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ADMINISTRACION DE PARQUE NACIONALES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Decreto 1375/96

**Apruébase la estructura organizativa del citado Organismo

Descentralizado, dependiente de la Secretaría de Recursos

Naturales y Ambiente Humano.**

Bs. As., 29/11/96

B.O.: 05/12/96

VISTO la Ley N° 24.629 y el Decreto N° 558 del 24 de

mayo de 1996. y

CONSIDERANDO

Que la sanción de la Ley N° 24.629 contiene las normas

relativas al mejoramiento de funciones de los Organismos que componen

la Administración Pública Nacional.

Que la Constitución Nacional establece en su artículo

41 las normas relacionadas con la preservación del patrimonio

natural y la diversidad biológica, a la información

y a la educación ambiental.

Que por el Decreto N° 558/96 se estableció la obligación

para cada Jurisdicción de presentar una propuesta de estructura

organizativa y distribución de las plantas de personal.

Que es necesario dotar a la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

de los medios que le permitan cumplir con los objetivos emergentes

de la Ley N° 22.351 y de la política de desarrollo

de nuevas Areas Naturales Protegidas, de acuerdo a la legislación

que determina sus respectivas creaciones.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes

del artículo 99, Inciso 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Apruébase la estructura

organizativa de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, Organismo

Descentralizado dependiente de la Secretaría de Recursos

Naturales y Ambiente Humano de la Presidencia de la Nación,

de acuerdo con el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria

y Acciones que, como Anexos I y II, forman parte del presente

Decreto.

Art. 2°-Dentro del término improrrogable de

DIEZ (10) días corridos contados a partir de la fecha del

presente Decreto, la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, con

la previa conformidad de la Secretaría de Hacienda del

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos,

deberá elevar a la Jefatura de Gabinete de Ministros. la

propuesta de distribución de la planta de cargos concordante

con las disposiciones contenidas en este Decreto.

Art. 3°-Facúltase a la Jefatura de Gabinete

de Ministros a aprobar los Anexos correspondientes a la distribución

de la planta de cargos de la estructura organizativa que se aprueba

por el presente Decreto.

Art. 4°-La estructura organizativa que se aprueba

por el presente Decreto, entrará en vigor el primer día

hábil siguiente a la fecha del dictado de la Decisión

Administrativa a que se hace referencia en el artículo

anterior.

Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.

ANEXO I

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ANEXO II

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

OBJETIVOS

Diseñar, conducir y controlar la ejecución de las

políticas necesarias para conservar y manejar los Parques

Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, existentes

actualmente y las que eventualmente se incorporen, con el objeto

de asegurar el mantenimiento de su integridad en todo lo relacionado

con sus particulares características fisiográficas,

asociaciones bióticas, recursos naturales y calidad ambiental

de los asentamientos humanos y promover la creación de

nuevas áreas en el marco de la Red Nacional de Areas Protegidas.

Programar, analizar, autorizar, fiscalizar y rescindir todo proyecto

de obra pública o privada, de explotación de recursos

naturales, de actividades recreativas y deportivas, priorizando

sin excepciones el mantenimiento de la integridad e identidad

de las áreas naturales protegidas ; sobre tales actividades

asegurar la correcta percepción de los cánones,

contribuciones, tasas, patentes, derechos y demás conceptos

que pudieren corresponder, con el objeto de contar con un ingreso

constante de recursos propios.

Fomentar y establecer vinculaciones de cooperación y asistencia

con organismos públicos y privados nacionales, provinciales

y municipales y -con la autorización del Poder Ejecutivo

Nacional- internacionales y promover la difusión de las

características generales de los Parques Nacionales y demás

áreas protegidas en el ámbito de su competencia,

a fin de inducir un incremento de la convivencia armónica

con la naturaleza.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el sistema de control interno, de acuerdo a lo establecido

por el articulo 100 de la Ley N° 24.156 de Administración

Financiera y de los Sistemas del Control del Sector Público

Nacional, prestando un servicio a toda la organización,

consistente en realizar los exámenes y evaluaciones de

las actividades del Organismo, empleando el enfoque de control

integral e integrado de manera de asegurar la continua optimización

de los niveles de eficiencia, economía y eficacia de la

gestión.

