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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 1484/2015

Dispónese reapertura de Consulado General.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente N° 6543/2013 del MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES Y CULTO, y el Decreto N° 20.216 de fecha 9 de octubre de

1951, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 20.216/51 se dispuso la clausura como oficina

consular permanente del Consulado de la República en la Ciudad de

Monterrey, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Que se estima oportuno disponer el reordenamiento de las

circunscripciones de determinadas oficinas consulares, de acuerdo a los

lineamientos de la política exterior y con la finalidad de permitir

asimismo una mayor difusión de la imagen de la República, como así

también proporcionar nuevas corrientes de intercambio comercial y

cultural.

Que en consecuencia, resulta conveniente proceder a la apertura de un

Consulado General en la Ciudad de Monterrey, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,

con circunscripción en los Estados de BAJA CALIFORNIA, SONORA,

CHIHUAHUA, COAHUILA DE ZARAGOZA, NUEVO LEÓN y TAMAULIPAS.

Que resulta necesaria la readecuación de la circunscripción del

Consulado General de la República en la Ciudad de México, ESTADOS

UNIDOS MEXICANOS, desagregando los Estados parte de la circunscripción

de la Representación Consular cuya apertura se propicia.

Que se cuenta con el consentimiento del Estado receptor, previsto en el

Artículo 4° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares del

24 de abril de 1963, aprobada por la Ley N° 17.081.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, ha tomado intervención en el ámbito de

su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES

EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han prestado

su conformidad al dictado del presente acto.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dispónese la

reapertura del Consulado General de la República en la Ciudad de

Monterrey, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, que tendrá circunscripción

consular sobre los Estados de BAJA CALIFORNIA, SONORA, CHIHUAHUA,

COAHUILA DE ZARAGOZA, NUEVO LEÓN y TAMAULIPAS.

Art. 2° — Modifícase la

circunscripción consular del Consulado General de la República en la

Ciudad de México, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, la que comprenderá los

Estados de AGUASCALIENTES, BAJA CALIFORNIA SUR, CAMPECHE, CHIAPAS,

COLIMA, DISTRITO FEDERAL, DURANGO, ESTADO DE MEXICO, GUANAJUATO,

GUERRERO, HIDALGO, JALISCO, MICHOACÁN, MORELOS, NAYARIT, OAXACA,

PUEBLA, QUERÉTARO, QUINTANA ROO, SAN LUIS POTOSÍ, SINALOA, TABASCO,

TLAXCALA, VERACRUZ, YUCATÁN, ZACATECAS y todo el territorio de BELICE.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las

partidas específicas del presupuesto correspondiente a la Jurisdicción

35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 4° — Extiéndanse las Cartas Patentes respectivas.

Art. 5° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.