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RADIODIFUSION

Texto vigente a fecha 1970-01-02

RADIODIFUSION

Decreto 1465/96

**Apruébanse los actos del concurso público sustanciado

por el COMFER para la adjudicación de la licencia para

la instalación, funcionamiento y explotación de

una estación de radieditusi6n sonora por modulación

de amplitud y una estación de radiodifusión sonora

por modulación de frecuencia, ambas en la ciudad de Buenos

Aires.**

Bs.As., 13/12/96

VISTO el Expediente N° 1030-COMFER/94, del Registro del COMITE

FEDERAL DE RADIODIFUSION, y el decreto N° 873/94.

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 22.285 determina que las licencias para la

prestación del servicio de radiodifusión sonora

por modulación de amplitud serán adjudicadas por

el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante concurso público.

Que a tales fines se dicto el decreto citado en el Visto, a través

del cual se autorizó al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

a llamar a concurso publico para la adjudicación de la

licencia para la instalación. funcionamiento y explotación

de una estación de radiodifusión sonora por modulación

de amplitud en la ciudad de Buenos Aires, la que debería

emitir en la frecuencia de 1110 Khz.

Que, en virtud de ello, el mencionado acto administrativo dejo

sin efecto, al solo fin de la substanciación del referido

procedimiento concursal, las disposiciones del Decreto N°

1151/84 que suspendiera el Plan Nacional de Radiodifusión

aprobado mediante el Decreto N° 462/81.

Que. a través del Decreto N° 873/94, también

se autorizo al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION a elaborar el Pliego

de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regiría

los actos concursales correspondientes, facultando a quien resultase

adjudicatario a instalar una estación de radiodifusión

sonora por modulación de frecuencia, en idéntica

localización y operable en la frecuencia de 97.5 Mhz.

Que, en cumplimiento de las facultades conferidas, el COMITE FEDERAL

DE RADIODIFUSION, por Resolución N° 1416 del 27 de

diciembre de 1995, dispuso llamar a concurso público para

la adjudicación de una estación de radiodifusión

sonora por modulación de amplitud y, optativamente, una

estación de radiodifusión sonora por modulación

de frecuencia, las que operarían, respectivamente, en las

frecuencias de 1110 Khz. y 97.5 Mhz., ambas en la ciudad de Buenos

Aires.

Que el 1° de marzo de 1996 se realizo el acto de apertura

con la presencia del: profesional delegado de la ESCRIBANIA GENERAL

DE GOBIERNO, quedando registradas las propuestas presentadas por

RADIO FUTURO SOCIEDAD ANONIMA (en formación): RADIO AL

SUR SOCIEDAD ANONIMA (en formación); RADIODIFUSORA LR2

SOCIEDAD ANONIMA (en formación); RADIO SIGLO XXI SOCIEDAD

ANONIMA (en formación) y RADIO CADENA ARGENTINA SOCIEDAD

ANONIMA (en formación), como oferentes al concurso referido.

Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, a través de la

opinión conjunta emitida por las DIRECCIONES GENERALES

CONCURSOS PUBLICOS Y JURIDICOS Y NORMATIVA con ajuste al principio

de celeridad. economía, sencillez y eficacia en los procedimientos

administrativos previstos por el artículo 1°, inciso

b)

de la Ley N° 19.549 y en cumplimiento, en el caso de la

última de las áreas mencionadas, de lo prescripto

por el artículo 7°, inciso d) del citado plexo normativo,

practico un exhaustivo examen de las ofertas en los aspectos exigidos

por el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares

antes referido.

Que la autoridad superior del organismo interviniente evaluó

el resultado de los análisis y estudios efectuados, resolviendo

las impugnaciones deducidas y arribando a la conclusión

que ninguna de las propuestas reunía las condiciones exigidas

para acceder a la titularidad de la licencia en cuestión,

entendiendo procedente, por ello, declarar fracasado el concurso

substanciado y propiciar un nuevo llamado con idéntica

finalidad que la expresada en el Decreto N° 873/94 precedentemente

mencionado.

Que el curso de acción propiciado por el COMITE FEDERAL

DE RADIODIFUSION en orden a la previa calificación asignada

al concurso. si bien no prevista por el ordenamiento legal en

vigencia, resulta suficientemente sustentado en los informes emitidos

por las áreas competentes de dicha jurisdicción.