ACCIONES

En general, las que determina la Ley N° 24. 156, sus normas

reglamentarias y las instrucciones de la Sindicatura General de

la Nación, y en particular:

1) Confeccionar el planeamiento general de auditoría interna,

de acuerdo a las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría

Interna, aplicando el modelo de control integral e integrado.

2) Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna del Organismo

y remitirlo a la Sindicatura General de la Nación para

su discusión y aprobación final.

3) Participar en la elaboración de normas y procedimientos

a efectos de establecer el Sistema de Control Interno y posteriormente

efectuar su seguimiento.

4) Evaluar el cumplimiento de políticas, planes y procedimientos

establecidos por la autoridad superior.

5) Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos,

contables, de legalidad, financieros y ambientales.

6) Verificar que las erogaciones sean efectuadas de acuerdo con

las normas legales, de contabilidad y de acuerdo a los niveles

presupuestarios correspondientes.

7) Dictaminar mediante recomendaciones e informes, las modificaciones

que estime pertinente realizar en los circuitos administrativos,

con el fin de lograr que los recursos del Organismo se administren

con economía, eficiencia y eficacia.

8) Efectuar el seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones

e informes presentados a la máxima autoridad del Organismo.

9) Determinar la confiabilidad de los datos que se utilizan en

la elaboración de la información en las distintas

áreas del Organismo.

10) Determinar la precisión de las registraciones de los

activos y las medidas de resguardo tomadas para protegerlos.

11) Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en

su caso, formular las recomendaciones u observaciones que correspondan.

12) Consolidar los informes de los equipos interdisciplinarios,

respetando el principio de unidad del Organismo, aplicando el

sistema de control integral e integrado.

13) Remitir copia de los informes, recomendaciones y observaciones

a la Sindicatura General de la Nación.

14) Informar a la Sindicatura General de la Nación, cuando

específicamente así lo requiera, sobre aspectos

relacionados con la gestión del Organismo.

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir, controlar y entender en todo lo relativo a asuntos de

carácter jurídico a fin de brindar respaldo legal

al Organismo en cuestiones de su competencia.

ACCIONES

1) Asesorar en materia Jurídica y dictaminar sobre la aplicación

de las normas relacionadas con su competencia.

2) Intervenir en los anteproyectos de leyes, decretos, resoluciones

y normas complementarias en lo relacionado con los aspectos técnicos

jurídicos.

3) Efectuar los estudios, trámites y documentaciones requeridos

para la participación del Organismo en asuntos de interés

legal compartido con otros Organismos.

4) Entender en el patrocinio y en la representación Judicial

del Estado Nacional en los juicios a cargo de la Administración

de Parques Nacionales de acuerdo con las reglamentaciones vigentes

designando letrados que deban intervenir.

5) Intervenir en la instrucción de sumarios administrativos

cuando así lo disponga la autoridad competente del Organismo.

Ejercer el control y seguimiento de los sumarios administrativos.

7) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de

su incumbencia.

DIRECCION NACIONAL DE INTERIOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir y supervisar la ejecución de la gestión

operativa de las Areas Naturales Protegidas bajo administración

del Organismo, en el cumplimiento de las políticas y los

objetivos que para cada área determinen las máximas

autoridades del mismo.

ACCIONES

1) Entender en la gestión operativa de las Areas Naturales

Protegidas, coordinando el accionar de las respectivas Intendencias.

2) Supervisar las actividades del Cuerpo de Guardaparques Nacionales.

3) Supervisar el proceso de elaboración de los Planes Operativos

Anuales de las Areas Naturales Protegidas.

