DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
DEJASE SIN EFECTO, LA MEDIDA INCLUIDA EN EL DECRETO Nº S. 13758 (ANEXO 1) INSERTO EN EL BOLETIN CONFIDENCIAL DEL MINISTERIO DE GUERRA Nº 228, RELATIVA A LA DISOLUCION DEL REGIMIENTO 18 DE INFANTERIA.
DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 1380/1958
Bs. As., 6/2/1958
VISTO el expediente “C” letra C Nº 49 (E.M.G.E.) - Nº 122/58 cde.2 - -
-
- (M.G.), lo propuesto por el señor Ministro Secretario de Estado en
el Departamento de Guerra y
CONSIDERANDO:
Que la decisión de disolver el Regimiento 18 de Infantería, surgió como
consecuencia de la necesidad de materializar, mediante la
Reestructuración de la Organización de Paz del Ejército, los esfuerzos
destinados a cooperar efectivamente en la recuperación económica
nacional, reduciendo para ello, los efectivos de soldados conscriptos a
incorporar durante el corriente año militar;
Que las modificaciones introducidas en las bases de dichos estudios de
reestructuración y en la Distribución de los Efectivos de soldados
conscriptos de la clase 1937, permiten reconsiderar el número de
unidades a disolver, con la idea de mantener aquellas de mayor
tradición y arraigo ciudadano, siempre que con ello, no se vulneren los
principios fundamentales del problema,
El PRESIDENTE PROVISIONAL DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Déjase sin efecto, la medida incluída en el decreto Nº S.
13758 (Anexo 1) inserto en el Boletín Confidencial del Ministerio de
Guerra Nº 228, relativa a la disolución del Regimiento 18 de Infantería.
Art. 2° — El Ministerio de Guerra adoptará las medidas que imponga el efectivo cumplimiento de lo determinado en el artículo anterior.
Art. 3° — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Guerra.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese en el Boletín Confidencial del Ministerio de Guerra y
archívese en el Ministerio de Guerra (Comando en Jefe del Ejército -
E.M.G.E.). — ARAMBURU.
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