UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

Rango Decreto
Publicación 2024-02-16
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Decreto 142/2024

DECTO-2024-142-APN-PTE - Designaciones.

Ciudad de Buenos Aires, 15/02/2024

VISTO el Expediente N° EX-2023-154312064-APN-DGDYD#MJ, la Ley N° 25.246

y sus modificaciones y los Decretos Nros. 777 del 23 de noviembre de

2022 y 56 del 19 de enero de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 25.246 se creó la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

(UIF), organismo dotado de autonomía y autarquía financiera que

actualmente actúa en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA, la que

estará integrada por UN (1) Presidente, UN (1) Vicepresidente y UN (1)

Consejo Asesor de SIETE (7) Vocales.

Que el artículo 9° de la citada Ley N° 25.246 dispone que el Presidente

y el Vicepresidente de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF) serán

designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del MINISTERIO

DE JUSTICIA.

Que a través del Decreto N° 56/24 se aceptó la renuncia presentada por

el doctor Juan Carlos OTERO al cargo de Presidente de la UNIDAD DE

INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF) y se dispuso que la misma se haría

efectiva a partir de la designación de la persona que lo reemplace en

el citado cargo, conforme al procedimiento de selección establecido en

el artículo 9º de la Ley Nº 25.246.

Que, oportunamente, mediante el Decreto N° 777/22 se aceptó la renuncia

presentada por la abogada Luz de Luna MONTES al cargo de Vicepresidenta

de la referida UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF).

Que el cumplimiento de los estándares internacionales y de las normas

que regulan el accionar y la competencia de la UNIDAD DE INFORMACIÓN

FINANCIERA (UIF) tornan ineludible la designación de sus nuevas

autoridades en forma inmediata.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA ha instado el procedimiento respectivo y

propuso al doctor Ignacio Martín YACOBUCCI y al doctor Manuel Facundo

TESSIO para ocupar los cargos de Presidente y Vicepresidente,

respectivamente, de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), en

cumplimiento del procedimiento reglado por el referido artículo 9° de

la Ley N° 25.246.

Que dicho procedimiento de selección contempla la consulta a la

ciudadanía respecto de la capacidad técnica, moral y el compromiso de

los candidatos propuestos con el sistema democrático y con el respeto

de los derechos humanos. Ello permite a los ciudadanos, en forma

individual o colectiva, a los colegios y asociaciones del ámbito

profesional, académico o científico y a las asociaciones no

gubernamentales hacer conocer en forma oportuna sus razones, puntos de

vista, adhesiones u objeciones que pudieran tener respecto de la

propuesta de nombramientos del MINISTERIO DE JUSTICIA.

Que en el inciso e) del citado artículo 9° de la Ley N° 25.246 se

dispone la celebración de una audiencia pública para evaluar las

observaciones aludidas en el considerando precedente, la que fue

debidamente realizada el día 31 de enero de 2024.

Que el señor Ministro de Justicia, luego de analizar los resultados del

proceso no vinculante, ha resuelto llevar adelante la propuesta

respectiva y elevarla a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley N° 25.246.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase en el cargo de Presidente de la UNIDAD DE

INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), organismo descentralizado actuante en el

ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA, al doctor Ignacio Martín YACOBUCCI

(D.N.I. N° 30.594.539), por un período de ley que se inicia a partir

del dictado del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase en el cargo de Vicepresidente de la UNIDAD DE

INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), organismo descentralizado actuante en el

ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA, al doctor Manuel Facundo TESSIO

(D.N.I. N° 33.205.720), por un período de ley que se inicia a partir

del dictado del presente decreto.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Mariano Cúneo Libarona

e. 16/02/2024 N° 6825/24 v. 16/02/2024

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