MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 1384/2012
Desígnase Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales de la Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales.
Bs. As., 13/8/2012
VISTO el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y el
Artículo 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO propone la
designación del Licenciado D. Adrián Roberto NADOR como Subsecretario
de Negociaciones Económicas Internacionales.
Que conforme lo determina el Artículo 6° de la Ley del Servicio
Exterior de la Nación Nº 20.957, es competencia del PODER EJECUTIVO
NACIONAL asignar la categoría de Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, para la
realización de cometidos especiales y concretos y mientras duren los
mismos.
Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase
Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales dependiente
de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO al Licenciado D. Adrián
Roberto NADOR (D.N.I. Nº 23.505.444).
Art. 2° — Asígnase la categoría
de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del
rango protocolar, conforme lo establece el Artículo 6° de la Ley del
Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, al Licenciado D. Adrián
Roberto NADOR mientras desempeñe las funciones de Subsecretario de
Negociaciones Económicas Internacionales.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas
específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M.
Timerman.
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