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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

Decreto S 1446/1977

Bs. As., 20/5/1977

VISTO el Expte 8I3 4322/1, lo informado por el señor Comandante en Jefe

del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido por le Ley N° 21316 se facultó al Poder

Ejecutivo Nacional a vender en forma directa y por el régimen de la Ley

14135, a favor de la Cooperativa de Viviendas para Suboficiales “COVSE”

Limitada, una fracción de terreno situada en la ciudad de MENDOZA, con

destino a la construcción de viviendas para sus asociados;

Que esa venta debía efectuarse por intermedio del Comando de Ingenieros

del Comando en Jefe del Ejército por un precio no inferior al que

fijara el Tribunal de Tasaciones de la Nación, quien se expidió al

respecto;

Que en tales circunstancias con fecha 8 de septiembre de 1976, se firmó

el boleto de compra-venta entre el Estado Nacional Argentino (Comando

en Jefe del Ejército), como vendedor, representado por el señor 2do

Comandante y Jefe de la Plana Mayor a cargo del Comando de Ingenieros y

en su carácter de Presidente Accidental del Consejo de la Vivienda -

Ley 14135, Coronel Don EDUARDO VICTORIO BERGAMO y la Cooperativa de

Viviendas para Suboficiales del Ejército “COVSE”. Limitada, como

compradora, representada por su Presidente, Secretario y Tesorero;

Que ese boleto de compra-venta se firmó “ad-referendum” del Poder Ejecutivo Nacional;

Por ello;

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el

boleto de compra-venta suscripto el 8 de septiembre de 1976 entre el

Estado Nacional Argentino (Comando en Jefe del Ejército), como

vendedor, representado por el señor 2do Comandante y Jefe de la Plana

Mayor a cargo del Comando de Ingenieros y en su carácter de Presidente

Accidental del Consejo de la Vivienda - ley 14135, Coronel Don EDUARDO

VICTORIO BERGAMO y la Cooperativa de Viviendas para Suboficiales del

Ejército “COVSE” Limitada, como compradora, representada por su

Presidente, Secretario y Tesorero, mediante el cual esta Cooperativa

adquiere una fracción de terreno situada en la ciudad de MENDOZA con

destino a la construcción de viviendas para sus asociados, cuyas

dimensiones, de conformidad con el plano de mensura confeccionado al

efecto, son de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS con SESENTA CENTIMETROS

(236,60 m) al Norte; QUINIENTOS SETENTA Y UN METROS con CUARENTA

CENTIMETROS (571,40 m) al Este; TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS con

VEINTE CENTIMETROS (343,20 m) al Sud; DOSCIENTOS DIECISEIS METROS (216

m)

al Oeste Sud Oeste; NOVENTA Y OCHO METROS con SESENTA CENTIMETROS

(98,60m) al Sud Oeste y TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS con CUARENTA

CENTIMETROS (375,40 m) al Nord Oeste, formando una superficie total de

VEINTIUNA HECTAREAS, CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS,

OCHENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (21 Ha 4193,84 m2), con los

linderos y demás especificaciones detalladas en la citada Ley 21316.

Art. 2° — El importe de SEIS

MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN PESOS

($ 6.882.661.-) correspondiente al precio total de esta compra-venta,

pagado por la compradora al vendedor, en el acto de la firma del boleto

que se aprueba, ingresará a la Cuenta de la Ley 14.135.

Art. 3° — Designase al señor

Comandante de Ingenieros para que en nombre y representación del Estado

Nacional Argentino (Comando en Jefe del Ejército) y en su carácter de

Presidente del Consejo de la Vivienda - Ley 14135, firme la respectiva

escritura traslativa de dominio, la que se otorgará por ante el señor

Escribano General del Gobierno de la Nación, dentro de los NOVENTA (90)

días a partir de la fecha de este decreto.

Art. 4° —Comuníquese, dése a

la Dirección Nacional del Registro Oficial, tomen nota el Tribunal de

Cuentas de la Nación y la Contaduría General de la Nación y archívese.

— VIDELA.