ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 151/2015
Decreto N° 357/2002. Modificación.
Bs. As., 17/12/2015
VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios, y el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 357 del 21 de febrero de 2002, se aprobó el
Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se
encuentran los referidos a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para
cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo,
asimismo, sus competencias.
Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias.
Que en función de las competencias asignadas a la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS por el decreto mencionado en el párrafo anterior, resulta
necesario reordenar las responsabilidades de dicha área.
Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización
de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la
calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la
producción de resultados que sean colectivamente compartidos y
socialmente valorados.
Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación
organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de
racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las
demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y
adaptables a los cambios permanentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° —Transfiérese la
SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes, con
excepción de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y
FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, desde la órbita de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Art. 2° — Transfiérese la
SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA
DEMOCRACIA y sus unidades organizativas dependientes, desde la órbita
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Art. 3°— Transfiérese la
SECRETARÍA NACIONAL DE ACCESO AL HÁBITAT y sus unidades organizativas
dependientes, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a
la órbita de MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Art. 4° — Transfiérese la
SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y sus unidades
organizativas dependientes, organismos descentralizados y
desconcentrados, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE.
Art. 5° — Transfiérese la
SECRETARÍA de INTEGRACIÓN NACIONAL y sus unidades organizativas
dependientes, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a
la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 6° —Transfiérense el
Programa “Futbol para Todos” y el Programa “Automovilismo para Todos” y
sus unidades organizativas dependientes, desde la órbita de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Art. 7° — Las transferencias a
que aluden los artículos anteriores comprenderán las unidades
organizativas con sus respectivas acciones, créditos presupuestarios,
bienes y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles,
grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto N°
2098 del 3 de diciembre de 2008.
Art. 8°— Sustitúyese del Anexo
I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la
ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XI,
correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará
redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al
presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.
Art. 9°— Sustitúyese del Anexo
II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002,
sus modificatorios y complementarios —Objetivos— el Apartado XI,
correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará
redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al
presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.
Art. 10. —Apruébase la
conformación organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de
acuerdo con el Organigrama, que como Anexo I forma parte integrante del
presente.
Art. 11. — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los
créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General
de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete
de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes.
Art. 12. — Instrúyese a los
Ministerios de MODERNIZACIÓN, del INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA,
de MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, de PRODUCCIÓN y a la
SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a propiciar las
modificaciones en sus estructuras organizativas necesarias y
resultantes del presente decreto.
Art. 13. —Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
Planilla Anexa al artículo 8°
XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
- SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
SUBSECRETARÍA DE VINCULO CIUDADANO
- SECRETARIA DE COORDINACION INTERMINISTERIAL
SUBSECRETARÍA DE EVALUACION DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO
- SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS
SUBSECRETARÍA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
- SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS GLOBALES
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES
- SECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL
Planilla Anexa al artículo 9°
XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
OBJETIVOS:
Intervenir en la formulación, ejecución y supervisión de la política de comunicación pública.
Intervenir en la comunicación de las actividades del Sector Público
Nacional de los actos del ESTADO NACIONAL, y en su relación
institucional con los medios de comunicación.
Coordinar y verificar la ejecución de las políticas fijadas por el
Estado Nacional para el sector de la radiodifusión que se implementen.
Entender y efectuar la planificación y ejecución de la publicidad
oficial de gestión centralizada y aprobar los lineamientos de la
descentralizada.
Presidir el CONSEJO DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS DE COMUNICACIÓN PUBLICA.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
OBJETIVOS:
Asistir al Secretario de Comunicación Pública en la difusión de las
actividades del Sector Público Nacional y de los actos del Estado
Nacional.
Entender en la planificación de la comunicación oficial del Estado.
Entender en la planificación y coordinación de las relaciones institucionales y sectoriales de la comunicación pública.
Asistir técnicamente al CONSEJO DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS DE COMUNICACIÓN PÚBLICA como Coordinador Ejecutivo.
Participar en representación de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
PÚBLICA de las unidades orgánicas y Consejos del Gobierno Nacional en
los temas de su competencia.
Asistir al Secretario de Comunicación Pública en la definición de
los lineamientos para el asesoramiento a los titulares de los
Ministerios y Secretarías del área presidencial, en temas vinculados
con la información de gobierno.
