COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA
COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA
Decreto 1450/2002
Apruébase la estructura organizativa del mencionado Organismo Descentralizado en jurisdicción de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación.
Bs. As., 9/8/2002
VISTO la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 517 del 19 de diciembre de 1996, el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa citada en el VISTO se aprobó la Estructura Organizativa, actualmente vigente, de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA.
Que mediante el Decreto Nº 357/02 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada, hasta el nivel de Subsecretaría.
Que el referido Decreto, en su Artículo 19, establece la obligación para cada jurisdicción y organismos descentralizados que le dependan, de presentar una propuesta de estructura organizativa de primer nivel operativo.
Que la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, Organismo Descentralizado en Jurisdicción de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION ha dado cumplimiento a las pautas establecidas por el Artículo 19 del Decreto Nº 357/02, proponiendo la Estructura Organizativa y la distribución de la planta de personal hasta los niveles requeridos.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1) de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, Organismo Descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo al Organigrama, Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación —Planta del Personal Permanente — que como Anexos I, II y III forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º — La COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA elaborará y aprobará la estructura organizativa de las aperturas inferiores en concordancia con lo establecido por el Decreto Nº 1545/94 y sus disposiciones complementarias, establecidas por Resolución Nº 422/94 (S.F.P.), quedando vigentes, hasta tanto se aprueben las mencionadas aperturas, las unidades existentes.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Jorge R. Matzkin.
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ANEXO II - RESPONSABILIDAD PRIMARIA Y ACCIONES
COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA
UNIDAD AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Efectuar los exámenes y evaluaciones de las actividades de la CNEA, a posteriori de su ejecución, en función de lo dispuesto por la Ley Nº 24.156 y sus reglamentaciones, utilizando el enfoque de control integral e integrado, de manera de asegurar la eficacia, eficiencia y economía de las operaciones.
ACCIONES:
Elaborar el Plan Anual de Auditoría de acuerdo con las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría Interna producidas por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y remitirlo a la misma para su discusión y aprobación final.
Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer en acuerdo con la Presidencia de la lnstitución, el sistema de control interno y posteriormente efectuar su seguimiento.
Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la Autoridad Superior, revisando y evaluando la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.
Verificar si las erogaciones son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de contabilidad aplicables y a los niveles presupuestarios correspondientes, determinando la confiabilidad de los datos que se realizan en la elaboración de la información, así como la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo tomadas para protegerlos.
Producir informes sobre todas las actividades desarrolladas y, en su caso, formular las recomendaciones y observaciones que corresponda, efectuando su posterior seguimiento y remitiendo copia de todo lo actuado a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
GERENCIA
CENTRO ATOMICO BARILOCHE
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Dirigir las actividades, la compatibilización y la administración de proyectos de investigación básica y desarrollo tecnológico, la operación de instalaciones relevantes y de apoyo, la asistencia técnica, la administración de recursos y establecer los sistemas de apoyo y control del Centro Atómico Bariloche incluido el Complejo Tecnológico Pilcaniyeu y proveer la asistencia necesaria para el cumplimiento de la actividad académica del Instituto Balseiro así como promover y participar en un polo tecnológico en S. C. de Bariloche.
ACCIONES:
Desarrollar y mantener una estructura científico tecnológica capacitada para llevar a cabo los Programas de la Comisión Nacional de Energía Atómica.
Administrar el Centro Atómico Bariloche.
Asignar prioridades y recursos para los proyectos y líneas de trabajo de investigación básica, desarrollo tecnológico y asistencia técnica.
Asegurar que sus investigadores provean el apoyo docente necesario para la actividad académica del Instituto Balseiro.
Promover y desarrollar un polo científico tecnológico en S. C. de Bariloche particularmente las acciones que se desarrollen en el predio del Centro Atómico en acuerdo con el Gobierno de la Provincia de Río Negro y otros entes provinciales y nacionales.
Administrar, mantener las instalaciones, desarrollar actividades de desarrollo tecnológico y operar plantas piloto en el Complejo Tecnológico Pilcaniyeu.
