DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-11-26
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 1475/1976

Bs. As., 23/7/1976

VISTO el Expte ID4 0004/8, lo informado por el señor COMANDANTE GENERAL

DEL EJERCITO, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que gran parte del personal militar que revista en la GUARNICION

MILITAR PARANA debido al déficit de viviendas a cargo del Ejército se

encuentra en una crítica situación económica y social al tener que

recurrir al medio privado para obtener inmuebles en alquiler, con un

mínimo de comodidades y a un precio razonable;

Que por ese motivo se encaró la adquisición de viviendas en la ciudad

de PARANA obteniéndose tres propuestas de las cuales se consideró la

más aceptable, por razones de seguridad, ubicación, tipo de

construcción, comodidades y precio, la ofrecida por la firma CERINI Y

PACHER SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL,

FINANCIERA, CONSTRUCTORA, INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA, que consiste en

un edificio compuesto de 6 departamentos y 6 cocheras, por el cual

cotizan un precio de UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL PESOS ($

1.423.000.-), pagadero el 60% al firmarse el boleto de compra-venta y

el 40% restante en dos cuotas iguales y consecutivas, con vencimiento a

los 6 y 12 meses a partir del 10 de octubre de 1974, fecha en que se

tomó posesión de los inmuebles, con más un interés del 22% anual sobre

los saldos deudores abonado en forma anticipada;

Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION valorizó en conjunto los

inmuebles en la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($

1.380.000.-);

Que si bien el precio cotizado por la vendedora representa un 3,12 % en

más de la tasación oficial, ello se halla contemplado en el Artículo

15, inciso f), apartado 3° de la Reglamentación de la Ley 12.737,

aprobada por Decreto N° 7261 de fecha 20 de noviembre de 1968;

Que el CONSEJO DE LA VIVIENDA - LEY 14.135 del COMANDO DE INGENIEROS

del COMANDO GENERAL DEL EJERCITO por Resoluciones N° 29 de fecha 2 de

octubre de 1974 y N° 38 del 9 de diciembre de 1974, aprobó

“ad-referendum” de este PODER EJECUTIVO la adquisición de referencia,

autorizando a firmar el correspondiente boleto de compra-venta,

prestando conformidad de las citadas resoluciones el TRIBUNAL DE

CUENTAS DE LA NACION, Delegación Fiscalía Comando de Ingenieros, según

Informe Nº 2691/74 e Intervención N° 3417/74;

Por ello;

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Ratifícase lo

actuado por el CONSEJO DE LA VIVIENDA - LEY 14.135 del COMANDO DE

INGENIEROS del COMANDO GENERAL DEL EJERCITO en las Resoluciones N° 29

de fecha 2 de octubre de 1974 y N° 38 del 9 de diciembre de 1974 y

apruébase el boleto de compra-venta celebrado entre el señor COMANDANTE

DE INGENIEROS, General de Brigada don JOAQUIN ARTURO LUIS ACUÑA y don

CARLOS ALBERTO CERINI, por el cual la firma CERINI Y PACHER, SOCIEDAD

ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA, CONSTRUCTORA, INMOBILIARIA

Y AGROPECUARIA, vende al ESTADO NACIONAL ARGENTINO un inmueble situado

en la calle VICTORIA N° 60 de la Ciudad de PARANA, Provincia de ENTRE

RIOS, compuesto de 6 departamentos y 6 cocheras, por el precio total de

UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL PESOS ($ 1.423.000.-).

Art. 2° — Apruébase el Plan

Financiero de UN MILLON QUINIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO

PESOS ($ 1.516.918.-) previsto para esta adquisición incluído intereses

y ratifícanse las afectaciones dispuestas por el COMANDO DE INGENIEROS

con cargo a la LEY 14.135, según el siguiente detalle: NOVECIENTOS

CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO PESOS ($ 947.718.-) al Plan

de Trabajos Públicos-Ejercicio 1974-6.90- 46-010-1.374-519-5-52-5210 y

QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 569.200.-) con cargo

a los créditos previstos para el Ejercicio 1975.

Art. 3° — Desígnase al señor

COMANDANTE DE INGENIEROS, para que en nombre y representación del

ESTADO NACIONAL ARGENTINO, firme la respectiva escritura traslativa de

dominio que será otorgada por ante el señor ESCRIBANO GENERAL DEL

GOBIERNO DE LA NACION.

Art. 4° — Comuníquese, dése a

la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, tomen nota el TRIBUNAL DE

CUENTAS DE LA NACION y la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION y archívese.

— VIDELA.

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