MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rango Decreto
Publicación 2011-09-27
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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**MINISTERIO

DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS**

Decreto 1486/2011

**Apruébase la estructura organizativa

de primer nivel operativo.**

Bs. As., 23/9/2011

Ver Antecedentes Normativos.

VISTO el Expediente Nº S04:0000907/11 del registro del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº

438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, en particular el

Decreto Nº 1993 del 14 de diciembre de 2010, el Decreto Nº 357 del 21

de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, en especial

el Decreto Nº 8 de fecha 6 de enero de 2011, el Decreto Nº 1755 del 23

de octubre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1993/10 se modificó la citada Ley de Ministerios,

estableciéndose, entre otras, las nuevas competencias del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por el Decreto Nº 8/11 se modificó el Decreto Nº 357/02 y sus

modificatorios y complementarios, a fin de reordenar las

responsabilidades de las distintas áreas del MINISTERIO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS.

Que por el Decreto Nº 1755/08 y modificatorios, se aprobó la estructura

organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO

DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que resulta necesario establecer la nueva conformación organizativa del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente estructura organizativa ha sido elaborada de acuerdo a

los lineamientos establecidos por el Decreto Nº 1545/94, modificatorios

y complementarios.

Que ha tomado intervención la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por

el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos

6º y 10 de la Ley Nº 26.546, vigente conforme el artículo 27 de la Ley

Nº 24.156, en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de

2010.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel

operativo, del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de acuerdo a

los Organigramas y Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos

la, lb, lc, Id, le, If, Ig, Ih, Ii y Ij y II, respectivamente, forman

parte integrante del presente acto.

Art. 2º — Establécese que las unidades de segundo nivel operativo

aprobadas por el Decreto Nº 1755/08, modificatorios y complementarios,

mantendrán su vigencia con las Funciones Ejecutivas, adicionales y

suplementos vigentes. Asimismo, hasta tanto se aprueben las unidades de

nivel departamental y sus unidades dependientes, conservan su vigencia

las existentes con la asignación de los adicionales y suplementos

asignados.

Art. 3º — Establécese que mantendrá su vigencia la estructura

organizativa de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO

FEDERAL aprobada por la Decisión Administrativa Nº 516 del 19 de

diciembre de 1996.

Art. 4º — Establécese que mantendrá su vigencia la estructura

organizativa del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA de la SECRETARIA DE

DERECHOS HUMANOS, aprobada por el Decreto Nº 1982 del 13 de diciembre

de 2010.

Art. 5º — Modifícase la denominación del “PROGRAMA DE PROTECCION A LAS

VICTIMAS DE LA VIOLENCIA” dependiente del entonces Ministro de

Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Nº

1755/08 por el de “PROGRAMA LAS VICTIMAS CONTRA LAS VIOLENCIAS”

dependiente del Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Art. 6º — Facúltase al Ministro de Justicia y Derechos Humanos a

aprobar el Anexo de Dotación de la estructura organizativa de la

Jurisdicción, de conformidad con los créditos y cargos establecidos

para la misma, por la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de la

Administración Nacional. Dicha facultad deberá ser ejercida previa

intervención de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Art. 7º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida

será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 -

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del

Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D.

Fernández. — Julio C. Alak.

ANEXO Ia

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ANEXO Ib

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ANEXO Ic

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ANEXO Id

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ANEXO Ie

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ANEXO If

(Anexo sustituido*por

art. 3° del*[Decreto

N° 2732/2014](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=240962)B.O. 19/1/2015)

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(Nota Infoleg: porDecreto N° 816/2015B.O. 14/5/2015 se modificala Estructura Organizativa del presente Ministerioen su correspondiente Apartado, *incorporando la SUBSECRETARIA

DE ASUNTOS ELECTORALES)*

(Nota Infoleg: por art. 6° delDecreto N° 816/2015*B.O. 14/5/2015 se transfiere la

DIRECCION NACIONAL ELECTORAL, del ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y

