ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Decreto 1646/2007
Prorrógase la intervención al citado Ente, que fuera
dispuesta por el Decreto Nº 571/2007, como también la designación del
actual Interventor.
Bs. As., 14/11/2007
VISTO el Decreto Nº 571 del 21 de mayo de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto se dispuso la intervención
del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) por el plazo prorrogable
de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados a partir de la fecha de
su publicación.
Que la magnitud y complejidad de las tareas y
funciones asignadas por el artículo 4º del Decreto Nº 571/07,
determinan la necesidad de continuar con la política de intervención de
dicho organismo.
Que atento ello resulta necesario prorrogar el plazo
previsto en el artículo 1º del Decreto citado, así como la designación
del Interventor del citado Ente, quien deberá complementar las tareas e
informes previstos en el Decreto Nº 571/07 dentro del plazo establecido
en el presente.
Que la presente medida se dicta en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la
Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º— Prorrógase, desde su
vencimiento, la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
(ENARGAS), que fuera dispuesta por el Decreto Nº 571/07, por un plazo
de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.
Art. 2º— Prorrógase, por un plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días corridos, la designación del actual Interventor en
el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) señor D. Juan Carlos PEZOA
(D.N.I. Nº 6.440.752), quien continuará en el ejercicio de las
funciones y facultades conferidas por el Decreto Nº 571/07 y con la
remuneración allí prevista.
Art. 3º— En el plazo indicado en el
artículo 1º, el Interventor deberá dar cumplimiento a las funciones y
tareas previstas en el Decreto Nº 571/07.
Art. 4º— Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido.
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