COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

Rango Decreto
Publicación 1997-12-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

Decreto 1425/97

Apruébase la estructura organizativa del citado organismo.

Bs. As., 23/12/97

B.O: 30/12/97

VISTO las Leyes Nros. 19.798 y 22.285 y los Decretos Nros. 1621

del 23 de diciembre de 1996 y 802 del 20 de agosto de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que por las normas legales citadas en primer y segundo término,

se creó el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, asignándole

la competencia de órgano de aplicación de la Ley

de Radiodifusión.

Que mediante el Decreto Nº 1621/96 se aprobó la estructura

organizativa del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, organismo descentralizado

dependiente de la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA

DE LA NACION.

Que conforme a lo establecido por el artículo 3º del

Decreto Nº 802/97 se autorizó a la intervención

del citado organismo a proponer las modificaciones de la actual

estructura organizativa del mismo.

Que habiendo analizado la estructura vigente, se hace necesario

efectuar las reformas tendientes a incorporar al organismo la

dinámica que impone la constante innovación tecnológica,

la que a su vez facilita la optimización de los mecanismos

de control y del cumplimiento de las tareas que le han sido asignadas.

Que la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA

NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que a fin de dar cumplimiento operativo a los objetivos fijados

en la presente estructura es procedente establecer la cobertura

de las vacantes existentes en el área del COMITE FEDERAL

DE RADIODIFUSION, a la mayor brevedad, disponiendo ante la emergencia

ciertas medidas de excepción.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución

Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Apruébase la estructura

organizativa de COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, cuyo Organigrama,

Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones, Planta Permanente,

Planta Temporaria y Dotación Global que, como Anexos I,

II, IIIa, IIIb y IIIc, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º-Exceptúase al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION,

por el término de TREINTA (30) días, de la aplicación

del Título III, Capítulos I, II y III, respectivamente

del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.0. 1995.

Art. 3º-Derógase el Decreto Nº 1621/96.

Art. 4º-El gasto que demande el cumplimiento del presente

Decreto, será imputado a las partidas especificas de la

Jurisdicción 2001 - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése

a la dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.

ANEXO I

ANEXO I

ANEXO II

COMITE NACIONAL DE RADIODIFUSION

OBJETIVOS:

1.

Controlar los servicios de radiodifusión sonora, de

televisión y complementarios, en sus aspectos culturales,

artísticos, legales, comerciales y administrativos, supervisando

la programación y el contenido de las emisiones y aplicando

las sanciones previstas por la Ley Nacional de Radiodifusión.

2.

Proveer a la formación del personal especializado que

se desempeñe en las actividades de radiodifusión

con arreglo a las normas de armonización y complementación

del Sistema Educativo Nacional y proceder a su registro y habilitación

para su actuación en dichos servicios.

3.

Promover el desarrollo de los servicios de radiodifusión,

contribuyendo a la fijación de las políticas y aplicando

las mismas para el logro de dicho cometido, adjudicando las licencias

para instalar y operar servicios de radiodifusión, en el

marco del Plan Nacional de Radiodifusión, cuya elaboración

y actualización realizará en cumplimiento de los

objetivos establecidos, controlando la efectiva vigencia de las

normas especificas, de las obligaciones internacionales asumidas

y los compromisos de los adjudicatarios de licencias.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

1.

Promover el desarrollo adecuado de un sistema de control interno

que garantice el cumplimiento de la eficacia, eficiencia y economía

de la gestión operativa del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION.

ACCIONES:

1.

Establecer la planificación de la auditoría interna,

conforme a las normas generales del control interno y auditoría

interna.

2.

Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

3.

Evaluar el cumplimiento de planes y metas, de donde surgirán

las principales recomendaciones para actualizar y/o adecuar los

circuitos administrativo-contables en uso.

4.

Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos

propios del sistema de Control Interno.

5.

Coordinar las tareas multidisciplinarias, analizando y evaluando

los distintos informes y recomendando los cursos de acción

a seguir.

6.

Controlar el cumplimiento de los principios contables y niveles

presupuestarios de la normativa legal vigente con relación

a los ingresos y egresos.

7.

Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas

de resguardo adoptadas para su protección.

8.

Emitir opinión en el ámbito de su competencia

en todo estado informativo contable emitido por la Unidad Ejecutora.

9.

Producir informes periódicos sobre las auditorías

practicadas.

10.

Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA

GENERAL DE LA NACION, los desvíos que se detecten, con

las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.

11.

Informar sobre temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

DIRECCION GENERAL PLANEAMIENTO Y CONTROL DE SERVICIOS DE RADIODIFUSION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

1.

Fiscalizar y evaluar el contenido de las emisiones e inspeccionar

en forma integral los servicios de radiodifusión del país.

Coordinar las relaciones institucionales y las propias del funcionamiento

interno del organismo.

2.

Promover el desarrollo de los servicios de radiodifusión.

Instrumentar el Plan Nacional de Radiodifusión, supervisando

sus resultados y adoptando los procedimientos previstos por la

legislación vigente ante la comprobación de la existencia

de servicios no autorizados.

3.

Llevar el registro actualizado de las agencias de publicidad

y organizaciones productoras de programas que contraten publicidad

o programas con los servicios de radiodifusión, otorgando

además las habilitaciones correspondientes.

ACCIONES:

1.

Planificar y ejecutar el control de las emisiones de los servicios

de radiodifusión sonora, de televisión y complementarios

del país.

2.

Coordinar y supervisar las tareas administrativas y de fiscalización

de emisiones de las Delegaciones de Control del interior del país,

así como también las de controles volantes que fuera

menester realizar en los servicios de radiodifusión cuya

ubicación física se encuentra fuera del ámbito

de influencia de las mismas.

3.

Coordinar, ejecutar y atender las actividades de los Consejos

Federal y Asesor, interaccionando al organismo con la realidad

de las provincias en cuanto hace al funcionamiento de la radiodifusión

y con las distintas asociaciones que nuclear a los licenciatarios

de los servicios de radiodifusión y a otras entidades con

interés en la actividad.

4.

Inspeccionar los servicios de radiodifusión, en cuanto

hace a sus aspectos administrativos, legales, contables y técnicos

en la materia de su competencia, habilitación del personal

profesional y técnico, inscripción y habilitación

de agencias de publicidad y organizaciones productoras de programas,

llevando el registro actualizado de las mismas y supervisando

la facturación bruta por comercialización de las

mismas y su correlación a los anunciantes.

5.

Realizar las tareas de expedición de mensajes de interés

general para su difusión a través de los servicios

de radiodifusión sonora, televisión y complementarios

de todo el país.

6.

Elaborar las propuestas para la fijación de las políticas

aplicables para la promoción del desarrollo de los servicios

de radiodifusión en el marco de los objetivos fijados por

la legislación vigente.

7.

Elaborar el proyecto del Plan Nacional de Radiodifusión,

concretar su actualización y control. Realizar las tareas

inherentes a la determinación de licencias para instalar

y operar nuevos servicios complementarios de radiodifusión.

8.

Controlar el efectivo cumplimiento de las estipulaciones y

obligaciones asumidas por los adjudicatarios de licencias de radiodifusión

en sus propuestas y evaluar los contenidos programáticos

de las emisiones.

9.

Aprobar las instalaciones, mantenimiento y desarrollo de la

infraestructura técnica de los servicios de radiodifusión.

10.

Adecuar los servicios de radiodifusión en función

de las innovaciones y adelantos tecnológicos aplicables

a los mismos, propendiendo a asegurar el uso equitativo cuando

se trate de sistemas de utilización común a todos

los servicios.

11.

Controlar y actuar a través de los procedimientos pertinentes

en los supuestos de existencia de servicios de radiodifusión

que funcionen al margen de las disposiciones legales vigentes.

12.

Contribuir, en coordinación con los organismos específicos,

a la adecuada administración del espectro de frecuencias

y potencias atribuido a los servicios de radiodifusión

por los convenios internacionales.

DIRECCION GENERAL DL INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFONICA

(ISER)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

1.

Dirigir la coordinación metodológica y didáctica

de los profesionales y técnicos que se desempeñaran

en los servicios de radiodifusión y televisión,

como en cualquier otro medio de comunicación que la nueva

tecnología desarrolle.

