MINISTERIO DE EDUCACION
MINISTERIO DE EDUCACION
Decreto 143/2000
Apruébase la estructura organizativa del citado Departamento de Estado.
Bs. As., 14/2/2000
VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), modificada por la Ley Nº 25.233, y los Decretos Nros. 606 del 25 de abril de 1995, sus modificatorios y complementarios, 1274 del 7 de noviembre de 1996, sus modificatorios y complementarios y 20 del 13 de diciembre de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que con el fin de facilitar el accionar del MINISTERIO DE EDUCACION en el marco de las normativas citadas en el Visto resulta necesario aprobar su nueva estructura orgánica.
Que por el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999 se aprobó la estructura de la referida jurisdicción hasta el nivel de Subsecretaría.
Que atento lo dispuesto por el artículo 4º del citado decreto resulta indispensable la aprobación de las estructuras organizativas, hasta el primer nivel operativo.
Que a los efectos de promover el accionar del referido Ministerio, corresponde la creación, dentro de su ámbito, del CONSEJO ASESOR DE EDUCACION SUPERIOR y del CONSEJO ASESOR DE EDUCACION BASICA, así como la adecuación de los objetivos del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA (I.N.E.T).
Que la presente medida se dicta conforme las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa del MINISTERIO DE EDUCACION, hasta el primer nivel operativo, de acuerdo con el organigrama, responsabilidades primarias y acciones, y planta permanente que como Anexos I, II y III forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º — Deróganse el artículo 8º del Decreto Nº 358 del 1º de abril de 1996 y el artículo 9º del Decreto Nº 606 del 25 de abril de 1995.
Art. 3º — EL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA (I.N.E.T.) estará a cargo de UN (1) Director Ejecutivo que tendrá rango y jerarquía de Subsecretario con las siguientes atribuciones:
Representar al Instituto en todos sus actos.
Promover la celebración de convenios con autoridades provinciales y del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, en el marco de la Ley Federal de Educación, y hacer lo propio con organizaciones y entidades gubernamentales e instituciones no gubernamentales nacionales y extranjeras, a los fines de promover la vinculación educación-trabajo.
Establecer normas y pautas procedimentales para el funcionamiento del organismo.
Art. 4º — Sustitúyense los objetivos del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLÓGICA (I.N.E.T) indicados en el Anexo al artículo 12 del Decreto Nº 358 del 1º de abril de 1996 por los objetivos que se detallan en el Anexo IV, que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 5º — Créase el CONSEJO ASESOR DE EDUCACION SUPERIOR, en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACION, el que tendrá por misión asesorar a su titular en todos los aspectos que tiendan a la mejora sistemática de la excelencia y organización del sistema de educación superior.
Art. 6º — Créase el CONSEJO ASESOR DE EDUCACION BASICA, en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACION, el que tendrá por misión asesorar a su titular en todos los aspectos que tiendan a la mejora sistemática de la excelencia y organización del sistema de educación básica.
Art. 7º — Facúltase al Ministro de Educación a reglamentar la composición y funcionamiento del CONSEJO ASESOR DE EDUCACION SUPERIOR y del CONSEJO ASESOR DE EDUCACION BASICA.
Art. 8º — El MINISTERIO DE EDUCACION deberá presentar la propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban en el presente decreto, en concordancia con lo establecido por el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994, reglamentado por la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 422 del 13 de septiembre de 1994. Hasta tanto se aprueben quedarán vigentes las unidades existentes con asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas.
Art. 9º — Transfiérese del MINISTERIO DE EDUCACION al ámbito de la SECRETARIA PARA LA TECNOLOGIA, LA CIENCIA Y LA INNOVACION PRODUCTIVA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN el personal que se menciona en el Anexo V, que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 10 — Transfiérese al ámbito de la SEC. PARA LA TECNOLOGIA, LA CIENCIA Y LA INNOVACIÓN PRODUCTIVA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el presupuesto y patrimonio asignados anteriormente a la ex SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del ex MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION. Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.
Art. 11 — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DE LA RUA — Rodolfo H. Terragno. — Juan J. Llach.
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ANEXO II
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION
SECRETARIA GENERAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Ministro de Educación en lo relativo a las obligaciones emergentes de su participación en el CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION prestando el apoyo técnico-administrativo correspondiente a fin de lograr el cumplimiento de su cometido.
ACCIONES
Asistir y mantener permanentemente informado al Ministro en lo referente a la documentación necesaria para el desenvolvimiento de su función en el CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.
Preparar y distribuir la documentación que deban utilizar las asambleas y el comité ejecutivo.
Organizar y atender las tareas que realizan las comisiones permanentes del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.
Coordinar las acciones que aconseja la asamblea de Ministros y el comité ejecutivo.
Entender en la información a las regiones y a las provincias y a la CIUDAD DE BUENOS AIRES acerca de lo resuelto por el comité ejecutivo y las comisiones.