Participar en el diseño de las estrategias comunicacionales de la
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA y monitorear los productos
informativos correspondientes.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
OBJETIVOS:
Asistir al Secretario de Comunicación Pública en los temas
relacionados con los contenidos de información pública del Gobierno
Nacional.
Asistir al Secretario de Comunicación Pública en la transmisión de
las políticas y mensajes del gobierno, así como también de los
objetivos de la gestión presidencial.
Participar en el diseño tanto de las estrategias como de las
campañas comunicacionales y publicitarias monitoreando los productos
informativos correspondientes.
Coordinar diversas propuestas de planificación de medios para las distintas campañas de comunicación oficial del Estado.
Entender en la planificación de la comunicación oficial del Estado.
Entender en la planificación y coordinación de las relaciones
institucionales y ministeriales en cuanto a la comunicación y difusión
de los temas de Estado.
Asistir al Secretario de Comunicación Pública en las actividades y campañas de posicionamiento internacional.
Asistir al Secretario de Comunicación Pública en la tarea de
asesoramiento a los Señores Ministros y Secretarios del área
presidencial en temas vinculados con la información de gobierno.
Intervenir en la difusión de los objetivos de gestión del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Intervenir en la tarea de brindar la información pertinente
referida a las diversas actividades desarrolladas por el Jefe de Estado
en su gestión de Gobierno.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE VINCULO CIUDADANO
OBJETIVOS
Establecer metodologías de diálogo con los habitantes de la
República Argentina, con el fin de entender las problemáticas
individuales y darles curso para su solución.
Detectar problemáticas sociales comunes a través del uso de herramientas tecnológicas.
Mantener informada a la población a través de redes sociales y otros
medios de comunicación electrónicos que permitan el contacto individual.
Adoptar acciones que permitan un contacto y un vínculo personalizado.
Promover la participación de la ciudadanía, mediante herramientas tecnológicas.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COORDINACION INTERMINISTERIAL
OBJETIVOS:
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con los
Ministros y Secretarios para el cumplimiento de los objetivos
propuestos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y por la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.
Proveer al Jefe de Gabinete de Ministros de la información de las
respectivas jurisdicciones que le resulte necesaria para la toma de
decisiones.
Entender en la coordinación interministerial, especialmente en
aquellos temas y objetivos de política pública cuyo cumplimiento
requiera la intervención de distintas áreas del gobierno.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la resolución de los
temas que le indique el Poder Ejecutivo y en los propios del ámbito de
competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación
interinstitucional con otros Organismos del Estado, Poderes y
Jurisdicciones en la materia de su competencia.
Entender en la definición, evaluación y control de las prioridades
en la gestión del financiamiento externo, así como en las relaciones
con los Organismos Internacionales de Crédito y en los procesos de
aprobación, seguimiento y evaluación de préstamos.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COORDINACION INTERMINISTERIAL
SUBSECRETARIA DE EVALUACION DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO
OBJETIVOS:
Asistir al Secretario en la determinación de los lineamientos
estratégicos que permitan efectuar la evaluación y toma de decisiones
con relación a los programas y proyectos con financiamiento externo.
Proponer al Secretario la priorización de los proyectos con financiamiento externo.
Asistir al Secretario en la coordinación y evaluación presupuestaria
en relación con los Organismos Internacionales de Crédito y en los
procesos de aprobación de préstamos.
Efectuar la coordinación, seguimiento, evaluación y revisión de cartera de los préstamos con financiamiento externo.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN
OBJETIVOS:
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración del
Proyecto de Ley de Ministerios y de la Ley de Presupuesto Nacional y de
su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la
oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes
al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y del decreto que dispone la
prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones
extraordinarias.
Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de
Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y confeccionar
y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del
Gobierno de la Nación asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Entender en la elaboración de los informes que cualquiera de las
Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral
Permanente atento lo normado por el artículo 100, incisos 9 y 11, de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Entender en lo referente a las relaciones del PODER EJECUTIVO
NACIONAL con ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus
Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la
tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL y de otras Leyes.
Participar en la formulación de los lineamientos básicos y
propuestas de modificación de los sistemas electorales nacionales, de
la organización y funcionamiento de los partidos políticos y de su
financiamiento.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN
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