PRESUPUESTO

Rango Decreto
Publicación 2015-08-13
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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PRESUPUESTO

Decreto 1547/2015

**Apruébase el Plan de Acción y el

Presupuesto para el Ejercicio 2015 de la Dirección de Obra Social del

Servicio Penitenciario Federal.**

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0217617/2014 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de

los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus

modificaciones y el Decreto N° 1.776 del 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan

de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por la

DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante

en el área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control

del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones contiene en

el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas

Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la

Administración Nacional.

Que el Decreto N° 1.776 del 29 de noviembre de 2007 estableció que la

citada Dirección queda comprendida dentro del concepto de Obras

Sociales Estatales a que alude el Artículo 3° del Anexo al Decreto N°

1.731 del 7 de diciembre de 2004, resultándole de aplicación en materia

presupuestaria lo establecido por el Título II, Capítulo III de la Ley

de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector

Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones.

Que del mismo modo el Decreto N° 1.776/07 determinó en su Artículo 3°

que los proyectos de presupuesto de las Obras Sociales Estatales

enumeradas en el Artículo 1° de dicho decreto, previa opinión de las

Jurisdicciones Ministeriales correspondientes y de la OFICINA NACIONAL

DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la

SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS,

serán sometidos a la aprobación del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que obra en el expediente citado en el Visto, el informe favorable

sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas

en el Artículo 49 de la Ley de Administración Financiera y de los

Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus

modificaciones y en el Artículo 3° del Decreto N° 1.776/07.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el Plan

de Acción y el Presupuesto para el Ejercicio 2015 de la DIRECCIÓN DE

OBRA SOCIAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el área del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo al detalle que

figura en los Anexos I y II adjuntos al presente decreto.

Art. 2° — Estímanse en la suma

de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL

CINCUENTA Y TRES ($362.826.053) los ingresos corrientes y fíjanse en la

suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y

NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($446.149.325) los gastos corrientes,

y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico

(DESAHORRO) estimado en PESOS OCHENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS

VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS ($83.323.272), de acuerdo con

el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto al

presente decreto.

Art. 3° — Estímanse en la suma

de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de

PESOS TRES MILLONES ($3.000.000) los gastos de capital, y como

consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico

establecido en el Artículo 2° del presente decreto, estimase el

Resultado Financiero (DÉFICIT) para el Ejercicio 2015 en PESOS OCHENTA

Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS

($-86.323.272), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del

Anexo II, adjunto a la presente medida.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Axel

Kicillof. — Julio C. Alak.

ANEXO I

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ANEXO II

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