INSSJP
Decreto 1614/2001
Bs. As., 6/12/2001
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 25.508 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Domingo F. Cavallo.
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