordinar la venta de los paquetes
accionarios y otros activos financieros en poder del ESTADO NACIONAL.
8.- Coordinar y ejecutar las políticas y acciones que hacen al
ejercicio de los derechos societarios de las participaciones
accionarias o de capital de empresas donde el ESTADO NACIONAL sea socio
minoritario y estén en proceso total de privatización e instruir a los
representantes del ESTADO NACIONAL en las citadas empresas.
9.- Dirigir y supervisar el sistema de crédito público y ejercer con la
SECRETARIA DE HACIENDA las funciones de órgano responsable de la
coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector
Público Nacional.
10.- Preservar el crédito público.
11.- Intervenir en la definición de los requerimientos de
financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o
puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.
12.- Coordinar las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
13.- Intervenir en las relaciones y negociaciones con los organismos
financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte
en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de
dichos organismos, y en los préstamos provenientes de los mismos.
14.- Intervenir en lo vinculado con las representaciones del país en
los organismos financieros internacionales de crédito de los que la
Nación forma parte.
SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS
OBJETIVOS
1.- Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los servicios
financieros, en particular los referidos a: seguros, sistema integrado
de jubilaciones y pensiones, mercado de valores y sistemas de
liquidación de operaciones públicos y privados en función de las
políticas de apertura externa y desregulación.
2.- Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos de las
relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA; el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD
ANONIMA y el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA con el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
3.- Asistir en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones
y en las cuestiones administrativas que hacen al ejercicio de los
derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de
empresas donde el ESTADO NACIONAL sea socio minoritario y estén en
proceso total de privatización e instruir a los representantes del
ESTADO NACIONAL en las citadas empresas.
4.- Asistir en las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO
OBJETIVOS
1.- Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.
2.- Ejecutar las políticas y medidas relativas al financiamiento
externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA, interviniendo en las
negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales,
extranjeros, públicos, privados y EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL y
asistir en la coordinación de las representaciones financieras en el
exterior.
3.- Asistir al señor Secretario de Finanzas en la dirección y
supervisión del sistema de crédito público y en la ejecución de las
funciones de órgano responsable de los sistemas de administración
financiera.
4.- Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.
5.- Supervisar la organización de los sistemas de información sobre
mercados de capitales y el registro del endeudamiento público
6.- Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros
del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos
fiduciarios en los que éste sea parte.
7.- Ejecutar las acciones necesarias para coordinar la venta de los
paquetes accionarios y otros activos financieros en poder del ESTADO
NACIONAL.
8.- Asistir al señor Secretario de Finanzas en las acciones orientadas a preservar el crédito público.
9.- Asistir al señor Secretario de Finanzas en todo lo relacionado con
los organismos financieros internacionales de crédito de los que la
Nación forma parte en los aspectos que hacen a las políticas generales
y particulares de dichos organismos, y en los préstamos provenientes de
los mismos.
SECRETARIA DE HACIENDA
OBJETIVOS
1.- Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y
Contabilidad, y ejercer con la SECRETARIA DE FINANZAS, las funciones de
Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración
Financiera del Sector Público Nacional.
2.- Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.
3.- Entender en la definición de las necesidades de financiamiento del
Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas,
por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones
de pago.
4.- Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos
fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través
de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Nacional.
5.- Proponer la política salarial del Sector Público Nacional.
6.- Coordinar los aspectos contables entre el Gobierno Nacional, los
Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES.
7.- Intervenir en los procesos de Reforma y Transformación del Estado, en el ámbito de su competencia.
8.- Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.
9.- Conducir todo lo vinculado a los aspectos fiscales, económicos y
financieros y sus impactos sociales, en la relación entre el Gobierno
Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
10.- Coordinar la asistencia a las provincias en lo que es materia de su competencia.
11.- Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía regional.
12.- Entender en el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los recursos de la seguridad social.
13.- Entender en el diseño de regímenes de promoción económica con
responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines
extra fiscales que se persigan a través de los mismos.
14.- Supervisar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.
15.- Intervenir en todo lo atinente a los organismos descentralizados del ámbito de su competencia.
16.- Coordinar las relaciones entre la CASA DE MONEDA S.E. y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
OBJETIVOS
1.- Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.
2.- Coordinar el desarrollo y aplicación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.
