MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Rango Decreto
Publicación 2012-08-14
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 1384/2012

Desígnase Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales de la Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales.

Bs. As., 13/8/2012

VISTO el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y el

Artículo 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO propone la

designación del Licenciado D. Adrián Roberto NADOR como Subsecretario

de Negociaciones Económicas Internacionales.

Que conforme lo determina el Artículo 6° de la Ley del Servicio

Exterior de la Nación Nº 20.957, es competencia del PODER EJECUTIVO

NACIONAL asignar la categoría de Embajador Extraordinario y

Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, para la

realización de cometidos especiales y concretos y mientras duren los

mismos.

Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Desígnase

Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales dependiente

de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO al Licenciado D. Adrián

Roberto NADOR (D.N.I. Nº 23.505.444).

Art. 2° — Asígnase la categoría

de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del

rango protocolar, conforme lo establece el Artículo 6° de la Ley del

Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, al Licenciado D. Adrián

Roberto NADOR mientras desempeñe las funciones de Subsecretario de

Negociaciones Económicas Internacionales.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas

específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M.

Timerman.

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