MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 140/2012
Dase por aprobada una designación en la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo.
Bs. As., 23/1/2012
VISTO el Decreto Nº 927 del 29 de junio de 2010 y lo solicitado por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 927/10 se creó con dependencia directa de la
entonces SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, actual SECRETARIA DE
POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el cargo extraescalafonario de
Coordinador General Técnico y Operativo, con rango y jerarquía de
Subsecretario, el cual se encuentra vacante, resultando necesario
proceder a su inmediata cobertura a fin de no entorpecer el normal
desempeño de las funciones asignadas.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que la profesional propuesta reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo en cuestión.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, y a
tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1º — Desígnase a
partir de la fecha del presente en el cargo extraescalafonario de
Coordinador General Técnico y Operativo de la SECRETARIA DE POLITICA
ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, con rango y jerarquía de Subsecretario, a la Doctora
María Eugenia GALINDEZ (MI Nº 12.729.064).
Art. 2º— El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para
el corriente ejercicio de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS.
Art. 3º — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.
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