TRANSPORTE, a la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,

con las unidades organizativas que le dependen, sus respectivos cargos,

niveles y categorías, dotación de personal, patrimonio, bienes y

créditos presupuestarios vigentes a la fecha de la presente medida,

conservando su personal sus respectivos niveles, grados y categorías de

revista escalafonarios)*

(Nota Infoleg: por art. 4° del[Decreto

N° 174/2014](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=226606)*B.O. 12/02/2014 se establece que el CONSEJO FEDERAL PENITENCIARIO

creado por el [Decreto

N° 8/2011](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=177672) B.O. 06/01/2011, dependerá en forma directa de la

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS

PENITENCIARIOS de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS)*

ANEXO Ig

*(Anexo sustituido por art. 1°

del [Decreto

N° 1924/2012](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=203343) B.O. 17/10/2012)*

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ANEXO Ih

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ANEXO Ii

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ANEXO Ij

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ANEXO lk

(Anexo incorporado por art. 8° delDecreto N° 1133/2015B.O. 23/6/2015)

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ANEXO II

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la planificación, programación y ejecución de las tareas de

auditoría, incluidas las referidas a auditoría contributiva, que

permitan lograr un sistema integral e integrado de control basado en

los criterios de economía, eficiencia y eficacia, orientadas al

análisis de la gestión presupuestaria, económica, financiera,

patrimonial, normativa y operacional.

ACCIONES

1.

Ejecutar las acciones determinadas por la Ley Nº 24.156, sus normas

reglamentarias y complementarias y las instrucciones de la Sindicatura

General de la Nación.

2.

Producir el Plan General y Planes Anuales de la Unidad y los

informes sobre actividades desarrolladas con las recomendaciones y

observaciones que corresponda.

3.

Proveer información integral e integrada sobre la gestión de las

distintas áreas del organismo, analizando el cumplimiento de las

políticas y metas establecidas por la Autoridad Superior, de acuerdo al

plan anual de tareas.

4.

Establecer los mecanismos que permitan verificar si las erogaciones

son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de contabilidad

aplicables y a los niveles presupuestarios correspondientes.

5.

Asesorar sobre los sistemas y procedimientos que resulten

convenientes aplicar o modificar en la organización, como asimismo

efectuar recomendaciones respecto de los desvíos que se detecten.

6.

Poner en conocimiento de la Autoridad Superior y de la Sindicatura

General de la Nación los actos que hubiesen acarreado o se estimen

puedan acarrear significativos perjuicios sobre el patrimonio del

Ministerio.

7.

Ordenar y coordinar las auditorías que requiera la Autoridad

Superior, emitiendo la información respectiva para su conocimiento y el

de la Sindicatura General de la Nación.

8.

Realizar los estudios especiales que requiera la Autoridad Superior

de acuerdo a sus necesidades para contribuir al logro de los objetivos

y el establecimiento del nivel adecuado de control interno.

9.

Interactuar con la Sindicatura General de la Nación a efectos de

propender a la mejora continua de la operatoria de la Jurisdicción.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DEPARTAMENTO DE CEREMONIAL

ACCIONES

1.

Coordinar el ceremonial del Ministro en su relación protocolar.

2.

Coordinar los actos protocolares a los que asistan el Ministro, los

Secretarios o los Subsecretarios, en los casos en que éstos lo

representen.

3.

Asistir en el protocolo para los actos oficiales.

4.

Participar en la programación y organización de los viajes del

Ministro al interior del país.

5.

Organizar los congresos y reuniones científicas que convoque el

Ministerio.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DEPARTAMENTO COMUNICACIONES Y PRENSA

ACCIONES

1.

Organizar y dirigir las actividades de comunicaciones, difusión y

publicidad, correspondientes a toda la jurisdicción.

2.

Programar la difusión de las informaciones y la publicidad

correspondientes a toda la jurisdicción, en los medios de comunicación

del país.

3.

Analizar, evaluar y sistematizar la información periodística que se

refiera o interese a la jurisdicción, elaborar la síntesis de las

informaciones locales y del exterior y sistematizar la recopilación de

la información gráfica y audiovisual.

4.

Mantener contacto con los medios de comunicación masiva.

5.

Asistir al Ministro en conferencias de prensa y reportajes.

6.

Coordinar las necesidades de prensa y difusión de todas las áreas de

la jurisdicción.

7.

Producir documentos periodísticos sobre temas atinentes a la

jurisdicción.

8.