3.- Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.
4.- Coordinar la política salarial del Sector Público Nacional y la
participación en el desarrollo de las negociaciones colectivas de
trabajo del mismo.
5.- Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Física y Financiera.
6.- Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos
del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
7.- Asistir a la SECRETARIA DE HACIENDA en los procesos de Reforma y Transformación del Estado, en el ámbito de su competencia.
8.- Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.
9.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y
deudas entre el Sector Publico Nacional y el Sector Privado, en el
marco de las normas vigentes.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS
OBJETIVOS
1.- Coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION y de otros Ministerios, todos los aspectos vinculados con
el apoyo institucional a las políticas fiscales y de desarrollo
económico de los gobiernos provinciales y municipales.
2.- Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para asistir a
las Provincias en la implementación de programas fiscales, financieros
y de apoyo al desarrollo económico.
3.- Coordinar la instrumentación de un banco de datos fiscales,
económicos, financieros y sociales sobre provincias y municipios.
4.- Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento
institucional en relación a la capacidad productiva a nivel de los
Gobiernos Provinciales y Municipales en los aspectos financieros,
fiscales y presupuestarios.
5.- Coordinar las políticas fiscales, económicas y financieras y sus
impactos sociales entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos
Provinciales y Municipales y diseñar y operar un sistema de información
sobre la gestión de las Provincias y Municipios que permita su
integración a las cuentas nacionales.
6.- Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de
los Estados Provinciales, su infraestructura productiva, los procesos
de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al
examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el
campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.
7.- Coordinar todo lo atinente a opciones de cooperación y asistencia
nacional e internacional, bilateral y multilateral, disponibles para
las Provincias y Municipios en apoyo de sus políticas y acciones
fiscales, económicas y financieras.
8.- Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras
entidades para el desarrollo e implementación de los programas y
acciones de su competencia.
9.- Participar con los organismos correspondientes en la
instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación
federal de impuestos.
10.- Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la
normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de
regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las
Provincias.
11.- Promover acciones de coordinación de las políticas de
endeudamiento del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos
provinciales y municipales y realizar el seguimiento de los niveles de
endeudamiento de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas
públicas.
SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
OBJETIVOS
1.- Coordinar el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los
recursos de la seguridad social, adecuado a las circunstancias de orden
económico y social. Asegurar la correcta interpretación de las normas
tributarias.
2.- Asistir en el diseño de regímenes de promoción económica con
responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines
extra fiscales que se persigan a través de los mismos, actuando como
autoridad de control en la utilización de beneficios promocionales a
partir de la información suministrada por los organismos de aplicación
y fiscalización competentes en la materia y de aplicación cuando las
normas respectivas así lo establezcan.
3.- Coordinar la negociación de acuerdos internacionales en materia
impositiva y aduanera con el fin de armonizar la aplicación de las
normas nacionales con las vigentes internacionalmente, e intervenir en
aquellos que traten recursos de la seguridad social.
Asimismo coordinar los aspectos impositivos aduaneros referidos a la
armonización tributaria en procesos de integración regional.
4.- Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
OBJETIVOS
1.- Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción,
comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia
agropecuaria, pesquera, forestal y agroindustrial, coordinando y
conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las Provincias y los
diferentes subsectores.
2.- Promover la utilización y conservación de los recursos naturales
destinados a la producción agrícola, frutihortícola, ganadera, forestal
y pesquera a fin de acrecentar el capital productivo del país y el
desarrollo económico del sector.
3.- Realizar el seguimiento de la producción, de los mercados
nacionales e internacionales y de los programas, proyectos y
actividades de su competencia.
4.- Efectuar el seguimiento del accionar de los organismos
descentralizados del sector, a fin de evaluar su desempeño y
realimentar los procesos de formulación de políticas y toma de
decisiones.
5.- Definir las políticas referidas al desarrollo, promoción, calidad y
sanidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario
de origen animal o vegetal.
6.- Entender en el control y fiscalización comercial del mercado de
granos, productos frutihortícolas, ganados, carnes y subproductos de la
ganadería, e intervenir en lo relativo a la aplicación de la política
comercial interna de productos agropecuarios.
7.- Controlar la aplicación de los marcos regulatorios y el
cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector
agropecuario que son brindados por el sector privado.