4) Elaborar y supervisar el Programa de Prevención y Lucha

contra Incendios en las Areas Naturales Protegidas.

5) Entender en el equipamiento de las Areas Naturales Protegidas.

6) Entender en el desarrollo de redes primarias y secundarias

de comunicaciones, controlando sus niveles operativos y promoviendo

su adecuación y actualización.

7) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de

su incumbencia.

8) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de

sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION DE COORDINACION OPERATIVA

ACCIONES

l)

Participar en la planificación del sistema de control

y vigilancia y su diagramación operativa en las Areas Naturales

Protegidas.

2) Participar en la planificación e implementación

de los sistemas de prevención, presupresión y supresión

de incendios forestales, planes de manejo de fuego y emergencias.

3) Participar en el desarrollo de los planes de estudio de los

cursos de ingreso y de capacitación del Cuerpo de Guardaparques

Nacionales.

4) Intervenir en los traslados internos del personal del tramo

Ejecución y proponer los traslados interjurisdiccionales

del Cuerpo de Guardaparques Nacionales.

5) Intervenir y atender en las cuestiones referidas al equipamiento

e infraestructura, vinculadas a las tareas de control y vigilancia

de las Areas Naturales Protegidas.

6) Dirigir los registros de infractores y de armas.

7) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de

sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

INTENDENCIAS

ACCIONES

1) Dirigir y administrar el Area Natural Protegida a su cargo.

2) Elaborar los Planes Operativos Anuales del Area Natural Protegida

a su cargo.

3) Ejercer la representación del Organismo y establecer

relaciones con las autoridades provinciales y municipales, propendiendo

a la integración de las comunidades con los objetivos de

conservación de cada área.

4) Fiscalizar y evaluar las prestaciones de servicios y trabajos

que se ejecuten en el área bajo su responsabilidad.

5) Intervenir en la elaboración de los planes de manejo

y operativos del área a su cargo.

6) Ejecutar los planes de manejo y operativos del área

bajo su responsabilidad.

7) Ejercer la representación de Parques Nacionales frente

a los medios de comunicación social, difundiendo las características

del Area Natural Protegida y toda información que contribuya

a incrementar la convivencia armónica con la naturaleza.

8) Disponer los traslados internos del Cuerpo de Guardaparques

Nacionales, previa intervención de la Dirección

de Coordinación Operativa.

9) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de

su incumbencia.

10) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de

sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION NACIONAL DE CONSERVACION DE AREAS PROTEGIDAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la planificación, programación y formulación

de políticas y estrategias de conservación y uso

público de las Areas Naturales Protegidas de carácter

nacional, abarcando los aspectos de investigación científica

y monitoreo, protección, manejo, uso sustentable, interpretación

y recreación.

ACCIONES

l)

Definir prioridades y estrategias para la conservación

de la diversidad biológica.

2) Elaborar la planificación general institucional en materia

de conservación, manejo y uso público de las Areas

Naturales Protegidas.

3) Entender en la identificación, evaluación, propuesta

y gestión de nuevas áreas a ser incorporadas al

Sistema de Parques Nacionales.

4) Evaluar el estado de conservación de las Areas Naturales

Protegidas, identificar sus requerimientos y proponer las medidas

de protección y mando para la preservación de comunidades

bióticas, especies de flora y fauna, valores culturales

y rasgos físicos y del paisaje de las mismas.

5) Entender en la temática reglamentaria referente a los

aspectos sustantivos de la conservación.

6) Promover y entender en la realización de estudios e

investigación científica aplicada en las Areas Naturales

Protegidas.

7) Entender en los programas de gestión de los asentamientos

humanos y uso sustentable de recursos naturales.

8) Entender en los programas de atención al visitante,

referidos a la calidad de la visita y proponer las medidas necesarias

para su mejoramiento, en materia de información y de interpretación

de la naturaleza.

9) Entender y supervisar los programas de interpretación

de la naturaleza, extensión y educación ambiental.