Realizar, a requerimiento, sondeos de opinión sobre temas de

competencia del Ministerio.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la dirección de la función notarial del Estado Nacional y

en el resguardo de los títulos de propiedad de inmuebles que a él

pertenezcan, a fin de dar fe del registro de actos y disposiciones del

Gobierno de la Nación.

ACCIONES

1.

Efectuar los actos notariales protocolares y extraprotocolares en

los que el Gobierno de la Nación tuviera interés, a través del titular

del Registro Notarial del Estado Nacional quien, en casos necesarios,

podrá delegar funciones en los Escribanos Adscriptos.

2.

Efectuar el registro y archivo de los títulos de propiedad de

inmuebles del Estado Nacional y asesorar sobre los mismos.

3.

Mantener el Libro de Juramentos, donde se labran actas de

asunciones, reasunciones y delegaciones de mando del Presidente y del

Vicepresidente de la Nación, de juramentos de Ministros del PODER

EJECUTIVO NACIONAL y de Jueces de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA

NACION cuando lo presten ante el Presidente de la Nación.

4.

Asesorar en cuestiones técnico-notariales al Presidente de la Nación

y a los Ministros del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5.

Organizar, en el Tesoro de la Escribanía General, la conservación y

custodia de protocolos notariales.

6.

Organizar y mantener el registro, archivo y custodia de

declaraciones juradas patrimoniales de agentes del Sector Público

Nacional, conforme lo dispuesto en las normas pertinentes.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

SECRETARIA GENERAL EJECUTIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar todas las acciones que lleve a cabo la Unidad de Información

Financiera, como consecuencia de las decisiones y directivas adoptadas

por la Presidencia.

ACCIONES

1.

Coordinar y supervisar las actividades de las distintas áreas que

conforman la Unidad, en función de las decisiones adoptadas por la

Presidencia en materia de lavado de activos, financiación del

terrorismo o de cualquier otra índole y supervisar su cumplimiento.

2.

Coordinar administrativamente los actos que emanen de la Presidencia.

3.

Elaborar las actas resultantes de las reuniones que celebre el

Consejo Asesor de la Unidad de Información Financiera, de acuerdo a lo

establecido por el artículo 16º de la Ley Nº 25.246 y sus

modificatorias.

4.

Elaborar el informe anual de gestión con respecto a los objetivos,

acciones y logros de la Unidad de Información Financiera en materia de

lavado de activos y financiación del terrorismo para su tratamiento y

aprobación por la Presidencia de la Unidad de Información Financiera, a

fin de ser presentado ante el Congreso de la Nación, dando así

cumplimiento con lo establecido por el artículo 15 inciso 1º de la Ley

Nº 25.246 y sus modificatorias.

5.

Elevar a la Presidencia los expedientes generados por las distintas

áreas del organismo, relacionados con el lavado de activos, la

financiación del terrorismo y cuestiones conexas, para su tratamiento.

6.

Atender todo lo relacionado con la administración del personal de la

Unidad de Información Financiera.

7.

Efectuar el estudio y preparación del proyecto de presupuesto de

gastos e inversiones de la Unidad de Información Financiera y

supervisar su ejecución.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

PROGRAMA VERDAD Y JUSTICIA

AREA DE SEGUIMIENTO Y ANALISIS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Coordinador en el procesamiento y estudio de la información

recabada en el marco de los objetivos encomendados al Programa y en el

diseño de un estado de situación de su problemática.

ACCIONES

1.

Planificar, elaborar y actualizar permanentemente un cuadro de

situación referido a los incidentes o hechos de amedrentamiento

sufridos por personas vinculadas a las denuncias o causas judiciales en

trámite inherentes al Programa.

2.

Asistir en la coordinación de las actividades relacionadas con la

elaboración de un estado de situación de las causas en trámite.

3.

Asistir en el fortalecimiento de la capacidad estatal de obtener

información confiable y de brindar apoyo concreto para la investigación

de los delitos de lesa humanidad, a fin de agilizar y proteger los

procesos judiciales.

4.

Elaborar un registro único de información que contenga los datos

existentes en archivos nacionales, provinciales, de organismos

nacionales e internacionales de derechos humanos, así como de toda otra

información de relevancia para el desarrollo efectivo del proceso

institucional de verdad y justicia.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.