ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2015-12-18
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 151/2015

Decreto N° 357/2002. Modificación.

Bs. As., 17/12/2015

VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y

complementarios, y el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 357 del 21 de febrero de 2002, se aprobó el

Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se

encuentran los referidos a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para

cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo,

asimismo, sus competencias.

Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias.

Que en función de las competencias asignadas a la JEFATURA DE GABINETE

DE MINISTROS por el decreto mencionado en el párrafo anterior, resulta

necesario reordenar las responsabilidades de dicha área.

Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización

de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la

calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la

producción de resultados que sean colectivamente compartidos y

socialmente valorados.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación

organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de

racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las

demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y

adaptables a los cambios permanentes.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Transfiérese la

SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas dependientes, con

excepción de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y

FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, desde la órbita de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Art. 2° — Transfiérese la

SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA

DEMOCRACIA y sus unidades organizativas dependientes, desde la órbita

de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DEL

INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Art. 3°— Transfiérese la

SECRETARÍA NACIONAL DE ACCESO AL HÁBITAT y sus unidades organizativas

dependientes, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a

la órbita de MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Art. 4° — Transfiérese la

SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y sus unidades

organizativas dependientes, organismos descentralizados y

desconcentrados, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS a la órbita del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO

SUSTENTABLE.

Art. 5° — Transfiérese la

SECRETARÍA de INTEGRACIÓN NACIONAL y sus unidades organizativas

dependientes, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a

la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Art. 6° —Transfiérense el

Programa “Futbol para Todos” y el Programa “Automovilismo para Todos” y

sus unidades organizativas dependientes, desde la órbita de la JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Art. 7° — Las transferencias a

que aluden los artículos anteriores comprenderán las unidades

organizativas con sus respectivas acciones, créditos presupuestarios,

bienes y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles,

grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto N°

2098 del 3 de diciembre de 2008.

Art. 8°— Sustitúyese del Anexo

I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus

modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la

ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XI,

correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará

redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al

presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

Art. 9°— Sustitúyese del Anexo

II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002,

sus modificatorios y complementarios —Objetivos— el Apartado XI,

correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará

redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al

presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

Art. 10. —Apruébase la

conformación organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de

acuerdo con el Organigrama, que como Anexo I forma parte integrante del

presente.

Art. 11. — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los

créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General

de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete

de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes.

Art. 12. — Instrúyese a los

Ministerios de MODERNIZACIÓN, del INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA,

de MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, de PRODUCCIÓN y a la

SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a propiciar las

modificaciones en sus estructuras organizativas necesarias y

resultantes del presente decreto.

Art. 13. —Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

Planilla Anexa al artículo 8°

XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN

SUBSECRETARÍA DE VINCULO CIUDADANO

SUBSECRETARÍA DE EVALUACION DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS

SUBSECRETARÍA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS GLOBALES

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES

SUBSECRETARÍA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL

Planilla Anexa al artículo 9°

XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

OBJETIVOS:

1.

Intervenir en la formulación, ejecución y supervisión de la política de comunicación pública.

2.

Intervenir en la comunicación de las actividades del Sector Público

Nacional de los actos del ESTADO NACIONAL, y en su relación

institucional con los medios de comunicación.

3.

Coordinar y verificar la ejecución de las políticas fijadas por el

Estado Nacional para el sector de la radiodifusión que se implementen.

4.

Entender y efectuar la planificación y ejecución de la publicidad

oficial de gestión centralizada y aprobar los lineamientos de la

descentralizada.

5.

Presidir el CONSEJO DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS DE COMUNICACIÓN PUBLICA.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Secretario de Comunicación Pública en la difusión de las

actividades del Sector Público Nacional y de los actos del Estado

Nacional.

2.

Entender en la planificación de la comunicación oficial del Estado.

3.

Entender en la planificación y coordinación de las relaciones institucionales y sectoriales de la comunicación pública.

4.

Asistir técnicamente al CONSEJO DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS DE COMUNICACIÓN PÚBLICA como Coordinador Ejecutivo.

5.

Participar en representación de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN

PÚBLICA de las unidades orgánicas y Consejos del Gobierno Nacional en

los temas de su competencia.

6.

Asistir al Secretario de Comunicación Pública en la definición de

los lineamientos para el asesoramiento a los titulares de los

Ministerios y Secretarías del área presidencial, en temas vinculados

con la información de gobierno.

7.