8.- Promover y desarrollar la actividad hípica, controlando la
aplicación de las normas referidas a dicha actividad e impulsando el
conocimiento de la producción nacional de ejemplares equinos en el
exterior.
9.- Coordinar acciones con las distintas regiones del país a fin de
desconcentrar la ejecución de las políticas de la jurisdicción y
facilitar la integración con los distintos sectores del quehacer
agropecuario, agroindustrial, forestal, alimentario, pesquero y
acuícola.
10.- Promover la creación de un sistema integral de gestión
agropecuaria a fin de permitir una actuación coordinada de la
Secretaría y sus organismos descentralizados.
11.- Actuar como Autoridad Nacional de Aplicación y Contralor de la Ley
N° 9.643, en lo relativo a warrants y certificados de depósito.
12.- Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el
desarrollo de la actividad agropecuaria y forestal, la evaluación de
sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo
aquellas medidas de carácter global o sectorial que posibiliten
impulsar el desarrollo de dicha actividad.
13.- Entender en la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y
financiamiento de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales,
procurando la sostenibilidad de los recursos naturales.
14.- Entender en la aplicación de la normativa vigente relativa al
tratamiento de emergencia y/o desastre agropecuario, en coordinación
con otros organismos competentes.
15.- Supervisar los programas, proyectos y actividades del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, y
evaluar sus desempeños.
16.- Entender en la propuesta y ejecución de la política de fomento y
regulación de la pesca y acuicultura, así como también la
industrialización, comercialización y transporte de sus productos.
17.- Entender en la celebración de acuerdos bilaterales y/o
multilaterales que permitan una mejor administración, conservación y
ordenamiento de los recursos, incluyendo los de alta mar e intervenir
en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de
interés para la actividad.
18.- Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el
desarrollo de la producción de alimentos, evaluar sus tendencias, tanto
en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de
carácter global o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de
dicha actividad.
19.- Entender en el diseño y la ejecución de políticas de desarrollo,
promoción, calidad y bioseguridad de productos para consumo
alimentario, de origen animal y/o vegetal, industrializados o no.
20.- Elaborar y ejecutar programas destinados a atender la problemática del productor agropecuario.
21.- Entender en la aplicación de la Ley N° 20.247 - Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas.
22.- Entender en la certificación de la calidad, nacional e
internacional de todo órgano vegetal destinado para la siembra,
plantación o propagación, observando los acuerdos firmados o a firmarse
en la materia.
23.- Entender en la protección de la propiedad intelectual de las semillas y creaciones fitogenéticas y biotecnológicas.
24.- Proponer las normas y ejercer el poder de policía para asegurar a
los agricultores la identidad y la calidad de la semilla que adquieren.
25.- Entender en las autorizaciones de liberación al medio y
comercialización de organismos genéticamente modificados para uso
agropecuario.
26.- Intervenir en las situaciones contempladas en la Ley de Defensa de
la Competencia cuando involucren al productor agropecuario.
27.- Supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION
OBJETIVOS
1.- Asistir en la ejecución de planes, programas y políticas de
producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia
agropecuaria, forestal, procurando la sostenibilidad de los recursos
naturales.
2.- Proponer y coordinar la ejecución de políticas tendientes al
desarrollo, expansión y aumento de eficiencia de las distintas cadenas
productivas que conforman el sector.
3.- Coordinar el estudio de los distintos factores económicos que
afectan el desarrollo de las actividades agropecuarias y forestales.
4.- Coordinar en conjunto con la SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA
Y ALIMENTOS el fortalecimiento de la competitividad de las cadenas
agroalimentarias, proponiendo aquellas medidas de carácter global o
sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y sostenible
de las mismas.
5.- Efectuar propuestas de políticas impositiva, financiera,
arancelaria y de ocupación de mano de obra para las actividades
agropecuarias, forestales.
6.- Elaborar, proponer, coordinar y ejecutar políticas, programas y proyectos de desarrollo regional, sectorial y rural.
7.- Supervisar la realización de investigaciones aplicadas en el campo de la economía agropecuaria.
8.- Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS en la ejecución de las políticas relacionadas con la
Biotecnología para uso agropecuario.
9.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos en las acciones vinculadas con el tratamiento del riesgo, la
emergencia y/o desastre agropecuario.
