DECRETOS DESCLASIFICADOS

Rango Decreto
Publicación 2017-05-26
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

Decreto S 1591/1999

Buenos Aires, 09/12/1999

VISTO el Decreto Nº 1402 del 25 de noviembre de 1999, y

CONSIDERANDO

Que resulta necesario dictar instrucciones para el mejor cumplimiento

de la aludida norma, a fin de adecuar su ejecución a lo establecido en

el artículo 2, segundo párrafo, de la Ley de Defensa Nacional Nº

23.554, en el artículo 6º de la ley Nº 24.948 de Reestructuración de

las Fuerzas Armadas y en el Decreto Nº 1116 del 2 de octubre de 1996

(Anexo I, punto 3).

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99 incisos 1, 2 y 12 de la Constitución

Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Póngase a disposición de los Comandantes Estratégicos

Operacionales, a los efectos de las tareas específicas establecidas en

el Anexo II del Decreto Nº 1402 del 25 de noviembre de 1999, los

organismos y elementos de Gendarmería Nacional y Prefectura Naval

Argentina que establece la Directiva de Estrategia Militar “S” Nro

01/99, aprobada con fecha 15 de septiembre de 1999, en el punto 1.

Organización; a. Estructura del Sistema de Defensa Nacional y d.

Distribución Estratégica; 1) a 9).

ARTÍCULO 2º.- Los elementos mencionados quedarán bajo Control

Operacional de los respectivos Comandantes Estratégicos Operacionales a

los fines del planeamiento, a partir de la fecha del presente Decreto

y, a los efectos de la ejecución de las operaciones necesarias, a

partir del 29 de diciembre de 1999, hasta la finalización de los apoyos

requeridos.

ARTÍCULO 3º.- La Dirección Nacional de Gendarmería y la Prefectura

Naval Argentina, proporcionarán el apoyo de personal y material a sus

elementos puestos bajo control operacional de los Comandos Estratégicos

operacionales, según lo determinado en la Directiva de Estrategia

Militar “S” Nº 01/99, en el punto 4. Estrategia; e. Tareas

Particulares; 9) Dirección Nacional de Gendarmería y Prefectura Naval

Argentina.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese y archívese. — MENEM. — Jorge Alberto Rodríguez. — Carlos V. Corach. — Jorge Domínguez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.