2.

Orientar su formación hacia estructuras de pensamiento

que integren todos los sectores científicos, y que habiliten

para tratar la realidad de forma inteligente y creativa, desarrollando

la conciencia social y comunitaria, dentro de un marco democrático

de integración regional y de afirmación de la identidad

cultural.

3.

Diseñar y evaluar los planes de capacitación

y actualización permanente de profesionales y técnicos

y de los recursos humanos del Instituto; en áreas docente

y no docente. Crear un área de investigación que

permita visualizar los efectos de los medios de comunicación

en la sociedad, sistematizando los resultados y elaborando documentos

informativos.

4.

Supervisar las habilitaciones, la emisión y el registro

de certificados y constancias.

ACCIONES:

1.

Elaborar el programa de formación profesional y técnica

para los recursos humanos de la radiodifusión y televisión,

en los órdenes local y regional, dictando los cursos correspondientes

a dicha formación y fijando el régimen de admisión.

2.

Orientar, dirigir y supervisar la realización de producciones

experimentales, por parte del alumnado y personal docente, tendientes

a la creación y desarrollo de innovadores radiales y televisivas;

supervisando directamente las transmisiones a efectuarse por la

emisora de frecuencia modulada y el canal de televisión

codificado del Instituto.

3.

Inspeccionar la capacitación sistemática de los

recursos humanos del servicio de radiodifusión y del organismo;

promover y supervisar su capacitación parasistemática.

4.

Promover y orientar el perfeccionamiento y actualización

de los graduados del Instituto, los profesionales de los servicios

de radiodifusión del país y el personal del organismo,

elaborando los proyectos técnicos y planes de estudio necesarios

y efectuando la implementación de los mismos.

5.

Elaborar y ejecutar los mecanismos de contralor del cumplimiento

de los requisitos de habilitación reglamentaria de los

profesionales actuantes en los servicios de radiodifusión

del país, expidiendo y registrando las habilitaciones y

credenciales del personal técnico profesional.

6.

Ejercer la supervisión, control y asistencia técnico

pedagógica, de los establecimientos autorizados por el

organismo para la enseñanza de las actividades de radiodifusión

y proceder a la homologación de los títulos respectivos,

mediante la comprobación de los requisitos de habilitación.

7.

Promover la celebración de convenios, estimular el intercambio

y otorgamiento de becas, con autoridades educativas, culturales

y de comunicaciones, del país y del exterior, tendientes

a la federalización y regionalización de las especialidades

profesionales.

8.

Elaborar y desarrollar proyectos de complementación

profesional y técnica con los organismos y autoridades

de control de los servicios de radiodifusión de los países

del Mercado Común del Sur y todos aquellos otros con los

cuales existieran acuerdos, convenios o tratados internacionales

promoviendo la equiparación de planes y programas de formación

y capacitación.

9.

Propender a la creación de un área de investigación

que permita inferir estadísticamente los efectos de los

medios de comunicación en los distintos estamentos sociales,

sistematizar los resultados y elaborar documentos informativos

que permitan orientar y realimentar la producción de programas.

10.

Diseñar, coordinar y evaluar los planes de capacitación

específica para las áreas docentes y no docentes.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

1.

Realizar la administración de los recursos materiales,

humanos y económico-financieros del organismo. Administrar

la recaudación de los gravámenes de radiodifusión,

realizar las evaluaciones patrimoniales de los futuros licenciatarios

y efectuar el control de gestión. Diligenciar la documentación

administrativa. Llevar a cabo las compras y contrataciones necesarias

para el normal desempeño de los objetivos del organismo.

ACCIONES:

1.

Efectuar la asignación y supervisión interna

de los recursos humanos del organismo, las liquidaciones de haberes

y demás beneficios del personal, controlar su ausentismo,

licencias, vacaciones y el cumplimiento de las normas laborales

vigentes.

2.

Atender el sistema de organización administrativa, proveer

a las demandas de espacio físico y su adecuada distribución,

desarrollar y mantener el equipamiento electrónico y mecánico,

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.