10.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos en todos los temas vinculados al financiamiento externo.
11.- Participar en todo lo relativo a la definición de la política sanitaria referida de la actividad agropecuaria.
12.- Participar en todo lo relativo a la discusión de la política
tributaria referida al sector agropecuario con los organismos
competentes.
13.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos en su relación con los Gobiernos Provinciales en materia de
producción y servicios agropecuarios y forestales.
14.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos en la coordinación de las relaciones entre el INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS
OBJETIVOS
1.- Asistir en todos los temas vinculados a la relación externa de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, tanto
bilateral como multilateral, participando en los procesos de
integración regional, especialmente en los distintos Grupos de Trabajo
del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y la ASOCIACION DE LIBRE COMERCIO
PARA LAS AMERICAS (ALCA).
2.- Realizar las propuestas y coordinar la ejecución de las políticas
de comercialización, regulación y fiscalización de la producción
agroalimentaria, asistiendo en el seguimiento de los mercados
agropecuarios y agroindustriales, así como en las negociaciones
internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros.
3.- Asistir en la promoción y desarrollo de la actividad hípica, tanto
en el país como para el conocimiento de la producción en el exterior;
así como también en el control de la aplicación de la normativa que
rige dicha actividad.
4.- Coordinar en conjunto con la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y FORESTACION el fortalecimiento de la competitividad de las
cadenas agroalimentarias, proponiendo aquellas medidas de carácter
global o sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y
sostenible de las mismas.
5.- Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de
desarrollo y promoción de la calidad de los productos agroalimentarios.
6.- Coordinar la promoción comercial de los productos agroalimentarios en los mercados nacionales e internacionales.
7.- Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS en las cuestiones de bioseguridad, especialmente en las
autorizaciones de liberación al medio y comercialización de organismos
genéticamente modificados para uso agropecuario.
8.- Participar en todo lo relativo a la definición de las políticas de inocuidad, seguridad y calidad agroalimentaria.
9.- Participar en todo lo relativo a la discusión de las políticas
arancelarias y de comercio exterior del sector agroalimentario.
10.- Participar en todo lo relativo a la definición de las políticas de
prevención del riesgo y asistencia en emergencia y/o desastre
agropecuario.
11.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos en los aspectos relacionados con el Codex Alimentarius y el
Código Alimentario Argentino.
12.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos en la supervisión de las actividades de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.
13.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos en la coordinación de las relaciones entre, el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA
OBJETIVOS
(Nota Infoleg:el art. 8° del[*Decreto
373/2007](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=127403)B.O. 23/4/2007 dice: "Derógase la parte pertinente a la estructura
organizativa de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA dependiente de
la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, aprobada por el Decreto Nº 1359 de
fecha 5 de octubre de 2004.". Dado que el art. 2° del[Decreto
373/2007](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=127403)B.O. 23/4/2007 aprueba los nuevos objetivos de
dicha Subsecretaría, entendemos que los presentes se encuentran
derogados).*
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
OBJETIVOS
1.- Entender en la elaboración, propuesta y definición de la política
comercial en el campo exterior, en particular en los procesos de
integración subregional, regional y hemisférica; así como en el ámbito
interregional y multilateral.
2.- Entender en la definición de la política industrial y el diseño,
financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a
promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector, actuando como
autoridad de aplicación de los regímenes de promoción, cuando las
normas respectivas así lo establezcan.
3.- Entender en lo referente a las estructuras arancelarias y las
políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de
crédito a la exportación.
4.- Entender en la elaboración de la normativa sobre reglas de origen,
con la intervención de las áreas competentes y el otorgamiento de los
certificados de origen y calidad de los productos destinados a la
exportación.
5.- Instruir al servicio aduanero, acerca de la interpretación y
aplicación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el
comercio exterior, los regímenes de origen, y el reconocimiento del
certificado de origen como documento imprescindible para determinadas
importaciones.
6.- Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y
salvaguardias incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las
medidas compensatorias.
7.- Analizar la problemática de los diferentes sectores industriales,
detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica,
entre otras.
8.- Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional.
9.- Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial
del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros
países en lo que es materia de su competencia.
10.- Promover el mejoramiento de los estándares de competitividad del
sector industrial a través de una adecuada asistencia tecnológica.
