JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1400/2014
Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Articulación Regional.
Bs. As., 21/8/2014
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0012514/2014 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros.
491 del 12 de marzo de 2002, 1952 del 15 de octubre de 2012 y 1664 del
23 de octubre de 2013 y lo solicitado por la SECRETARIA DE INTEGRACION
NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Que mediante el Decreto Nº 1952 del 15 de octubre de 2012 se designó
con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles al agente D. Rodrigo Alexis LASALLE como Director Nacional de
Articulación Regional de la SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA de la
SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y cuya prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 1664 del 23
de octubre de 2013.
Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación
citada precedentemente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció,
entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de
la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de
Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su
artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien
designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y
reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública
Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la
Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION Nº 4 del 15 de marzo de 2002.
Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra
exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº
601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto Nº 491/02, por
haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y
1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° —Dase por
prorrogada, a partir del 1° de abril de 2014 por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada en los
términos del Decreto Nº 1952 del 15 de octubre de 2012 y cuya prórroga
operó mediante el Decreto Nº 1664 del 23 de octubre de 2013, del agente
D. Rodrigo Alexis LASALLE (D.N.I. Nº 24.535.188) como Director Nacional
de Articulación Regional de la SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA de
la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS en un cargo Nivel A - Grado 0, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel l del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional
por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en el artículo
14, Título II, Capítulo III del Convenio citado precedentemente.
Art. 2° —El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir del 1° de abril de 2014.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente de la
JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.
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