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COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES

Decreto 1374/96

**Déjese sin efecto la transferencia de la citada Comisión

de la órbita de la Presidencia de la Nación a la

Secretaría de desarrollo Social dispuesta por el Decreto

N° 660/96.**

Bs. As., 29/11/96

B.O.: 04/12/96

VISTO el Decreto N° 660 del 24 de Junio de 1996 y modificatorios

y.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° de dicha norma dispuso la transferencia

de la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "Programa

ARRAIGO" del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION

a la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que si bien el mencionado desplazamiento resulta acorde con la

misión y funciones de la citada Comisión, el estado

de avance de los programas en ejecución hace aconsejable

su retorno al ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes

del artículo 99, inciso 1° de la Constitución

Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Déjase sin efecto, a partir

de la fecha del presente, la transferencia de la COMISION DE TIERRAS

FISCALES NACIONALES - "Programa ARRAIGO" de la órbita

de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

de la PRESIDENCIA DE LA NACION dispuesta por el artículo

2° del Decreto N° 660 del 24 de Junio de 1996.

Art. 2°-La COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES

cargos, dotaciones, créditos presupuestarios y bienes,

dependiendo de la Jurisdicción 2001- PRESIDENCIA DE LA

NACION, Servicio Administrativo 301 - Secretaría General.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.- Carlos V. Corach.