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INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE

Texto vigente a fecha 1970-01-02

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE

Decreto 148/2001

Dispónese que el mencionado Instituto se denominará

Instituto Nacional del Agua. Transfiérese la Dirección de Control de la

Contaminación de dicho organismo descentralizado a la Secretaría de

Desarrollo Sustentable y Política Ambiental, del Ministerio de

Desarrollo Social y Medio Ambiente, así como las competencias, cargos,

dotación de personal, créditos presupuestarios y bienes patrimoniales

asignados.

Bs. As., 9/2/2001

VISTO los Decretos N° 1403 del 3 de diciembre de

1996, N° 20 del 13 de diciembre de 1999, N° 200 de fecha 3 de marzo de

2000 y N° 103 del 25 de enero de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que por el primero de los decretos citados en el

Visto se aprobó la estructura organizativa, objetivos y funciones del

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE, organismo descentralizado

de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS, dependiente de la SECRETARIA

DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que el Gobierno Nacional ha emprendido una labor de

transformación y modernización del Sector Público Nacional, a fin de

optimizar la eficiencia y racionalización de sus servicios, tendiendo a

evitar duplicaciones o superposiciones en objetivos, competencias y

responsabilidades de organismos públicos.

Que el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE

desarrolla en la actualidad acciones, proyectos y programas vinculados

a la preservación y recuperación del medio ambiente y la conservación

de los recursos naturales renovables.

Que en esa inteligencia, resulta conveniente

centralizar las competencias relativas a la materia ambiental en el

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, a través de la

SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL;

transfiriéndole a la órbita de dicha Secretaría la Dirección de Control

de la Contaminación del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE, de

conformidad a lo dispuesto por la Ley de Ministerios (t.o. Decreto

438/92) y modificatorios y el Decreto N° 20/99 y modificatorios.

Que en virtud de los criterios expresados

precedentemente, corresponde adecuar la denominación del aludido

Instituto y sus competencias.

Que la presente medida se dicta en función de las

atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la

CONSTITUCION NACIONAL y, el artículo 14 de la Ley N° 25.237 incorporado

a la Ley N° 11.672 COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (t.o. 1999)

por el artículo 116 de la Ley N° 25.401, y el artículo 26 de la Ley N°

25.401.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°— Dispónese que el actual

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y DEL AMBIENTE se denominará INSTITUTO

NACIONAL DEL AGUA, a partir de la publicación del presente decreto.

(Nota Infoleg: por art. 1° delDecreto N° 396/2025B.O. 18/6/2025 se disponela *transformación del INSTITUTO NACIONAL DEL

AGUA (INA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en una unidad

organizativa a incorporarse a la estructura organizativa de la

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

Art. 2°— Transfiérese la Dirección de

Control de la Contaminación del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA organismo

descentralizado de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS, dependiente

de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y

VIVIENDA a la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL

del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, así como las

competencias, cargos, dotación de personal, créditos presupuestarios,

bienes patrimoniales asignados a la misma. El personal de la referida

Dirección mantendrá sus actuales niveles, grados de revista, niveles de

funciones ejecutivas, adicionales y suplementos, de acuerdo al Anexo I

que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 3°— El INSTITUTO NACIONAL DEL

AGUA continuará funcionando como organismo descentralizado de la

SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS, dependiente de la SECRETARIA DE

OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA,

conservando la dotación de personal, con sus respectivos niveles,

grados de revista, niveles de funciones ejecutivas, adicionales y

suplementos, créditos presupuestarios, bienes patrimoniales y la

conformación del Organo directivo del ex INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA Y

DEL AMBIENTE, con excepción de las transferencias efectuadas en el

artículo precedente.

Art. 4°(Artículo derogado por art. 3° delDecreto N° 285/2003B.O. 17/2/2003).

Art. 5°— Dispónese la afectación del

uso de los espacios físicos actualmente utilizados por la Dirección de

Control de la Contaminación a favor de la SECRETARIA DE DESARROLLO

SUSTENTABLE y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y

MEDIO AMBIENTE.

Art. 6°— Créase una COMISION

COORDINADORA, integrada por dos representantes de la SECRETARIA DE

DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, dos representantes de la

SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE

OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y dos

representantes del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, cuya función será

elaborar las pautas para coordinar, en forma conjunta, las actividades

actualmente en desarrollo, detalladas en el Anexo III que forma parte

integrante del presente decreto.

Sus miembros serán designados a propuesta de las respectivas unidades y no percibirán remuneración alguna por su función.

Art. 7°— Facúltase a la Comisión

Coordinadora creada en el artículo precedente, a recomendar las

acciones necesarias para la regularización de la situación patrimonial

establecida en el artículo 2°, en un plazo no mayor a treinta (30) días

a partir de la publicación del presente decreto.

Art. 8°— Transfiérese a la SECRETARIA

DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL del MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, las actividades desarrolladas en

materia de residuos tóxicos por el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, en el

marco de la Ley 24.051.

Art. 9°— Aféctase como fuente propia

de financiamiento a la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA

AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, los

recursos que se perciban por cobro de tasas y/o servicios a terceros y

los derivados de cualquiera de las actividades que realiza la Dirección

de Control de la Contaminación.