Realizar acuerdos con la Gerencia Tecnología y Medio Ambiente para la realización de los Proyectos que resulten del Plan de Actividades de la CNEA
Entender en todo lo concerniente a protección física, higiene y seguridad del trabajo, seguridad radiológica y nuclear de las instalaciones, bienes y personas del Centro, y del público en general, dentro, de las pautas establecidas por la Comisión.
Promover la implementación de la gestión de calidad en el Ambito del Centro Atómico
Coordinar con los gerentes de los otros Centros Atómicos y el Instituto Balseiro las acciones tendientes a optimizar los recursos humanos, de infraestructura y operativos de la Institución.
Establecer convenios de asistencia técnica, de generación y transferencia de tecnología con entes nacionales públicos y privados dentro del marco que establezca la Presidencia de la CNEA.
Realizar contratos de asistencia y desarrollo tecnológico con empresas del estado y privadas dentro del marco de la Ley de Innovación Tecnológica y las normas que establezca la CNEA para su aplicación, en coordinación con las gerencias con competencia en el tema.
GERENCIA
CENTRO ATOMICO CONSTITUYENTES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Dirigir las actividades, la compatibilización y la administración de proyectos de investigación básica y desarrollo tecnológico, la operación de instalaciones relevantes y de apoyo, la asistencia técnica, la administración de recursos y establecer los sistemas de apoyo y control del Centro Atómico Constituyentes y proveer la asistencia necesaria para el cumplimiento de la actividad académica del Instituto de Tecnología Jorge Sabato.
ACCIONES:
Desarrollar y mantener una estructura científico tecnológica capacitada para llevar a cabo los Programas de la Comisión Nacional de Energía Atómica.
Administrar el Centro Atómico Constituyentes.
Asignar prioridades y recursos para los proyectos y líneas de trabajo de investigación básica, desarrollo tecnológico y asistencia técnica.
Asegurar que sus investigadores provean el apoyo docente necesario para la actividad académica del Instituto de Tecnología Jorge Sabato.
Promover la participación del Centro Atómico en las actividades del Polo Tecnológico Constituyentes.
Realizar acuerdos con la Gerencia Tecnología y Medio Ambiente para la realización de los Proyectos que resulten del Plan de Actividades de la CNEA
Entender en todo lo concerniente a protección física, higiene y seguridad del trabajo, seguridad radiológica y nuclear de las instalaciones, bienes y personas del Centro y del público en general, dentro de las pautas establecidas por la Comisión.
Promover la implementación de la gestión de calidad en el Ambito del Centro Atómico.
Coordinar con los gerentes de los otros Centros Atómicos las acciones tendientes a optimizar los recursos humanos, de infraestructura y operativos de la Institución.
Establecer convenios de asistencia técnica, de generación y transferencia de tecnología con entes nacionales públicos y privados dentro del marco que establezca la Presidencia de la CNEA
Realizar contratos de asistencia y desarrollo tecnológico con empresas del estado y privadas dentro del marco de la Ley de Innovación Tecnológica y las normas que establezca la CNEA para su aplicación, en coordinación con las gerencias con competencia en el tema.
GERENCIA
CENTRO ATOMICO EZEIZA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Dirigir las actividades, la compatibilización y la administración de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, la operación de instalaciones relevantes y de apoyo en la producción de radioisótopos y servicios de radiación, la gestión de residuos radiactivos, la administración de los recursos humanos, físicos presupuestarios, estableciendo los mecanismos de apoyo y control de gestión correspondientes. Brindar la asistencia necesaria para el cumplimiento de las actividades del Instituto de Estudios Nucleares que desarrolla tareas académicas dentro del ámbito de la Gerencia del Centro Atómico. Brindar asistencia tecnológica a usuarios externos, en el marco de la Ley de Fomento a la Innovación Tecnológica y de las normas internas de CNEA.
ACCIONES:
Administrar el Centro Atómico Ezeiza.
Organizar, administrar y mantener la calidad operativa en las instalaciones relevantes que operan en el Centro Atómico.
Programar y coordinar la producción de radioisótopos primarios, radiofármacos, fuentes selladas de Cobalto-60 y servicios asociados.
