FIESTAS NACIONALES
HOMENAJES
Decreto N° 1.635/1974
Normas para la celebración del "Día de la Afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Malvinas, islas y sector antártico".
Bs. As., 29/5/74.
VISTO la Ley 20.561, que instituye el 10 de junio como " Día de la
Afirmación de los Derechos Argentinos sobre Malvinas, islas y sector
antártico", y dispone su celebración y,
CONSIDERANDO:
Que el propósito perseguido por la ley, nace de un sentimiento común a
todo el pueblo argentino que satisface en el pleno ejercicio de la
soberanía nacional en esa porción del territorio nacional;
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° -El dia 10 de
junio de cada año, a las 11 horas, en todos los establecimientos
y dependencias mencionados en el artículo 2° de la Ley 20.561, se
procederá a realizar un acto alusivo de reafirmación de nuestra
soberanía sobre Malvinas, islas y sector antártico.
Art. 2° -Los ministros y
titulares de entes descentralizados quedan autorizados a disponer en
sus respectivas jurisdicciones horarios distintos al previsto en el
artículo anterior, cuando ello sea necesario por razones o modalidades
de servicio.
Art. 3° -Por intermedio del Ministerio del Interior se invitará
a los señores Gobernadores de Provincias a adoptar medidas similares a
las contenidas en el presente decreto.Art. 4° -El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto tomará
las previsiones necesarias para que el presente decreto sea
cumplimentado en todas las dependencias diplomáticas y consulares
acreditadas en el exterior.Art. 5° -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
PERON.
Benito P. Llambi.
Alberto J. Vignes.
Angel F. Robledo.
Antonio J. Benítez.
Jorge A. Taiana.
José B. Gelbard.
Ricardo Otero.
José López Rega.
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