MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
Decreto 1628/96
Apruébase la estructura organizativa de la
Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud "Dr.
Carlos G. Malbrán" (ANLIS).
Bs. As., 23/12/96
VISTO los Decretos Nros. 558 del 24 de mayo de 1996 y 660 del 24 de junio de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto Nº 558/96 se estableció
que las jurisdicciones, Organismos centralizados y descentralizados de
la Administración Pública Nacional deben presentar una propuesta de
estructura organizativa y distribución de las plantas de personal hasta
el nivel de Dirección Nacional, General o equivalentes o primer nivel
operativo con dependencia del nivel político.
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 44
del citado Decreto Nº 660/96 fueron transferidos al Instituto Nacional
de Microbiología "Dr. Carlos G. Malbrán", el Instituto Nacional de
Epidemiología "Dr. Juan H. Jara"; el Instituto Nacional de
Epidemiología "Emilio Coni", el Instituto Nacional de Enfermedades
Virales Humanas; el Instituto Nacional de Genética Médica; el Instituto
Nacional de Chagas, "Dr. Fatala Chaben" y el Instituto Nacional de
Investigaciones Nutricionales.
Que, en cumplimiento de dichas normas, el MINISTERIO
DE SALUD Y ACCION SOCIAL ha elevado una propuesta de estructura
organizativa.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO, ha tomado la intervención que le compete.
Que con el fin de contar con una herramienta ágil
que permita implementar el presente Decreto y adecuar el funcionamiento
de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD a
las transformaciones que deben producirse para cumplir con la reforma
del Estado, es necesario exceptuarla del cumplimiento de diversas
normas relativas al sistema de selección de cargos con función
ejecutiva.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo previsto en el Art. 99, Inc. 1º, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase la estructura
organizativa de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS
DE SALUD, "DR. CARLOS G. MALBRAN" (ANLIS), de acuerdo al Organigrama,
Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Cargos - Planta
Permanente que, como Anexos I, II y III forman parte integrante del
presente decreto.
Art. 2º — Transfiérese a la directora
del ex-INSTITUTO NACIONAL DE MICROBIOLOGIA "DR. CARLOS G. MALBRAN" a la
ANLIS en carácter de titular de dicho organismo. A tal efecto se
ratifica la designación dispuesta por Resolución del Ministerio de
Salud y Acción Social Nº 424/96, en los términos de la actual
nomenclatura del cargo.
Art. 3º — (Artículo derogado por art. 4° delDecreto N° 569/2019B.O. 20/8/2019)
Art. 4º — En un plazo de hasta TREINTA
(30) días, a partir del presente, la ADMINISTRACION NACIONAL DE
LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD deberá presentar la propuesta de
estructura organizativa de las aperturas inferiores a las que se
aprueban en el presente Decreto, en concordancia con lo establecido por
Decreto Nº 1545/94 reglamentado por la Resolución Nº 422/94 de la
Secretaría de la Función Pública. Hasta tanto se aprueben, quedarán
vigentes las unidades existentes de aperturas inferiores, como así
también las de primera apertura que cambien de dependencia; conservando
las respectivas atribuciones y con la asignación de los
correspondientes cargos con funciones ejecutivas y adicionales.
Art. 5º — Facúltase por el término de
NOVENTA (90) días al Señor MINISTRO DE SALUD Y ACCION SOCIAL a designar
con carácter interino, y hasta tanto se sustancien los procesos de
selección correspondientes, al personal que tendrá a su cargo las
unidades organizativas que se creen mediante la estructura organizativa
que se aprueba por el presente.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM.
— Jorge A. Rodríguez. — Alberto J. Mazza.
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 4° del Decreto N° 192/2026 B.O. 26/03/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado)
[IMG]
IF-2025-140832774-APN-ANLIS#MS
ANEXO II
ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD "DR. CARLOS G. MALBRAN" - ANLIS
(Objetivos sustituidos por art. 3° delDecreto N° 569/2019B.O. 20/8/2019)
OBJETIVOS
Entender en la coordinación y ejecución de las políticas del
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL en lo que respecta a la
prevención, diagnóstico referencial, vigilancia, monitoreo
epidemiológico investigación y tratamiento de enfermedades
transmisibles y no transmisibles, patologías de base total o
parcialmente genética y genómica, de alta prevalencia o baja ocurrencia.
Constituir el organismo de Referencia Nacional y Regional en el
ámbito de la Salud Pública, en materia sanitaria y
científico-tecnológica, que desarrolle actividades de diagnóstico
referencial, vigilancia epidemiológica, prevención y tratamiento, en la
producción de biológicos, en el control de calidad, en docencia e
investigación, en epidemiología y eco-epidemiología e innovación y
transferencia tecnológica, en sus áreas de incumbencia.
Entender en la dirección de una red de laboratorios que permita la
organización y la integración del diagnóstico de referencia de todas
sus áreas de competencia.