11.- Ejercer el control superior del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
12.- Coordinar lo vinculado con la promoción y registro de inversiones extranjeras en el país, en las áreas de su incumbencia.
13.- Supervisar las acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración productiva.
14.- Supervisar lo vinculado al desarrollo de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.
15.- Intervenir en la fijación de la política de promoción comercial y
participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular
el intercambio con el exterior.
16.- Intervenir juntamente con las demás áreas del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION con competencia en la producción y los servicios,
en la elaboración de la normativa y el otorgamiento de los certificados
de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.
17.- Participar por sí o quien designe en el Consejo de Administración de la FUNDACION INVERTIR.
18.- Promover y participar en los acuerdos de cooperación e integración
internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea
parte, y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los
organismos crediticios internacionales.
19.- Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.
20.- Promover la articulación de políticas industriales y de comercio
exterior con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES.
21.- Supervisar la ejecución de las políticas nacionales vinculadas con la pequeña y mediana empresa y el desarrollo regional.
22.- Ejercer la Autoridad de Aplicación del Régimen de Compre de
Trabajo Argentino (Ley N° 25.551) e intervenir en las negociaciones
internacionales vinculadas a compras gubernamentales.
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA
OBJETIVOS
1.- Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos
de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA, en aquellas materias de su competencia específica.
2.- Intervenir en la definición de la política industrial y el diseño,
financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a
promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector.
3.- Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales.
4.- Intervenir en las negociaciones del sector automotriz a nivel regional e internacional.
5.- Participar en las negociaciones de los procesos de integración de
bloques comerciales en los que la REPUBLICA ARGENTINA sea parte, en los
temas de su competencia.
6.- Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo N° 7 - "Industria -
(SGT N° 7) y cuando corresponda, los Foros de Competitividad
Sectoriales, en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).
7.- Intervenir en las políticas relacionadas con la preservación del
medio ambiente, formuladas por el Gobierno Nacional, en materia de su
competencia.
8.- Promover la articulación tecnológico-industrial nacional.
9.- Asistir y asesorar en todo lo relacionado con las acciones que
ejecuta la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA respecto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
(INPI) y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).
10.- Apoyar a las actividades industriales de base tecnológica que conforman los nuevos desarrollos en la economía.
11.- Asistir en la definición de políticas para la promoción de las
inversiones y el financiamiento destinados al sector industrial.
12.- Promover la integración y eslabonamiento de las grandes empresas industriales en el tejido productivo.
13.- Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA en la articulación de las políticas industriales con
los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
14.- Intervenir en todas las propuestas, actividades y acciones que
promuevan el desarrollo del diseño como instrumento para incrementar la
competitividad de las empresas.
15.- Participar en lo referente a normativas sobre estructuras
arancelarias, zonas francas y reglas de origen en todo lo que implique
al sector industrial.
16.- Intervenir en el Régimen de Trabajo de Compre Argentino (Ley N°
25.551) y asistir en las negociaciones internacionales vinculadas a las
compras gubernamentales.
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL
OBJETIVOS
1.- Entender en la definición de la política comercial en el campo exterior.
2.- Entender en la elaboración, interpretación y aplicación de la
normativa sobre competencia desleal y salvaguardias en lo referente a
las prácticas antidumping, salvaguardias, subvenciones y medidas
compensatorias.
3.- Entender en la elaboración, propuesta, interpretación y aplicación
de la normativa sobre instrumentos de política comercial referentes a
las importaciones y exportaciones, reembolsos y reintegros a la
exportación y seguro de crédito a la exportación.
4.- Entender en la elaboración y propuesta de las estructuras arancelarias.
5.- Intervenir en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre zonas francas.
6.- Asistir en las instrucciones al servicio aduanero, acerca de la
interpretación y aplicación de los distintos regímenes vigentes
relacionados con el comercio exterior, los regímenes de origen, y el
reconocimiento del certificado de origen, como documento imprescindible
para determinadas importaciones.
7.- Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA en la elaboración, interpretación y aplicación de la
normativa sobre reglas de origen.