10) Entender en la elaboración y actualización de

los Planes de Manejo.

11) Elaborar el sistema de información geográfica

del organismo.

12) Intervenir en la elaboración de los Planes Operativos

Anuales de las Areas Naturales Protegidas.

13) Supervisar el control del cumplimiento de las pautas establecidas

en los Planes de Manejo de las Areas Naturales Protegidas, en

los que se refiere a los aspectos de su conservación y

uso público.

14) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de

su incumbencia.

15) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de

sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION DE CONSERVACION Y MANEJO

ACCIONES

1) Entender en las gestiones propias de la conservación

y manejo de ecosistemas y recursos naturales y culturales protegidos.

2) Formular los lineamientos e intervenir en la elaboración

de los programas para la investigación científica

aplicada que se desarrolla en las Areas Naturales Protegidas.

3) Formular los lineamientos e intervenir en la elaboración

de los programas para el uso sustentable de los recursos naturales,

culturales y el uso publico.

4) Participar en la elaboración de los programas de manejo

de fuego y supervisar su gestión.

5) Formular lineamientos e intervenir en la gestión de

los asentamientos humanos y las actividades que se desarrollan

en las Areas Naturales Protegidas.

6) Elaborar las normativas de conservación y manejo de

los recursos naturales, culturales y asentamientos humanos.

7) Intervenir y asesorar en todos aquellos aspectos que hacen

a la evaluación de impacto ambiental.

8) Dirigir los registros sobre recursos naturales, culturales

y asentamientos humanos.

9) Intervenir en el control del cumplimiento de las pautas establecidas

en los planes de manejo de las Areas Naturales Protegidas, referidas

a los aspectos de su conservación y uso público.

DIRECCION DE INTERPRETACION Y EXTENSION AMBIENTAL

ACCIONES

1) Intervenir y asesorar en la elaboración de los planes

y programas de interpretación de la naturaleza, extensión

ambiental y uso público de las Areas Naturales Protegidas.

2) Formular los lineamientos y normativas específicas para

la interpretación de la naturaleza y la educación

y extensión ambiental.

3) Elaborar y supervisar los lineamientos y normativas para diseñar

senderos de interpretación, centros de visitantes y material

impreso.

4) Elaborar y supervisar los contenidos y diseños del material

de carácter didáctico e informativo (folletos, afiches,

material gráfico) que complementan las actividades de conservación

en las Areas Naturales Protegidas.

5) Intervenir en la elaboración de material de apoyo técnico

para el personal (manuales, instructivos, etc.) o de divulgación

científica.

6) Coordinar y supervisar el servicio de información y

atención al publico.

7) Promover e intervenir en la elaboración y ejecución

de actividades de difusión.

8) Intervenir en la evaluación de la calidad de la visita

en las Areas Naturales Protegidas y en la propuesta de medidas

necesarias para mejorarlas.

DELEGACIONES REGIONALES

ACCIONES

1) Analizar el estado de conservación de la naturaleza

de las Areas Naturales Protegidas de su región y la calidad

de visita ofrecida al público en ellas, e identificar los

requerimientos para mejorarlos.

2) Relevar, analizar, volcar y ampliar la información científica

existente sobre la diversidad biológica y las características

de las Areas Naturales Protegidas de su región, elaborando

planes de monitoreo de áreas, comunidades bióticas

y/o especies, detectando los temas prioritarios de investigación

y fomentando la misma.

3) Intervenir en la evaluación y en la autorización

de los proyectos de investigación que se planee realizar

en las Areas Naturales Protegidas de su región.

4) Proponer las medidas de protección y/o manejo que se

estimen necesarias para la preservación de las comunidades

bióticas, de las especies de la flora y fauna, de los rasgos

físicos y del paisajes de las áreas de su competencia.

5) Proponer las medidas de manejo de visitantes y características

de los servicios cuya prestación recomiende.

