MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Rango Decreto
Publicación 1993-07-08
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decreto N° 1370/93

Créase el Centro Nacional de Coordinación.

Bs. As., 5/7/93

VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución 1990/12 del Consejo Económico y Social de las

NACIONES UNIDAS de fecha 24 de mayo de 1990, en la que recomendaba la

celebración de una CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER, y la Resolución

36/8 del mismo órgano internacional sobre los "Preparativos para la

Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer: Acción para la Igualdad, el

Desarrollo y la Paz", y las recomendaciones hechas por el señor

Secretario General de las NACIONES UNIDAS a los gobiernos para

promover los preparativos nacionales para la concreción del aludido

evento.

Que la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer de las

NACIONES UNIDAS recomienda a los Gobiernos establecer un CENTRO

NACIONAL DE COORDINACION para iniciar y promover los preparativos de la

Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer; Acción para la Igualdad, el

Desarrollo y la Paz.

Que el tema en cuestión es de competencia del MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO -Dirección General de

Derechos Humanos y de la Mujer-.

Que dicho Centro tendrá a su cargo la organización y coordinación de

las actividades nacionales incluida la recopilación de información y de

estadísticas desglosadas por sexos para la elaboración de informes

nacionales sobre la situación de la Mujer, debiendo presentar informes

periódicamente al señor Secretario General de las NACIONES UNIDAS.

Que el funcionamiento del aludido Centro no significará la creación de nuevos cargos.

Que el cumplimiento del presente Decreto no irrogará gasto alguno.

Que las atribuciones para dictar el presente Decreto, resultan del artículo 86, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°.- Créase un CENTRO NACIONAL DE COORDINACION en el ámbito

del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y

CULTO, con competencia para organizar y coordinar las actividades a

nivel nacional para iniciar y promover los preparativos para la Cuarta

Conferencia Mundial sobre la Mujer de las NACIONES UNIDAS, que se

llevará a cabo en el año 1995 en la ciudad de Beijing, República

Popular de China.

Art. 2°.- Desígnase a la Directora General de Derechos Humanos y de la

Mujer del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Art. 3°.- Facúltase a la presidenta del Centro creado por el

art. 1° del presente a integrar dicho organismo con los miembros del

Gabinete Femenino creado por Dto. 84/93, como así también para convocar

a representantes de distintos sectores interesados en la problemática

de la mujer argentina.

Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Guido Di Tella.

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