ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Rango Decreto
Publicación 1999-12-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

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Decreto 138/99

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**Déjanse sin efecto las disposiciones contenidas en

el Decreto Nº 1520/99.**

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Bs.

As., 23/12/99

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VISTO

el Decreto Nº 1520 de fecha de 6 de diciembre de 1999, y

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CONSIDERANDO:

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Que por

el artículo 1º del Decreto citado en el Visto se instruye a la ADMINISTRACION

FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS para que acuerde con los titulares de los

servicios de radiodifusión y medios de comunicación gráficos, la cancelación

total de sus deudas fiscales pendientes mediante la dación en pago de espacios

publicitarios en la programación de las emisoras o en sus publicaciones.

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Que por

el citado decreto se afectan recursos que debían ingresar al Tesoro Nacional,

sustituyéndolos por espacios publicitarios a favor de la SECRETARIA DE PRENSA Y

DIFUSION dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de la ADMINISTRACION

FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y del MINISTERIO DEL INTERIOR a los fines

previstos en el Artículo 9º del Decreto Nº 2089/92.

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Que

para su dictado no se solicitó la necesaria intervención de la SUBSECRETARIA DE

PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex-MINISTERIO DE

ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

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Que no

se considera legítimo que el PODER EJECUTIVO NACIONAL resigne la percepción de

impuestos, autorizando su compensación con erogaciones en publicidad que no

cuentan con el respaldo presupuestario correspondiente.

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Que,

adicionalmente, resulta reprochable que una administración saliente disponga

este tipo de erogaciones, más aún frente a la difícil situación fiscal que

obliga a una drástica contracción del gasto.

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Que por

las razones expuestas resulta conveniente dejar sin efecto las disposiciones

del referido Decreto Nº 1520/99.

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Que ha

tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

del MINISTERIO DE ECONOMIA.

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Que el

presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso

1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

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Por

ello,

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EL

PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

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Artículo 1º— Déjanse sin efecto las

disposiciones del Decreto Nº 1520 del 6 de diciembre de 1999, a partir de la

fecha de su publicación

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Art. 2º— Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. —

Rodolfo H. Terragno. — José L. Machinea.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.