CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2014-09-11
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 1
Historial de reformas JSON API

CONTRATOS

Decreto 1518/2014

Modelo de Contrato de Préstamo BID. Aprobación.

Bs. As., 4/9/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0121754/2014 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID

AR-L1154, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y

el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1154, el BANCO

INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir

financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la

ejecución del “Programa de Competitividad de Economías Regionales” por

un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S

200.000.000).

Que el objetivo del Programa es mejorar la competitividad de un

conjunto de cadenas de valor claves localizadas en provincias

extra-pampeanas. El Proyecto tiene como objetivos específicos: (i)

mejorar la coordinación entre las intervenciones de apoyo al desarrollo

productivo en las economías regionales y para las cadenas priorizadas;

(ii) disminuir sus costos a través de mejoras en actividades

logísticas; y (iii) apoyar inversiones que mejoren la competitividad, a

partir de incrementos en la productividad, en la agregación de valor,

la innovación y en el acceso a los mercados.

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3)

componentes: (i) “Actividades de Coordinación Institucional”; (ii)

“Logística para la Competitividad” y; (iii) “Competitividad de las

Cadenas de Valor”.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y

FINANZAS PUBLICAS, a través de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION

ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, dependiente de la SECRETARIA

DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, denominado en

adelante “Organismo Ejecutor”.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de

Préstamo BID ARL-1154, así como toda otra documentación relacionada con

la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la

REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L1154 y

acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del

“Programa de Competitividad de Economías Regionales”, siempre y cuando

no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos,

ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el

procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 53 de

la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el

Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1154 a celebrarse entre la

REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por

un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S

200.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Programa de

Competitividad de Economías Regionales”, que consta de las

Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las

Normas Generales integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo

Unico, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente

decreto como Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente

medida, como Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas

para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco

Interamericano de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y

Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de

Desarrollo”, respectivamente, ambas correspondientes a la edición del

mes de marzo de 2011.

Art. 2° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID

AR-L1154 y su documentación adicional, conforme al modelo que se

aprueba por el Artículo 1° del presente decreto.

Art. 3° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo BID AR-L1154, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1° de la

presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

(Nota Infoleg: por art. 10 delDecreto N° 505/2016*B.O. 28/3/2016, se faculta

a la

SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

a convenir y suscribir modificaciones al Contrato de Préstamo BID

AR-L1154, cuyo modelo se aprobara por el Artículo 1° del presente

Decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en

el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su

monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral

pactado.Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín

Oficial.)*

Art. 4° — Desígnase al

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través de la

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD,

dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL

DESARROLLO, como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Competitividad

de Economías Regionales”, quedando facultado para realizar todas las

operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Programa,

conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de

Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1° de la presente

medida.

(Nota Infoleg: por art. 9° delDecreto N° 505/2016*B.O. 28/3/2016, se designa a la

SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

como Organismo Ejecutor del “Programa de Competitividad de Economías

Regionales” previsto en el presente Decreto, la que queda facultada a realizar todas las operaciones y

contrataciones necesarias para su ejecución. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)*

Art. 5° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel

Kicillof.


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*Los

anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link:AnexoI-Parte:1;AnexoI-Parte:2;AnexoI-Parte:3;AnexoI-Parte:4;AnexoII-Parte:1;AnexoII-Parte:2;AnexoII-Parte:3;AnexoIII-Parte:1;AnexoIII-Parte:2;AnexoIII-Parte:3*)

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.