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CONTRATOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

CONTRATOS

Decreto 145/2014

Apruébase Modelo de Contrato entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo.

Bs. As., 5/2/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0256676/2013 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID

AR-L1144, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y

el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-1144, el BANCO

INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir

financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la

ejecución del “Programa de Infraestructura Vial del Norte Grande III”

por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MILLONES (U$S

300.000.000).

Que el objetivo del Programa es mejorar las condiciones de

accesibilidad, eficiencia y seguridad de vías prioritarias de la Red

Vial Provincial en la Región del Norte Grande del país, mediante la

ampliación, rehabilitación, y mejora de los corredores viales que

conectan centros de producción con mercados locales y externos.

Asimismo, el Programa busca promover la sostenibilidad de las

inversiones mediante la incorporación de las obras financiadas a los

sistemas de gestión de mantenimiento vial.

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3)

componentes: (i) “Obras de ingeniería”; (ii) “Fortalecimiento

Institucional en Seguridad Vial” y; (iii) “Administración del Programa,

Estudios y Supervisión”.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE PLANIFICACION

FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a través de la Unidad de

Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo,

denominado en adelante “Organismo Ejecutor”.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de

Préstamo BID AR-L1144, así como toda otra documentación relacionada con

la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la

REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1144 y

acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del

“Programa de Infraestructura Vial del Norte Grande III”, siempre y

cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los

fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el

procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Artículo 40 de

la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005)

y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°— Apruébase el

Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1144 a celebrarse entre la

REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por

un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS MILLONES (U$S

300.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de

Infraestructura Vial del Norte Grande III”, que consta de las

Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las

Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo

Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente

decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente

medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas

para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco

Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y

Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de

Desarrollo”, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del

mes de marzo de 2011.

Art. 2° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID

AR-L1144 y su documentación adicional, conforme al modelo que se

aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.

Art. 3° —Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo BID AR-L1144, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° de la

presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

Art. 4° —Desígnase al

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a

través de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con

Financiamiento Externo como “Organismo Ejecutor” del “Programa de

Infraestructura Vial del Norte Grande III”, quedando facultado para

realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la

ejecución del Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos

en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1°

de la presente medida.

Art. 5° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel

Kicillof. — Julio M. De Vido.


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767