Entender en la producción y control de calidad de insumos
estratégicos para la salud humana destinados a la prevención, el
diagnóstico, el tratamiento y la vigilancia epidemiológica de las
patologías de alto impacto socio-sanitario a nivel nacional y regional.
Entender en la gestión del Biobanco Nacional de muestras biológicas
representativas de la población argentina y de países de la región y de
muestras asociadas a patologías de alto impacto y/o relevancia en Salud
Pública para satisfacer las necesidades de Salud Pública y del Sistema
Científico-Tecnológico Nacional, a través de plataformas de alta
complejidad de Biocontención.
Entender, dirigir y poner a disposición del sistema de salud y
científico-tecnológico nacional, áreas estratégicas seguras bajo
lineamientos específicos de bioseguridad y biocustodia, para el
desarrollo de actividades diagnósticas, de vigilancia, investigación y
producción.
Entender en la política científico-tecnológica y de aplicación, en
la promoción, aprobación y evaluación de proyectos de los Institutos
bajo su dependencia, en cooperación con unidades del MINISTERIO DE
SALUD Y DESARROLLO SOCIAL o de los Estados Provinciales y con otros
Organismos Nacionales e Internacionales.
Entender en el desarrollo de iniciativas que prioricen la equidad
sanitaria en todas las políticas nacionales y regionales relativas a
los determinantes sociales de la salud, y que consideren la posibilidad
de establecer políticas de protección social integrales y universales,
que prevean el fomento de la salud, y la reducción de la
morbi-mortalidad de la población.
Supervisar el accionar de los Institutos de su dependencia.
DIRECCION DE ADMINISTRACION CONTABLE, MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Conducir, evaluar, ejecutar y supervisar los
programas y actividades inherentes al área administrativa contable de
mantenimiento y producción y servicios generales y personal, con
sujeción a las Disposiciones que determinan las leyes vigentes.
ACCIONES
1) Elaborar y administrar el presupuesto.
2) Administrar el personal del Establecimiento, aplicando reglamentaciones vigentes en la materia.
3) Conducir las actividades derivadas necesarias
para el cumplimiento de la legislación vigente de las Resoluciones
directivas e instrucciones emanadas de la Superioridad, en lo
concerniente a su temática.
4) Conducir las acciones programadas en cada una de
las especialidades de mantenimiento y Servicios Generales,
instrumentando con el responsable directo, el control de los recursos
humanos y la distribución de las tareas del área.
5) Coordinar la presentación a la Dirección de los informes administrativos para el análisis de los Directores.
6) Representar y asesorar a la Administración en su temática.
DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Representar y asesorar jurídicamente al Director del ANLIS y a las distintas áreas del organismo.
ACCIONES
1) Ejercer el control de legalidad y legitimidad de los actos administrativos.
2) Representar a la ANLIS en los juicios en que
dicho organismo sea parte como actor o demandado, por intermedio de los
apoderados que designe al efecto con relación a los derechos y
obligaciones de que pueda ser titular, pudiendo transigir, comprometer
en árbitros, prorrogar jurisdicciones, desistir de apelaciones y
renunciar a prescripciones adquiridas, contestar los oficios judiciales
y remitirlos a los que deben intervenir en su diligenciamiento y
realizar todos aquellos actos necesarios tendientes a iniciar,
proseguir y concluir juicios.
3) Asesorar en forma permanente en los aspectos legales a las distintas áreas del ANLIS.
4) Instruir los sumarios administrativos del organismo.
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Controlar y evaluar el cumplimiento de las
actividades específicas y sustantivas de la institución, aplicando las
prescripciones establecidas por la Ley 24.156, los lineamientos y
pautas que fijen la máxima autoridad de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD y la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION a través de un enfoque integral e integrado que asegure el logro
de: Eficiencia, Eficacia y Economía.
ACCIONES
1) Elaborar el Plan General y Planes anuales de la auditoría Interna.
2) Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior del ANLIS.
3) Evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, presupuestarios, patrimoniales y financieros.
4) Emitir opinión sobre normas y procedimientos y el sistema de control interno del ANLIS.
5) Producir informes sobre las auditorías realizadas
y comunicarlos a la Dirección del ANLIS y a la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACION.
6) Efectuar el seguimiento de recomendaciones y observaciones formuladas en sus respectivos informes.
7) Informar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION,
sobre los temas que le sean requeridos en lo atinente al desarrollo de
sus actividades.
DIRECCION TECNICO-CIENTIFICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la coordinación de las actividades
técnico-científicas inherentes a los objetivos de la ANLIS, en apoyo a
la Dirección de la misma.
ACCIONES
1) Coordinar las iniciativas de investigación, priorizadas por la ANLIS y participar en su evaluación y seguimiento.
2) Coordinar las tareas de aplicación y de producción de biológicos.
3) Representar a la Dirección de la ANLIS, en las actividades que su Dirección considere necesarias.
INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Desarrollar y promover el conocimiento de las
características biológicas de los virus, bacterias, hongos, como
agentes etiológicos en patologías humanas, sus vías de transmisión y su
diagnostico.
ACCIONES
1) Realizar las acciones correspondientes al
Laboratorio Nacional de Referencia en el diagnóstico viral, bacteriano
y fúngico y participar en la organización de la Red Nacional de
Laboratorios en el tema de su competencia.
2) Dirigir, organizar y participar en investigaciones y desarrollo metodológico en los temas de su especialidad.
3) Contribuir al desarrollo de vacunas,
inmunomoduladores, reactivos de diagnóstico y agentes terapéuticos,
para la prevención y control de enfermedades de su incumbencia.
4) Actuar directamente o a través de las unidades de
la Red de Laboratorios, en el control y vigilancia epidemiológica,
caracterizando los agentes causales o los reservorios o los vectores de
los mismos, en caso de brotes epidémicos y en las endemias.
INSTITUTO NACIONAL DE PRODUCCION DE BIOLOGICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
(Responsabilidad Primaria sustituidas por art. 7° del Decreto N° 192/2026 B.O. 26/03/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado)
Investigar, desarrollar, innovar y manufacturar productos biológicos
tales como vacunas, inmunoterápicos, inmunobiológicos, reactivos para
uso diagnóstico y otros insumos estratégicos en salud; destinados a la
prevención, el tratamiento, el diagnóstico y la vigilancia
epidemiológica de las patologías de relevancia socio-sanitaria a nivel
nacional. Promover la formación y capacitación en materia de productos
biológicos.
ACCIONES
(Acciones sustituidas por art. 7° del Decreto N° 192/2026 B.O. 26/03/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado)
Desarrollar vacunas, inmunoterápicos, inmunobiológicos (antivenenos,
antitoxinas, etc.) y sus ingredientes farmacéuticos activos, reactivos
para uso diagnóstico y materiales biológicos de referencia que resulten
de interés sanitario.
Proyectar, diseñar y ejecutar programas de capacitación y entrenamiento del personal en los temas de su competencia.
Formular y desarrollar programas, planes y proyectos sustantivos propios de la responsabilidad primaria del Instituto.
Fortalecer el sistema de gestión de la calidad observando el
cumplimiento de la legislación y normativa vigente aplicable, dentro
del ámbito de su competencia, así como fomentar los principios de
gestión de la calidad atendiendo la mejora continua en el desempeño
institucional.
Diseñar e implantar un sistema de farmacovigilancia de sus laboratorios, conforme la normativa aplicable.
Elaborar y custodiar, en el ámbito de su competencia, materiales biológicos de referencia.
Asesorar, capacitar y brindar servicios a terceros en materia de
investigación, desarrollo, innovación, producción y control de la
calidad en productos biológicos.
INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES VIRALES HUMANAS "DR. JULIO MAIZTEGUI"
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar actividades relacionadas con el
diagnóstico, la investigación, el tratamiento y la prevención de las
enfermedades virales humanas.
ACCIONES
1) Ejecutar estudios de virología en investigaciones biotecnológicas y epidémicas.
2) Realizar estudios tendientes a relacionar el ecosistema y sus modificaciones con las patologías humanas.
3) Producir vacunas virales de acuerdo a las necesidades del país y a las decisiones gubernamentales.
4) Realizar el control de calidad de las vacunas que se elaboran en el Instituto.
5) Conducir la vigilancia epidemiológica de las fiebres hemorrágicas.
6) Coordinar y mantener un sistema de intercambio
permanente con los Centros Referenciales provinciales en las materias
de su incumbencia y relacionados a información, insumos de referencia y
capacitación.
INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGIA "DR. MARIO FATALA CHABEN"
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
(Responsabilidad Primaria sustituidas por art. 6° del Decreto N° 192/2026 B.O. 26/03/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado)
Dirigir y coordinar las tareas de investigación y de diagnóstico
referencial de los fenómenos causales de la enfermedad de Chagas, las
leishmaniasis y otras parasitosis de interés sanitario, integrando una
perspectiva eco-epidemiológica y de la economía de la salud para la
promoción del desarrollo de estrategias de prevención, control,
tratamiento y vigilancia, así como su transferencia efectiva en
políticas sanitarias. Coordinar las Redes Nacionales de Laboratorios en
el área de parasitología.
Coordinar acciones en materia de investigación, producción, diagnóstico, tratamiento, capacitación y normatización.
ACCIONES
(Acciones sustituidas por art. 6° del Decreto N° 192/2026 B.O. 26/03/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado)
Conducir las investigaciones sobre los fenómenos causales y la
distribución nacional y regional de las parasitosis de interés
sanitario, integrando un enfoque eco-epidemiológico que considere los
determinantes sociales, ambientales y territoriales.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.