Participar en el diseño de las estrategias comunicacionales de la

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA y monitorear los productos

informativos correspondientes.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Secretario de Comunicación Pública en los temas

relacionados con los contenidos de información pública del Gobierno

Nacional.

2.

Asistir al Secretario de Comunicación Pública en la transmisión de

las políticas y mensajes del gobierno, así como también de los

objetivos de la gestión presidencial.

3.

Participar en el diseño tanto de las estrategias como de las

campañas comunicacionales y publicitarias monitoreando los productos

informativos correspondientes.

4.

Coordinar diversas propuestas de planificación de medios para las distintas campañas de comunicación oficial del Estado.

5.

Entender en la planificación de la comunicación oficial del Estado.

6.

Entender en la planificación y coordinación de las relaciones

institucionales y ministeriales en cuanto a la comunicación y difusión

de los temas de Estado.

7.

Asistir al Secretario de Comunicación Pública en las actividades y campañas de posicionamiento internacional.

8.

Asistir al Secretario de Comunicación Pública en la tarea de

asesoramiento a los Señores Ministros y Secretarios del área

presidencial en temas vinculados con la información de gobierno.

9.

Intervenir en la difusión de los objetivos de gestión del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

10.

Intervenir en la tarea de brindar la información pertinente

referida a las diversas actividades desarrolladas por el Jefe de Estado

en su gestión de Gobierno.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE VINCULO CIUDADANO

OBJETIVOS

1.

Establecer metodologías de diálogo con los habitantes de la

República Argentina, con el fin de entender las problemáticas

individuales y darles curso para su solución.

2.

Detectar problemáticas sociales comunes a través del uso de herramientas tecnológicas.

3.

Mantener informada a la población a través de redes sociales y otros

medios de comunicación electrónicos que permitan el contacto individual.

4.

Adoptar acciones que permitan un contacto y un vínculo personalizado.

5.

Promover la participación de la ciudadanía, mediante herramientas tecnológicas.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE COORDINACION INTERMINISTERIAL

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con los

Ministros y Secretarios para el cumplimiento de los objetivos

propuestos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y por la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS.

2.

Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.

3.

Proveer al Jefe de Gabinete de Ministros de la información de las

respectivas jurisdicciones que le resulte necesaria para la toma de

decisiones.

4.

Entender en la coordinación interministerial, especialmente en

aquellos temas y objetivos de política pública cuyo cumplimiento

requiera la intervención de distintas áreas del gobierno.

5.

Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la resolución de los

temas que le indique el Poder Ejecutivo y en los propios del ámbito de

competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

6.

Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación

interinstitucional con otros Organismos del Estado, Poderes y

Jurisdicciones en la materia de su competencia.

7.

Entender en la definición, evaluación y control de las prioridades

en la gestión del financiamiento externo, así como en las relaciones

con los Organismos Internacionales de Crédito y en los procesos de

aprobación, seguimiento y evaluación de préstamos.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE COORDINACION INTERMINISTERIAL

SUBSECRETARIA DE EVALUACION DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Secretario en la determinación de los lineamientos

estratégicos que permitan efectuar la evaluación y toma de decisiones

con relación a los programas y proyectos con financiamiento externo.

2.

Proponer al Secretario la priorización de los proyectos con financiamiento externo.

3.

Asistir al Secretario en la coordinación y evaluación presupuestaria

en relación con los Organismos Internacionales de Crédito y en los

procesos de aprobación de préstamos.

3.

Efectuar la coordinación, seguimiento, evaluación y revisión de cartera de los préstamos con financiamiento externo.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración del

Proyecto de Ley de Ministerios y de la Ley de Presupuesto Nacional y de

su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

2.

Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la

oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes

al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y del decreto que dispone la

prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones

extraordinarias.

3.

Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de

Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y confeccionar

y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del

Gobierno de la Nación asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN

NACIONAL.

4.

Entender en la elaboración de los informes que cualquiera de las

Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral

Permanente atento lo normado por el artículo 100, incisos 9 y 11, de la

CONSTITUCIÓN NACIONAL.

5.

Entender en lo referente a las relaciones del PODER EJECUTIVO

NACIONAL con ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus

Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la

tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en

cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la

CONSTITUCIÓN NACIONAL y de otras Leyes.

6.

Participar en la formulación de los lineamientos básicos y

propuestas de modificación de los sistemas electorales nacionales, de

la organización y funcionamiento de los partidos políticos y de su

financiamiento.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN

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