8.- Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales
internacionales y en el seguimiento de procesos de integración regional
y hemisférica, así como en las gestiones ante bloques económicos y
zonas de integración, negociaciones multilaterales, en la ORGANIZACION
MUNDIAL DE COMERCIO y con los países de la región Asia-Pacífico.
9.- Ejercer, cuando corresponda, la representación en los órganos
existentes o a crearse en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR
(MERCOSUR), la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI) y el
resto de los Acuerdos en que nuestro país sea parte.
10.- Coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo relativo al comercio exterior y
la integración regional y hemisférica.
11.- Coordinar la atención de los requerimientos del sector privado en
lo referente a la interpretación de las normas pertinentes al comercio
exterior y asegurar el acceso del mismo a la información disponible
sobre temas vinculados a las transacciones comerciales.
12.- Asistir en la supervisión del accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.
13.- Participar por sí o quien designe en el Consejo de Administración de la FUNDACION EXPORTAR.
14.- Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA en la articulación de las políticas de comercio
exterior con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES.
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
OBJETIVOS
1.- Entender en la aplicación de las normas correspondientes a los
Títulos I y II de la Ley N° 24.467 y la Ley N° 25.300 y de las
disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de
Aplicación.
2.- Intervenir en los lineamientos estratégicos y proponer las
prioridades en materia de políticas y programas relativos a las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas, (MIPyMES) dentro de las definiciones de
políticas globales y sectoriales dispuestas por el Gobierno Nacional.
3.- Promover en el apoyo a la modernización, reestructuración,
reconversión y reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
(MIPyMES), alentando su productividad y competitividad, preservando el
medio ambiente.
4.- Diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y
acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a la
problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPy- MES) en
todas sus ramas, dentro del marco de la política general.
5.- Coordinar con las diferentes organizaciones gubernamentales y no
gubernamentales con competencia en la materia, la aplicación de
políticas y programas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
(MIPyMES).
6.- Intervenir en la celebración de Convenios Internacionales que
promuevan a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES),
faciliten su acceso al crédito, su modernización tecnológica, la
formación y capacitación de sus cuadros gerenciales, técnicos y
profesionales.
7.- Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.
8.- Promover el financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (MIPyMES) y aplicar las normas previstas en la Ley N° 24.467 y
la Ley N° 25.300 en el ámbito de su competencia.
9.- Entender en las acciones necesarias para el cumplimiento de los
objetivos establecidos en las políticas dirigidas al sector de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a nivel sectorial,
regional e internacional.
10.- Analizar la problemática de los sectores y espacios regionales
correspondientes a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) de
manera de identificar las necesidades de asistencia financiera,
tecnológicas, ambientales y de capacitación.
11.- Promover a través del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la
materia las negociaciones y acuerdos referidos al sector respecto de
los procesos de integración regional y/o acuerdos especiales con otros
países.
12.- Intervenir y coordinar en la gestión y obtención de cooperación
técnica y financiera internacional que otros países y organismos
internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y
políticas del sector.
13.- Participar en la promoción de los consorcios de exportación de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando su acceso a
mercados internacionales, participando en ferias, congresos e
integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior, coordinando
dicho accionar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la materia.
14.- Entender en la elaboración y ejecución de acciones y programas
destinadas a promover las exportaciones de bienes y servicios de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando los trámites
necesarios para la realización de las mismas, en un accionar coordinado
con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO.
15.- Analizar, coordinar y proponer políticas especificas de apoyo a la
internacionalización comercial de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (MIPyMES), priorizando los mercados de la región.
16.- Contribuir a la consolidación y participación de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) en los polos productivos del
interior del país, a través de la extensión de la Red de Agencias, y en
el desarrollo de las economías regionales promoviendo su inserción en
el mercado internacional.
17.- Propiciar la simplificación normativa y la desburocratización
administrativa en los trámites que las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (MIPyMES) deban realizar ante los organismos del ESTADO
NACIONAL, especialmente en lo concerniente a la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, analizando y proponiendo en los casos que diere
lugar el sistema de ventanilla única.
18.- Intervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a
los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e
internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a
través de las áreas competentes en la materia.
19.- Coordinar las acciones con las distintas regiones del país con el
fin de descentralizar la ejecución de las políticas de la Subsecretaría
y facilitar la integración con los distintos sectores públicos y
privados vinculados a la actividad de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas (MIPyMES).