6) Proponer las pautas y condiciones técnicas a las que

deberán ajustarse los aprovechamientos de los recursos

naturales en las áreas de su competencia, y efectuar su

control técnico.

7) Elaborar planes y proponer pautas de manejo relativos a los

asentamientos humanos rurales existentes, procurando su compatibilización

con los objetivos de conservación de las áreas de

su competencia.

8) Proponer los desarrollos convenientes en materia de interpretación

de la naturaleza para las áreas de su competencia, y brindar

asistencia técnica a las intendencias.

9) Analizar los proyectos de obras públicas o privadas,

de uso y/o desarrollo turístico, evaluando su justificación

y su factibilidad según el impacto ecológico de

cada proyecto y su encuadre en los planes de manejo.

10) Intervenir en la elaboración y actualización

de los Planes de Manejo de las Areas Naturales Protegidas de su

región y asesorar a las intendencias respectivas para su

aplicación.

11) Brindar asistencia a las Intendencias para la formulación

de sus respectivos planes operativos.

12) Participar en la identificación, evaluación

y propuesta de áreas naturales que convenga incorporar

al Sistema de Parques Nacionales o para ampliar las que ya lo

integran.

13) Participar en la elaboración de material de difusión

pública o de apoyo técnico para el personal.

14) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de

sus fines en el mareo de las facultades conferidas.

DIRECCION GENERAL DE COORDINACION

ADMINISTRATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la gestión económica financiera y de

bienes patrimoniales de la Administración de Parques Nacionales.

Entender en la política de Recursos Humanos del Organismo.

Entender en la política de Capacitación del personal.

Entender en la política de Obras e Inversión Pública.

Entender en las concesiones para la prestación de servicios

a los visitantes en las Areas Naturales Protegidas.

ACCIONES

1) Coordinar la planificación, programación y elaboración

del Presupuesto Anual de recursos y erogaciones del Organismo.

2) Coordinar, dirigir y controlar las actividades de las Direcciones

a su cargo.

3) Conducir la Mesa General de Entradas, Salidas y Despacho, asegurando

la distribución de la documentación administrativa

a las dependencias del Organismo, el control de circulación

y el cumplimiento de los plazos de tramitación de los expedientes

administrativos; la recepción, salida y archivo de la documentación

y las notificaciones, asegurando el cumplimiento de los recaudos

prescriptos en la normativa de aplicación.

4) Participar en todas las acciones operativas y de conservación

de la naturaleza que tengan relación con las Areas de su

incumbencia.

5) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de

sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION DE ADMINISTRACION

ACCIONES

1) Ejecutar y controlar el Presupuesto Anual de erogaciones y

el cálculo de recursos de la Administración de Parques

Nacionales.

2) Recaudar, registrar, disponer y controlar los recursos de la

Administración de Parques Nacionales y administrar, custodiar

y disponer los fondos y valores provenientes de las recaudaciones

o de cualquier otro ingreso permanente o eventual del área

de su competencia, como así también los valores

y documentos que los representen.

3) Ejecutar las actividades relacionadas con la adquisición,

contratación y suministro de bienes y servicios.

4) Administrar y coordinar la realización de las tareas

de conservación, vigilancia, registro y mensura de los

inmuebles de la Administración de Parques Nacionales y

de sus bienes patrimoniales. Coordinar las actividades de mantenimiento

de bienes y equipos mecánicos, asegurando la eficiente

prestación de los servicios internos.

5) Diseñar e implementar sistemas administrativos contables

de control y auditoría en lo referido a aspectos operativos,

económicos financieros y patrimoniales de la Administración

de Parques Nacionales.

6) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de

su incumbencia.

7) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de

sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACION

ACCIONES

1) Administrar y actualizar los sistemas de información

relacionados con la aplicación de las herramientas del

sistema de planeamiento organizacional y de administración

de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta

liquidación de haberes del personal.