Mantener permanentemente informado al comité ejecutivo sobre el estado de trabajo en comisiones.
Llevar y mantener ordenado y actualizado el registro de resoluciones del cuerpo y efectuar las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
MINISTERIO DE EDUCACION
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el sistema de control interno de acuerdo a lo establecido por el artículo 100 de la Ley Nº 24.156 de administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional, prestando un servicio a toda la organización, consistente en realizar los exámenes y evaluaciones de las actividades del organismo, empleando el enfoque de control integral e integrado de manera de asegurar la continua optimización de los niveles de eficiencia, economía y eficacia de la gestión.
ACCIONES
Auditar y verificar semestralmente los procedimientos internos de la jurisdicción.
Las que determina la Ley Nº 24.156, sus normas reglamentarias y complementarias, y las instrucciones de la Sindicatura General de la Nación.
Elaborar el Plan General y Planes Anuales de la Unidad.
Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior de la jurisdicción ministerial.
Evaluar la aplicación de los controles operativos, contable presupuestario, patrimoniales, legales y financieros.
Emitir opinión sobre normas y procedimientos, y respecto del sistema de control interno del Ministerio.
Producir informe sobre las auditorias realizadas y comunicarlos al Ministro y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, y efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones formuladas en los mismos.
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir y asesorar en los asuntos de naturaleza internacional que se relacionen con la educación y en especial los vinculados con acciones bilaterales y multilaterales con estados extranjeros, organismos internacionales y demás instituciones de cooperación técnica y de apoyo al desarrollo de los países en coordinación con los organismos competentes en la materia, a fin de lograr los objetivos fijados.
ACCIONES
Asistir al Ministro de Educación en su carácter de Presidente de la Comisión Nacional Argentina de Cooperación con la UNESCO y ejercer la secretaría permanente de ese Organismo, en su caso.
Colaborar en la celebración de convenios bilaterales con estados extranjeros referidos a las competencias de la Jurisdicción, en el registro de los que se encuentran en vigor y los programas emergentes de su aplicación y en gestión de las comisiones mixtas de aplicación de esos convenios.
Asistir al Ministro en los temas de competencia de la jurisdicción, en el proceso de integración de los países del MERCOSUR.
Atender la tramitación y difusión de becas ofrecidas desde el sector externo y supervisar el funcionamiento de las residencias para graduados, dependientes del Ministerio y radicadas en el exterior.
Colaborar en las relaciones con los organismos de cooperación técnica y de apoyo al desarrollo de países, en los temas de su competencia.
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir las actividades relativas a los servicios contables, económicos, financieros, presupuestarios y de administración. Realizar las acciones relativas a suministros, mantenimiento y protección del patrimonio de la jurisdicción.
ACCIONES
Efectuar el proceso de ejecución del presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION y asistir a las áreas de la jurisdicción en su elaboración.
Realizar la registración y fiscalización contable de los recursos financieros, económicos y patrimoniales de la jurisdicción ministerial de acuerdo con la normativa vigente en la materia.
Entender en las acciones relativas a los procedimientos de adquisiciones de la jurisdicción.
Fiscalizar las acciones relativas al registro de inventario y control de los bienes patrimoniales de la jurisdicción.
Coordinar todo lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.
Entender en la administración de servicios generales y de mantenimiento, conservación y preservación de los bienes físicos pertenecientes a la jurisdicción. Efectuar la coordinación de las tareas de vigilancia del patrimonio del Ministerio.
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y la planificación y diseños organizacionales, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad en la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.
ACCIONES
Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de planeamiento organizacional y de administración de recursos humanos, aplicando controles en la liquidación de haberes del personal.
Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional, y proponer las modificaciones de las estructuras organizativas que correspondan en consecuencia.
Ejercer la coordinación técnica jurisdiccional y actualización del sistema de relevamiento y evaluación de puestos de trabajo, como así también de los procesos, flujos y procedimientos de trabajo, proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.
Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción.
Custodiar y mantener actualizados los legajos únicos del personal y las bases de datos correspondientes.
Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación de desempeño asistiendo a las autoridades intervinientes en el cumplimiento de las responsabilidades y en la administración de los resultados del proceso.
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar y asistir en los asuntos de carácter jurídico como también representar legalmente al MINISTERIO DE EDUCACION en los asuntos de carácter jurisdiccional.
ACCIONES
Producir los dictámenes jurídicos solicitados por las distintas áreas de acuerdo con la normativa vigente.
Actuar, en juicio, en defensa y representación del MINISTERIO DE EDUCACION y de los organismos de su jurisdicción.
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION DE REDES E INFORMATICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar y centralizar servicios relacionados con las redes de voz y datos y la informática. Asegurar el buen funcionamiento y la seguridad de las redes del Ministerio. Brindar soporte técnico a los usuarios. Asistir en la utilización racional de los bienes y servicios de redes y telefonía del Ministerio.
