MINISTERIO DE SEGURIDAD

Rango Decreto
Publicación 2013-10-16
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 1572/2013

**Desígnase el Director Nacional de Cooperación Regional e Internacional

de la Seguridad de la Subsecretaría de Políticas de Seguridad e

Intervención Territorial de la Secretaría de Seguridad.**

Bs. As., 9/10/2013

VISTO el Expediente Nº 8742/2013 del registro del MINISTERIO DE

SEGURIDAD, la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de

marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 2098 de fecha 3 de

diciembre de 2008 y 328 de fecha 7 de marzo de 2012 y la Resolución de

la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS Nº 122 de fecha 18 de mayo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2013.

Que por el artículo 7° de la citada ley se dispuso el congelamiento de

los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de la

misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y

de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la referida ley se dispuso que las facultades

otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas

por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político

de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por

el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 328/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que mediante la Resolución mencionada en el VISTO se homologó en el

Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo de Director Nacional de

Cooperación Regional e Internacional de la Seguridad dependiente de la

SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE SEGURIDAD E INTERVENCION TERRITORIAL de

la SECRETARIA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD se encuentra vacante el

cargo antes indicado, resultando indispensable proceder a su cobertura

transitoria de manera inmediata, a fin de cumplir en tiempo y forma las

exigencias del servicio.

Que por el Decreto Nº 2098/08, se homologó el Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público

(SINEP).

Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y

sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,

en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO

COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de

CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la designación

en el cargo.

Que el Licenciado Don Luis Emilio ZARRANZ reúne los conocimientos,

experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo, no

obstante procede aprobar su designación con autorización excepcional

por no reunirse los requisitos mínimos de acceso al Nivel

escalafonario, establecidos en el artículo 14 del Convenio citado

precedentemente.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6°, establece que los

proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no

impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el

ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados

por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y

Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de

2002.

Que el agente involucrado en el presente decreto se encuentra

exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº

601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado

cumplimiento oportunamente.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los

artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y a tenor de lo dispuesto por el

artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1° — Desígnase

transitoriamente, a partir de la fecha del presente acto y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en UN (1) cargo Nivel A -

Grado 0, como Director Nacional de Cooperación Regional e Internacional

de la Seguridad dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE

SEGURIDAD E INTERVENCION TERRITORIAL de la SECRETARIA DE SEGURIDAD del

MINISTERIO DE SEGURIDAD, al Licenciado Don Luis Emilio ZARRANZ (D.N.I.

Nº 28.892.185), autorizándose el correspondiente pago de Función

Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),

aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por

el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el

artículo 7° de la Ley Nº 26.784 y con autorización excepcional por no

reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel, establecidos en el

artículo 14 del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO

SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO,

homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA

(180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a

las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41

Art. 4° —Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Arturo A. Puricelli.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.