Entender y responsabilizarse en la gestión de residuos radiactivos de baja actividad generados en el ámbito de la Institución y en otros entes nacionales públicos y privados.
Impartir formación técnica y universitaria y procurar la capacitación continua del personal de su dependencia. Así como coordinar con los Gerentes de otros Centros Atómicos y el Instituto de Estudios Nucleares las acciones tendientes a optimizar los recursos humanos, de infraestructura y operativos de la Institución.
Coordinar y optimizar en colaboración con los Gerentes de los otros Centros Atómicos y con el Gerente de Tecnología y Medio Ambiente las actividades de investigación y desarrollo, asistencia técnica y el apoyo a los proyectos de desarrollo tecnológico.
Entender en todo lo concerniente a protección física, higiene y seguridad del trabajo, seguridad radiológica y nuclear de las instalaciones, bienes y personas del Centro Atómico y del público en general dentro de las pautas establecidas por la Comisión.
Promover la implementación de la gestión de calidad en el Ambito del Centro Atómico.
Brindar asistencias tecnológicas y suscribir y ejecutar contratos de asistencia, transferencia de tecnología y desarrollo tecnológico con empresas públicas y privadas, dentro del marco de la Ley de Fomento a la Innovación Tecnológica y de las normas internas de CNEA.
Establecer programas y convenios de asistencia técnica, de generación y transferencia de tecnología con entes nacionales públicos y privados dentro del marco que establezca la Presidencia de CNEA.
Difundir la oferta tecnológica del Centro Atómico Ezeiza.
Mantener vinculación contractual y de control de gestión con las empresas que cohabitan en el Centro Atómico Ezeiza.
Interactuar con el Polo Tecnológico del Centro Atómico Constituyentes.
GERENCIA
TECNOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la planificación y control de gestión de las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico que se ejecutan en los sectores operativos de la CNEA, asignando prioridades, coordinando la asignación de recursos y promoviendo la gestión de calidad en dicho ámbito.
Coordinar todas las acciones encaradas por CNEA en lo concerniente a Política Ambiental, proveyendo al cuidado responsable del ser humano y su entorno natural, y a la prevención y remediación de la contaminación ambiental, asegurando la protección de los trabajadores y la población en general.
Entender en la provisión de suministros nucleares para el sector nuclear nacional.
ACCIONES:
Planificar el desarrollo tecnológico y la investigación científica asociada, asignando prioridades y elaborando los programas y proyectos de investigación y desarrollo tecnológico.
Dirigir los Programas Temáticos en las áreas principales de incumbencia (Reactores y Centrales Nucleares, Ciclo de Combustible Nuclear, Residuos Radiactivos, Desmantelamiento de Instalaciones Nucleares, Radioisótopos y Radiaciones, Ciencias Base e Ingeniería, y Tecnología Derivadas de la Tecnología Nuclear)
Entender en la gestión presupuestaria de programas y proyectos, coordinando la asignación de recursos.
Entender en el control de gestión de los programas y proyectos.
Coordinar con las Gerencias de los Centros Atómicos la ejecución de los proyectos.
Atender a la formación de los recursos humanos orientados a los Programas Temáticos, coordinando el programa de becas de origen interno y externo participando en la planificación, elaboración y evaluación de programas de formación.
Coordinar y ejecutar las acciones encaradas por CNEA en todo lo concerniente a Política Medioambiental.
Dirigir el suministro de insumos nucleares, especialmente en términos de los recursos naturales de la Nación, asegurando el abastecimiento industrial de uranio requerido por el sector nuclear nacional.
Entender en la elaboración y aplicación de políticas y normas de gestión de calidad en la CNEA, promoviendo, alcanzando y manteniendo estándares de calidad en las actividades nucleares, de investigación, desarrollo, producción y servicios que son responsabilidad de CNEA.
Intervenir en la definición de prioridades respecto a la ejecución de convenios nacionales e internacionales.
Dirigir las funciones de la Oficina encargada de elaborar proyectos de inversión pública definida en el Artículo 6º de la Ley 24.354.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.