Art. 10.— El INSTITUTO NACIONAL DEL

AGUA, a través de su Laboratorio, prestará servicios de Química

Analítica a la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA

AMBIENTAL, para la realización de los análisis que surjan de las

actividades que realiza la Dirección de Control de la Contaminación,

ajustándose a las capacidades y a las normas de financiamiento de los

costos internos del Instituto.

Art. 11.— El INSTITUTO NACIONAL DEL

AGUA prestará servicios de apoyo técnico administrativo referidos a la

administración de los recursos indicados en el Artículo 9°, a la

SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL, con el

objeto de garantizar el normal funcionamiento de la Dirección de

Control de la Contaminación, hasta tanto dicha Secretaría implemente

sus propios mecanismos de administración de los citados fondos.

Art. 12.— El JEFE DE GABINETE DE

MINISTROS llevará a cabo las transferencias y ajustes de las partidas

presupuestarias que soliciten las respectivas Jurisdicciones a efectos

de cumplimentar lo dispuesto por el presente decreto. Hasta tanto se

efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, las

erogaciones serán atendidas con cargo a las respectivas partidas

presupuestarias de los organismos de origen.

Art. 13.— Comuníquese, publíquese,

dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA

RUA. — Chrystian G. Colombo. — José L. Machinea.

ANEXO I

PERSONAL PERTENECIENTE A LA DIRECCION DE CONTROL DE LA CONTAMINACION DEL INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA

TRANSFERIDO A LA SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE

Y POLITICA AMBIENTAL

APELLIDO Y NOMBRE

NIVEL Y GRADO

TIPO Y N° DOC

ARSELLI, Carlos María (*)

A-2

LE

4.440.485

BARASOAIN, Eduardo Jorge

B-3

DNI

10.203.204

MIJANGOS, Javier

C-4

DNI

14.263.293

MAZZILLI, Gustavo Alberto

C-4

DNI

20.233.671

ESTEVEZ OLIVEIRA, Mabel

C-5

DNI

16.189.474

OFICIALDEGUY, Omar E.

C-5

DNI

14.860.288

VIDAL, Norberto Pablo

C-6

DNI

11.644.685

PALEKA, Pablo Antonio

C-7

DNI

10.814.006

LOWENTHAL, Adriana Isabel

C-7

LC

5.316.355

PALOTTA, Ricardo César

C-8

LE

4.982.434

IGLESIAS, Susana Beatriz B.

E-3

DNI

4.461.795

GALLARDO, Alberto

E-2

DNI

4.856.953

HERRERA, María Raquel

C-0

DNI

17.321.570

BAIGORRI, Carlos Humberto

C-8

DNI

10.118.463

DIAGO, Gisela Beatriz

E-6

DNI

11.760.603

MARTINEZ, Noemí Alicia

F-4

LC

1.227.973

(*) Función Ejecutiva Director

ANEXO II

(Anexo II derogado por art. 3° delDecreto N° 285/2003B.O. 17/2/2003).

ANEXO III

Comisión Coordinadora

Coordinará las siguientes actividades:

Del Sistema de Información Ambiental (CARIS, REPIDISCA, REMAR).

De los estudios de impacto ambiental.

Las que propicien acuerdos de colaboración,

cooperación e investigación conjunta entre el Instituto Nacional del

Agua y la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental.

Las que surjan de acuerdo a lo establecido en Art. 10.

Las que surjan de las modificaciones presupuestarias y patrimoniales que reflejen las transferencias citadas.

Los análisis referidos a la participación en los gastos de servicios generales de funcionamiento del Complejo Ezeiza.

La transferencia de gestiones administrativas y

judiciales en trámite y los compromisos de convenios que se derivan de

la actual competencia de la Dirección de Control de la Contaminación.

APELLIDO Y NOMBRE NIVEL Y GRADO TIPO Y N° DOC
ARSELLI, Carlos María (*) A-2 LE 4.440.485
BARASOAIN, Eduardo Jorge B-3 DNI 10.203.204
MIJANGOS, Javier C-4 DNI 14.263.293
MAZZILLI, Gustavo Alberto C-4 DNI 20.233.671
ESTEVEZ OLIVEIRA, Mabel C-5 DNI 16.189.474
OFICIALDEGUY, Omar E. C-5 DNI 14.860.288
VIDAL, Norberto Pablo C-6 DNI 11.644.685
PALEKA, Pablo Antonio C-7 DNI 10.814.006
LOWENTHAL, Adriana Isabel C-7 LC 5.316.355
PALOTTA, Ricardo César C-8 LE 4.982.434
IGLESIAS, Susana Beatriz B. E-3 DNI 4.461.795
GALLARDO, Alberto E-2 DNI 4.856.953
HERRERA, María Raquel C-0 DNI 17.321.570
BAIGORRI, Carlos Humberto C-8 DNI 10.118.463
DIAGO, Gisela Beatriz E-6 DNI 11.760.603
MARTINEZ, Noemí Alicia F-4 LC 1.227.973