20.- Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a la elaboración de políticas de desarrollo regional.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1.- Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo
legal, técnico y administrativo de la jurisdicción Ministerial y
fiscalizar el desarrollo de las mismas en sus organismos
descentralizados.
2.- Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes,
decretos, decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con las
actividades sustantivas del área de su competencia.
3.- Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la jurisdicción.
4.- Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas
administrativos e informáticos y sumarios administrativos
disciplinarios.
5.- Coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento
de las relaciones institucionales del área de su competencia, tanto con
las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE
CONGRESO DE LA NACION y el PODER JUDICIAL DE LA NACION, como con los
diferentes sectores del ámbito público y privado.
6.- Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del Sector Público Nacional.
7.- Entender en la aplicación de los programas tendientes a la
administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones
remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas,
disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.
8.- Coordinar la dirección y la unificación de la representación de
todos los organismos empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la
Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos
del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público.
9.- Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y
el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que
es materia de su competencia.
10.- (Objetivo derogado por art. 4° del[*Decreto
N° 1079/2006](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=119058)B.O. 22/8/2006)*
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA LEGAL
OBJETIVOS
1.- Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos
de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que
introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la jurisdicción y
supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los
organismos descentralizados.
-Ordenar la instrucción de los sumarios administrativo-disciplinarios.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
OBJETIVOS
1.- Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
3.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para
la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos
tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de
los objetivos y metas previstos.
4.- Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio y de la entidades descentralizadas dependientes así
como la planificación de las actividades de administración.
5.- Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos,
organización, sistemas administrativos e informáticos, así como las
relaciones institucionales.
6.- Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa determinando para cada trámite las unidades con
responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
7.- Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción ministerial.
8.- Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del Tesoro Nacional.
– Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la
administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones
remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas,
disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.
10.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y
deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el
marco de las normas vigentes.
11.- Asistir en la dirección y la unificación de la representación de
todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la
Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos
del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público
Nacional.
12.- Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión
empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO
NACIONAL, en lo que es materia de su competencia.
13.- (Objetivo derogado por art. 4° del[*Decreto
N° 1079/2006](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=119058)B.O. 22/8/2006)*
ANEXO Ia
(Anexo modificado conforme la nueva estructura organizativa de primer nivel operativo aprobada por el Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
[IMG]
(Nota Infoleg:porDecreto N° 2025/2008*B.O. 26/11/2008 se modifica la denominación del "Ministerio de Economía
y Producción" por "Ministerio de Economía y Finanzas Públicas")*
ANEXO Ib
[IMG]
(Nota Infoleg:porDecreto N° 2025/2008*B.O. 26/11/2008 se modifica la denominación del "Ministerio de Economía
y Producción" por "Ministerio de Economía y Finanzas Públicas")*
ANEXO Ic
[IMG]
(Nota Infoleg:* por Decreto N° 2025/2008
B.O. 26/11/2008 se modifica la denominación del "Ministerio de Economía
y Producción" por "Ministerio de Economía y Finanzas Públicas")
(Nota Infoleg: por art. 1° del[Decreto
N° 927/2009](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=155775)B.O. 22/7/2009, se transfiere el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y
CENSOS, organismo desconcentrado del ámbito de la SECRETARIA DE
POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a la
órbita de la estructura organizativa del primer nivel operativo del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Vigencia: a partir de su
publicación en el BOLETIN OFICIAL)(Nota Infoleg:**por art. 20 del Decreto N° 741/2015
B.O.
07/05/2015 se mantiene la vigencia de la estructura organizativa del
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), organismo
desconcentrado dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS)*
ANEXO Ia
(Ex Anexo Ic sustituido por Anexo Ia del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
(Nota Infoleg: debido a las modificaciones introducidas por elDecreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015 la numeración del presente Anexo ha quedado duplicada)
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ANEXO Ib
(Ex Anexo Id sustituido por Anexo Ib del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
(Nota Infoleg: debido a las modificaciones introducidas por elDecreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015 la numeración del presente Anexo ha quedado duplicada)
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ANEXO Ic
(Ex Anexo Ie sustituido por Anexo Ic del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
(Nota Infoleg: debido a las modificaciones introducidas por elDecreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015 la numeración del presente Anexo ha quedado duplicada)
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