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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 1528/2014

Dase por designada la Directora Nacional de Política Comercial Externa.

Bs. As., 8/9/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0033878/2014 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General

de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 y los Decretos

Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre

de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la

Administración Nacional para el Ejercicio 2014, se dispuso el

congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha

de la sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la

Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad,

salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del

PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del Artículo

10 de la citada ley.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso,

entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de

la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, en

cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el

PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción

correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA DE

COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se considera

imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel A, Grado 0,

Función Ejecutiva II, de Director de la Dirección Nacional de Política

Comercial Externa de la mencionada Secretaría.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo

mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley Nº

26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el

Ejercicio 2014.

Que la Licenciada en Economía Doña Mariela Inés BEMBI (M.l. Nº

26.690.316) reúne los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios

para cubrir dicho cargo.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4

de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la

PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas

por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, los

Artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General de la

Administración Nacional para el Ejercicio 2014 y el Artículo 1° del

Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

designada con carácter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA

(180) días hábiles, contados a partir del día 1 de abril de 2014, a la

Licenciada en Economía Doña Mariela Inés BEMBI (M.I. Nº 26.690.316), en

un cargo Nivel A, Grado 0, de Directora de la Dirección Nacional de

Política Comercial Externa dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, autorizándose el

correspondiente pago de la Función Ejecutiva II, aprobado por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº

2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo

dispuesto en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895 de Presupuesto General

de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Art. 2° —El cargo involucrado

deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SI.N.E.P.), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles

contados a partir del día 1 de abril de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las

partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción

50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel

Kicillof.