SOCIEDADES DEL ESTADO

Rango Decreto
Publicación 1999-12-10
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

SOCIEDADES DEL ESTADO

[if !supportEmptyParas] [endif]

Decreto 1528/99

[if !supportEmptyParas] [endif]

**Convalídase la prestación del servicio de comedor al

personal de la Sociedad del Estado Casa de Moneda con posterioridad al

31.12.90.**

[if !supportEmptyParas] [endif]

Bs. As., 6/12/99

[if !supportEmptyParas] [endif]

VISTO el Expediente Nº 040-004878/92 del Registro del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y su agregado sin acumular

Nº 105/91 (copia) del Registro de la ex -SINDICATURA GENERAL DE EMPRESAS

PUBLICAS, y

[if !supportEmptyParas] [endif]

CONSIDERANDO:

[if !supportEmptyParas] [endif]

Que por el expediente Nº 040004878/92 citado en el VISTO

se tramita la Observación Legal Nº 24 de la ex-SINDICATURA GENERAL DE EMPRESAS

PUBLICAS, de fecha 28 de febrero de 1991, a través de la cual se resolvió

formular una observación legal a la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA en la

órbita de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y

SERVICIOS PUBLICOS por la prestación del servicio de comedor al personal de la

empresa con posterioridad al 31 de diciembre de 1990, en transgresión a las

disposiciones del artículo 19 del Decreto Nº 757 del 6 de setiembre de 1990 y modificatorio.

[if !supportEmptyParas] [endif]

Que la observación fue mantenida por el Directorio de la

ex-SINDICATURA GENERAL DE EMPRESAS PUBLICAS por medio de la Resolución Nº 41 de

fecha 19 de marzo de 1992.

[if !supportEmptyParas] [endif]

Que habiendo tomado intervención la SECRETARIA DE

HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la que

teniendo en cuenta los informes y explicaciones suministrados por la SOCIEDAD

DEL ESTADO CASA DE MONEDA, estimó conveniente propiciar la convalidación de lo

actuado por la citada Sociedad.

[if !supportEmptyParas] [endif]

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención

que le compete.

[if !supportEmptyParas] [endif]

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

[if !supportEmptyParas] [endif]

Por ello,

[if !supportEmptyParas] [endif]

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

[if !supportEmptyParas] [endif]

Artículo 1º— Convalídase la prestación del

servicio de comedor al personal de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA con

posterioridad al 31 de diciembre de 1990, que fuera observada por la

ex-SINDICATURA GENERAL DE EMPRESAS PUBLICAS mediante Observación Legal Nº

24-Resolución Nº 24/91 de fecha 28 de febrero de 1991, y mantenida por el

Directorio de la ex-SINDICATURA GENERAL DE EMPRESAS PUBLICAS por medio de la

Resolución Nº 41 de fecha 19 de marzo de 1992.

[if !supportEmptyParas] [endif]

Art. 2º— Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— MENEM. — Jorge A.

Rodríguez. — Roque B. Fernández.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.