PRESUPUESTO ADMINISTRACION NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2015-08-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 1610/2015

Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2015.

Bs. As., 10/08/2015

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-SEG N° 0000836/2014 del Registro del

MINISTERIO DE SEGURIDAD; los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002,

N° 1.993 del 14 de diciembre de 2010, N° 328 del 7 de marzo de 2012, N°

1.742 del 20 de septiembre de 2012; y N° 2.098 del 3 de diciembre de

2008, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 40 del 18 de marzo de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita el Cambio al

Agrupamiento Profesional solicitado por el agente Pablo Luis REBECCO

(D.N.I. N° 22.623.777), perteneciente a la Planta Permanente de la

DIRECCIÓN DE DESARROLLO PROFESIONAL de la DIRECCIÓN NACIONAL DE

FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y

FORMACIÓN de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN

del MINISTERIO DE SEGURIDAD, Nivel E, Grado 7 del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PÚBLICO (SINEP), conforme lo establecido por el Decreto N°

2.098/08.

Que por la Resolución ex SGP N° 40/10 se aprobó el régimen para la

Administración del Cambio de Agrupamiento Escalafonario del personal

del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Que la Dirección General de Recursos Humanos y Organización de la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SEGURIDAD, ha

verificado el cumplimiento de los requisitos de Nivel Escalafonario y

Titulación para el referido cambio al Agrupamiento Profesional, de

acuerdo con el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Que en lo atinente al cambio de Nivel Escalafonario D, que conlleva la

solicitud del cambio al Agrupamiento Profesional que se propicia,

corresponde aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto N°

491/02.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 1.742/12 se aprobó la estructura organizativa de

la ya indicada DIRECCIÓN DE DESARROLLO PROFESIONAL del MINISTERIO DE

SEGURIDAD.

Que la autoridad a cargo del área de revista del interesado se expidió

favorablemente y en los términos del artículo 6° del “REGIMEN PARA LA

ADMINISTRACIÓN DEL CAMBIO DE AGRUPAMIENTO ESCALAFONARIO DEL PERSONAL

DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO” aprobado por la Resolución ex

S.G.P. N° 40/10, acreditando la existencia de necesidad del servicio de

acuerdo con la Responsabilidad Primaria y Acciones de dicha unidad

organizativa, que justifica contar con el aporte profesional del

solicitante. En idéntico sentido se expidió el titular de la

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN del MINISTERIO DE SEGURIDAD,

como autoridad superior de la DIRECCIÓN DE DESARROLLO PROFESIONAL, en

los términos del último párrafo del Artículo 1° del citado Régimen.

Que tratándose el presente caso de un supuesto de cambio de

agrupamiento asociado a un ascenso de nivel y atento a la inexistencia

de cargos vacantes Nivel D en la dependencia de revista, resulta

necesario reconvertir el cargo involucrado de acuerdo a lo dispuesto

por el segundo párrafo del inciso a) del Artículo 32 del citado

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°

2.098/08.

Que asimismo corresponde asignar al postulante el grado resultante de

aplicar lo pertinente en materia de “ASCENSO DE NIVEL ESCALAFONARIO”,

según lo previsto en el Artículo 31 del citado Convenio.

Que habiéndose constatado la inexistencia de otros postulantes al

cambio de agrupamiento en todo el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE

PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN del MINISTERIO DE SEGURIDAD, resulta de

aplicación el primer párrafo del Artículo 9° del Anexo I de la

Resolución ex S.G.P. N° 40/10.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE

GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN

ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la

intervención que le compete.

Que se ha cumplido con las notificaciones a la OFICINA NACIONAL DE

PRESUPUESTO y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE OCUPACIÓN Y SALARIOS DEL

SECTOR PÚBLICO ambas de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la

SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

respecto del costo que demandaría la implementación de esta medida,

conforme lo establecido por el artículo 9° segundo párrafo del citado

Régimen.

Que con el acta de veeduría obrante en el Expediente citado en el

Visto, se tiene por cumplida la intervención de las entidades

sindicales prevista en el último párrafo del Artículo 12 del Anexo I a

la Resolución ex S.G.P. N° 40/10.

Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer frente al gasto que demande el citado cambio de agrupamiento.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE

ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS

del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, de

los Artículos 6° y 10 de la Ley N° 27.008 y lo dispuesto en el Artículo

1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la

distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL - Recursos

Humanos en la parte correspondiente a la Jurisdicción 41 - MINISTERIO

DE SEGURIDAD, para el ejercicio 2015 de acuerdo al detalle obrante en

la planilla que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2° — Apruébanse el cambio

de Nivel Escalafonario y de Agrupamiento del agente Pablo Luis REBECCO

(D.N.I. N° 22.623.777), personal de Planta Permanente de la DIRECCIÓN

DE DESARROLLO PROFESIONAL de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN Y

CAPACITACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN de la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, PLANEAMIENTO Y FORMACIÓN del MINISTERIO DE

SEGURIDAD, a un cargo Nivel D, Grado 3, Agrupamiento Profesional, Tramo

General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°

2.098/08, para cumplir las funciones de “Profesional en Investigaciones

Sociológicas”, a partir del primer día del mes siguiente al del dictado

del presente acto.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las

partidas presupuestarias específicas del Presupuesto vigente de la

Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — María C.

Rodriguez.

ANEXO

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La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.