SERVICIO EXTERIOR
SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION
**Decreto N° 1506/94
Modificación del artículo 83 del Decreto N° 1973/86.**Bs. As., 23/8/94
VISTO el artículo 83 del Decreto N° 1973 de fecha 29 de octubre de
1986, reglamentario de la Ley N° 20.957 del Servicio Exterior de la
Nación, y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma establece el nivel salarial para los aspirantes del INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION.
Que resulta necesario adecuar dicho nivel a las nuevas pautas
salariales que rigen para los funcionarios del Servicio Exterior de la
Nación en orden a lo dispuesto en la Ley N° 23.797 y el Decreto N° 849
del 1° de Junio de 1994.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 86, inciso 2° de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - Sustitúyese el
artículo 83 del Decreto N° 1973/86, reglamentario de la Ley N° 20.957
del Servicio Exterior de la Nación, por el siguiente: "Artículo 83. -
El monto mensual de la beca será equivalente al SESENTA Y CINCO POR
CIENTO (65 %) de la retribución que perciba el funcionario de la
categoría G. La dedicación exclusiva a la que se refiere el artículo 83
de la Ley significa que los aspirantes deben disponer de la totalidad
del tiempo para las tareas o funciones que les asigne el Instituto. Los
aspirantes quedan sujetos a las siguientes obligaciones y
prohibiciones: Artículo 11 inciso f); artículo 21 incisos b), h), i),
j), q) y r); artículo 23 inciso f) y artículo 24, incisos a), c) y f)
de la Ley y esta Reglamentación".
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Guido Di Tella.
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