2) Coordinar y asistir técnicamente los procesos de búsqueda,

selección e integración del personal.

3) Monitorear el estado de avance del personal en el régimen

de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.

4) Desarrollar las acciones de análisis, planeamiento y

diseño organizacional. Elaborar y proponer las modificaciones

de las estructuras organizativas que correspondan en consecuencia.

5) Entender en la temática reglamentaria del Cuerpo de

Guardaparques Nacionales.

6) Custodiar y mantener organizados los legajos del personal y

las bases de datos correspondientes.

7) Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación

de desempeño, asistiendo a las autoridades intervinientes

y Comités de Evaluación en el cumplimiento de sus

responsabilidades y en la administración de los resultados

del proceso.

8) Asegurar la adecuada aplicación de la legislación

en materia de recursos humanos, de la higiene y seguridad laboral

y organización de las estructuras y procedimientos de trabajo.

9) Analizar, diseñar y ejecutar los programas y propuestas

de capacitación específica, con la intervención

de las áreas competentes.

10) Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional

de la Comisión Permanente de Carrera.

11) Intervenir en los programas de capacitación generales

para la Administración Pública.

12) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de

su incumbencia.

13) Intervenir en los traslados, comisiones y todo otro movimiento

de personal que implique una erogación.

DIRECCION DE OBRAS E INVERSION PUBLICA

ACCIONES

1) Intervenir en la propuesta y solución de las obras necesarias,

preparando el anteproyecto del plan de inversiones públicas

y participando así en la ejecución de los planes

operativos de manejo.

2) Proyectar, supervisar su ejecución y aprobar todas las

obras de cualquier tipo que se efectúen en las Areas Protegidas,

de conformidad con lo determinado por los planes de manejo operativos

aprobados.

3) Aprobar los planes de mantenimiento de las obras existentes,

apoyando y supervisando las acciones que en dichos aspectos realizan

en forma directa las Intendencias.

4) Programar y supervisar las obras viales en la jurisdicción

de las Areas Protegidas, coordinando las acciones pertinentes

para la ejecución de las mismas con los entes nacionales

y provinciales de Vialidad.

5) Asistir en los planes y disposiciones para el ordenamiento

y desarrollo de los núcleos urbanos existentes en las Areas

Protegidas.

6) Asistir en las condiciones técnicas a las que deberán

ajustarse los aprovechamientos de los Recursos Naturales, las

concesiones de obras de infraestructura recreativa.

7) Asistir supervisando y aprobar las obras que realicen concesionarios,

pobladores y demás terceros en el ámbito de las

áreas protegidas.

8) Definir e implementar un programa de mantenimiento de los dos

edificios centrales de la Administración de Parques Nacionales.

9) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de

su incumbencia.

10) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de

sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION DE APROVECHAMIENTO DE RECURSOS

ACCIONES

1) Proponer los objetivos, políticas y programas a establecerse

para los servicios a los visitantes.

2) Proponer las reglamentaciones e instrucciones generales a dictarse

con relación a los servicios a los visitantes.

3) Coordinar las tareas relacionadas con: a) Búsqueda,

selección y designación de prestadores de servicios;

b)

Formalización de las respectivas contrataciones; c)

Vencimientos, renovaciones, modificaciones o conclusión

de contrataciones y; d) Verificación del cumplimiento de

las obligaciones de los prestadores de servicios.

4) Determinar el tipo de información que deberán

producir las unidades serviciales a efectos de evaluar el desenvolvimiento

de las mismas.

5) Coordinar la atención de las quejas, reclamaciones e

iniciativas que se reciban sobre los servicios.

6) Suministrar información sobre los servicios que se brindan

a los visitantes así como sobre la incorporación

de nuevos servicios o la modificación o supresión

de los existentes.

7) Suministrar información para la implementación

de acciones de capacitación vinculadas con laprestación

de servicios a los visitantes.

8) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de

su incumbencia.