REPRESENTACIONES CONSULARES

Rango Decreto
Publicación 1998-01-12
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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REPRESENTACIONES CONSULARES

Decreto 1432/97

**Establécese el Consulado de la República en la

ciudad de Fray Bentos, República Oriental del Uruguay.**

Bs. As., 29/12/97

B.O.: 12/01/98

VISTO que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL

Y CULTO ha destacado la conveniencia de establecer un Consulado

en la ciudad de Fray Bentos, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo informado por los organismos competentes

del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL

Y CULTO, se encuentran dadas las condiciones objetivas que justifican

el funcionamiento de dicha Oficina Consular.

Que se ha obtenido el consentimiento del Estado receptor, conforme

lo establece el artículo 4º de la Convención

de Viena sobre relaciones Consulares aprobada por Ley Nro. 17.081.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar

esta medida en virtud de lo dispuesto en el artículo 99,

inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Establécese el Consulado

de la República en la ciudad de Fray Bentos, REPUBLICA

ORIENTAL DEL URUGUAY.

Art. 2º-El MINISTERIO de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL y CULTO dará cumplimiento a las disposiciones

del presente Decreto con las medidas administrativas que fueren

necesarias, determinando la efectiva fecha de su cumplimiento,

así como el respectivo reordenamiento de las Circunscripciones

Consulares modificadas por esta medida.

Art. 3º-Los gastos que demande el cumplimiento de

lo dispuesto en los artículos precedentes serán

atendidos con cargo a los créditos del presupuesto del

MINISTERIO de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL y

CULTO.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido

Di Tella.

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