MINISTERIO DE DEFENSA

Rango Decreto
Publicación 2012-08-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 1451/2012

**Prorrógase designación de la Directora

Nacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario

de la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares.**

Bs. As., 15/8/2012

VISTO los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 2098 del 3 de

diciembre de 2008, Nº 1128 del 1 de agosto de 2011, lo propuesto por el

señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 1128/11 se designó con carácter transitorio por

el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir del 1 de

julio de 2011 a la señora Miriam Stella Maris SEGADO en un cargo Nivel

A - Grado 0, Función Ejecutiva I, como Directora Nacional de los

Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario dependiente de

la SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE

DEFENSA.

Que dicha designación preveía que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme con los sistemas de selección vigentes.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha

instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo

inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del

cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de

las acciones que tiene asignadas la DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS

HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO resulta necesario

disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente

señalado.

Que la prórroga aludida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y

el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Prorrógase a

partir del 15 de marzo de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)

días hábiles, el plazo fijado en el artículo 2° del Decreto Nº 1128 del

1 de agosto de 2011, como Directora Nacional de los Derechos Humanos y

el Derecho Internacional Humanitario dependiente de la SECRETARIA DE

ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA a la señora

Miriam Stella Maris SEGADO (D.N.I. Nº 14.751.359) Nivel A - Grado 0,

Función Ejecutiva Nivel I, con autorización excepcional por no reunir

los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, autorizándose

el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel I previsto en

dicho Sistema.

Art. 2° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección

vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente en el

artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del CONVENIO

COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098/08, en el término

de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 15 de marzo

de 2012.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las

partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO

DE DEFENSA.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Arturo A.

Puricelli.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.