Que como consecuencia en lo expuesto, se a tornado abstracta la

decisión sobre recurso de alzada Interpuesto subsidiariamente

por la oferente RADIO AL SUR S A (e.f.) contra la Resolución

N° 799/COMFER/96 y la Disposición N° 2/COMFER/DGCP/96.

Que el presente se dicta de conformidad con lo establecido par

el articulo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL y en ejercicio

de las facultades otorgadas por el articulo 39. inciso a) de la

Ley N. 22 285

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NAC1ON ARGENTINA

DECRETA

Artículo 1°- Apruébanse los actos del

concurso público sustanciado por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

para la adjudicación de la licencia para la instalación,

funcionamiento y explotación de una estación de

radiodifusión sonora por modulación de amplitud

y una estación de radiodifusión sonora por modulación

de frecuencia, operables en las frecuencias de 1110 Khz. y 97.

5 Mhz., respectivamente, ambas en la ciudad de Buenos Aires. conforme

a lo enunciado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y

Particulares, aprobado por la Resolución N° 1416-COMFER/95,

Art 2°-Desestimase las propuestas ocurrentes al concurso

público mencionado en el artículo precedente. presentadas

por RADIO FUTURO SOCIEDAD ANONIMA (en formación), integrada

por los señores: Sergio Carlos SPADONE (DNI 18.047.035);

Leonardo Francisco SPADONE (DNI 21.474.249); Ariana Graciela SPADONE

de PARERA (DNI 20.350.909); Juan Francisco Lorenzo SPADONE (DNI

7.710.787); Ricardo Alberto Kleinman (LE 4.304.102); Emilio Remo

NOSEDA (DNI.5.795.208); Antonio Francisco SALONIA (LE 6.829.152);

Rodolfo GIMENEZ (DNI 4.579.596); Pastor Oscar MAGDALENA (LE 423.771);

Lorena Beatriz SPADONE de FINDOR (DNI 21.587.568) y Claudia Mabel

LITWIN (DNI 18.307.251); RADIO AL SUR SOCIEDAD ANONIMA (en formación)

integrada por los señores: Enrique Raúl ALBISTUR

(LE 7.608.941); María de los Angeles DIAZ (DNI 11.543.781);

Luis Moisés SUEZ (LE 4.138.880); Sofía MASRI de

SUEZ (LC 3.202.911); Julio Francisco Antonio AURELIO (LE 4.392.479)

y Felix Francisco NEBBIA (DNI 5.530.498); RADIODIFUSORA LR2 SOCIEDAD

ANON1MA (en formación), integrada por los señores:

Antonio CARROZZI (LE 5.010.687); Manuel Benito CAO (LE 4.211.938);

Rodolfo Enrique PAGANINI (LE 7.610.361); A1fredo Pedro CHINI (DNI

10.633.939) y Rodolfo Rafael MUNOZ (DNI 5.082.985); RADIO SIGLO

XXI SOCIEDAD ANONIMA (en formación), integrada por los

señores: Carlos Norberto FIORONI (LE 4.404.425) y Remo

Alberto FIORONI (LE 4.298.511) y RADIOCADENA ARGENTINA SOCIEDAD

ANONIMA (en formación). integrada por los señores:

Gustavo DE FILIPPI (DNI 8.313.808); Carlos Alfredo FERLA (DNI

11.188.652); Pedro Mario PEREYRA (LE 7.937.728) y José

Gregorio VARGAS (LE 7.934.452).

Art. 3°- Declarase fracasado d concurso público

convocado por d acto administrativo mencionado en el artículo

1° y autorizase nuevamente al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

a llamar a concurso público para la adjudicación

de la licencia para la instalación. funcionamiento y explotación

de una estación de radiodifusión sonora por modulación

de amplitud y una estación de radiodifusión sonora

por modulación de frecuencia operables en las las frecuencias

de 1110 Khz. y 97.5 Mhz., respectivamente. ambas en la ciudad

de Buenos Aires.

Art. 4°-Autorizase igualmente al mencionado organismo

a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares

que regirán los actos inherentes al nuevo concurso público

autorizado por el artículo anterior.

Art. 5°-Declarase abstracta la cuestión suscitada

como consecuencia de recurso de alzada interpuesto subsidiariamente

por la oferente RADIO AL SUR S.A. (e.f.) contra la Resolución

N° 799/COMFER/96 y la Disposición N° 2/COMFER/DGCP/96.

Art. 6° - Comuníquese, Publíquese, Dese

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese.