PODER EJECUTIVO NACIONAL
Decreto N° 15.010- Bs. As., 16 agosto 1965.
Derogase un decreto.
VISTO el Expediente nómero 30.182-A-56, relacionado con la consulta
formulada por el Minsiteiro de Agricultura y Ganadería, sobre la
aplicación del Decreto número 3.991/55, y
CONSIDERANDO:
Que dicha disposición fue dictada con fines puramente políticos y los
feriados naacioanles a que se rgiere la misma han sido reglados por
Decreto-Ley N° 2.446/56;
Por ello y atento lo dictaminado por el señor Procurador del Tesoro de la Nación a fojas 7,
El Presidente Provisional de la Nación Argentina,
Decreta:
Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 3.991/55.
Art. 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial y archívese.
ARAMBURU.- Laureano Landaburu.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.