ACCIONES
Instalar, configurar, administrar y mantener los servicios de información y redes del Ministerio: página web, correo electrónico, sistema de nombres (DNS), directorio, direcciones de red (IP) y otros servicios necesarios.
Aplicar y mantener las políticas de seguridad de la información en la red del Ministerio.
Instalar, mantener y configurar un esquema de firma digital para el Ministerio.
Administrar y mantener el sistema de telefonía del Ministerio.
Administrar y mantener los cableados y enlaces de voz y datos del Ministerio.
Intervenir en el control de las especificaciones técnicas de las adquisiciones de equipamiento y servicios informáticos y de telecomunicaciones.
Brindar soporte técnico telefónico y en el lugar a los usuarios de la red del Ministerio.
Mantener el estado del parque informático del Ministerio.
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION DE DESPACHO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asegurar la recepción y salida de la documentación administrativa proveniente de otras jurisdicciones ministeriales o entes descentralizados o dirigidas a los mismos, recibir y despachar la documentación administrativa, llevar el despacho del Ministro y efectuar el seguimiento de los trámites administrativos de la jurisdicción, cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos y determinar las unidades del Ministerio para atender a ello.
ACCIONES
Efectuar la recepción, registro, tramitación y salida de expedientes, proyectos de leyes, decretos y toda otra documentación que debe ser considerada por el Ministerio.
Coordinar la entrada, salida y giro de documentación a distintas unidades, llevando los registros correspondientes y controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.
Coordinar el sistema de información al público incluyendo el acceso de los interesados en trámites y actuaciones, de acuerdo a las normas de procedimientos administrativos.
Efectuar el registro, protocolización y guarda de resoluciones, disposiciones y demás actos administrativos de la jurisdicción y efectuar las notificaciones y comunicaciones correspondientes.
Formular criterios y procedimientos para la digitalización de los actos administrativos del Ministerio; relevar y procesar los actos administrativos a digitalizar; y archivar y guardar los documentos digitalizados.
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar todas las actividades vinculadas con la información y con la substanciación de los sumarios administrativos disciplinarios que corresponda promover al personal de la jurisdicción ministerial.
ACCIONES
Realizar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.
Realizar las investigaciones de aquellos hechos u omisiones que, tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a la realización de un sumario.
Supervisar la recopilación de los informes y la documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero.
Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el Reglamento de Investigaciones y de toda otra que resulte necesaria.
Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en trámite en el ámbito de la jurisdicción.
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE EDUCACION BASICA
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar la gestión de los programas y proyectos nacionales relativos a regímenes y necesidades especiales y a educación no formal.
Implementar normas básicas sobre equivalencia de títulos y de estudios para todos los niveles de enseñanza no universitaria.
ACCIONES
Entender y/o cooperar en la resolución de los problemas vinculados con la deserción escolar en todos los niveles, y propiciar la adopción de las medidas correctivas pertinentes para su debate en los ámbitos correspondientes.
Entender y/o cooperar en la elaboración de proyectos y programas relacionados con la educación especial, coordinando con las autoridades educativas de las distintas jurisdicciones, acciones de carácter preventivo y otras dirigidas a la detección de niños/as con necesidades especiales.
Elaborar proyectos y programas referidos a la educación artística en la Educación Básica.
Entender y/o cooperar en la elaboración de proyectos y programas atinentes a la recreación, turismo, educación física, preservación del medio ambiente y el deporte escolar para todos los niveles.
Elaborar proyectos y programas de inserción y desarrollo de temas de políticas educativas en los medios audiovisuales de comunicación masiva.
Promover programas, en coordinación con las jurisdicciones pertinentes, de rescate y fortalecimiento de lenguas y culturas indígenas.
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE EDUCACION BASICA
SUBSECRETARIA DE EDUCACION BASICA
DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EDUCATIVO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar investigación para el diseño y elaboración de la currícula básica y nuevas tecnologías para ser aplicadas en todas las jurisdicciones.
Prestar asistencia técnica a las provincias y a la CIUDAD DE BUENOS AIRES, en lo referido a los diseños curriculares y a nuevas tecnologías educativas.
ACCIONES
Realizar investigaciones que permitan elaborar y actualizar los contenidos y lineamientos curriculares básicos a proponer en el seno del CONSEJO FEDERAL DE CULTURA Y EDUCACION.
Efectuar la detección, evaluación y seguimiento de innovaciones educativas aplicadas en materia curricular, de gestión, equipamiento, infraestructura, etc.
Proponer la transferencia de las innovaciones pedagógicas aplicadas a nivel nacional e internacional a las distintas jurisdicciones integrantes del sistema.
Efectuar los estudios destinados a determinar la demanda educativa para diseñar y proyectar la oferta.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.