APICULTURA
APICULTURA
DECRETO N° 1.642
Bs. As., 27/11/74
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 20.876, cúmplase, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.