MINISTERIO DE DEFENSA

Rango Decreto
Publicación 2006-11-16
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 1648/2006

Creánse la Dirección Nacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, dependiente de la Secretaría de Asuntos Militares y la Dirección de Comunicación Social con dependencia directa de la Unidad Ministro de Defensa. Apruébase la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la Subsecretaría de Coordinación.

Bs. As., 14/11/2006

VISTO el Expediente Nº 13.528/2006 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley Nº 26.078, el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 21 del 15 de abril de 2002 y su modificatoria y 1 del 19 de enero de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 825 del 13 de julio de 2005, modificatorio de su similar Nº 357 del 21 de febrero de 2002, incorporó a la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA los Objetivos 13, 14, 15 y 16 relacionados con el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Que la política institucional del MINISTERIO DE DEFENSA asigna alta prioridad a las actividades de instrumentación y difusión de las normas del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en lo que corresponde al área de su competencia.

Que por tal razón resulta necesario crear una unidad organizativa especializada, dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES, que ejecute las acciones pertinentes, relacionadas con las temáticas citadas.

Que en virtud de su especialización, el mencionado organismo deberá entender en la formulación de los asesoramientos y en la elaboración de los informes relativos a las causas referidas al personal militar que se tramiten por ante la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.

Que dicho organismo deberá orientar y proyectar la capacitación que deba llevarse a cabo en el ámbito de las Fuerzas Armadas para el afianzamiento y desarrollo del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Que por el Decreto Nº 1336 del 29 de diciembre de 2003 se sustituyó, entre otros, el Anexo II correspondiente al Artículo 2º del Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios - Objetivos – del Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE DEFENSA, por haberse transferido el objetivo relacionado con la supervisión del desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ambas de la jurisdicción precitada.

Que por la Decisión Administrativa Nº 21 del 15 de abril de 2002 y su modificatoria se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que asimismo, resulta aconsejable efectuar un reordenamiento de diferentes niveles organizativos, en la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE DEFENSA con el objeto de optimizar los fines estratégicos propuestos.

Que resulta necesario proceder a la modificación de la distribución de cargos del Presupuesto General de la Administración Nacional en la parte correspondiente al MINISTERIO DE DEFENSA para el Ejercicio 2006 a fin de efectuar la reconversión de niveles de la planta permanente, para llevar a cabo la cobertura de cargos de conducción.

Que el Artículo 11 de la Ley Nº 26.078 estableció que las facultades otorgadas por ella al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA y la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades atribuidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 11 de la Ley Nº 26.078.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Créanse la Dirección Nacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA y la Dirección de Comunicación Social con dependencia directa de la UNIDAD MINISTRO DE DEFENSA, de acuerdo con la responsabilidad primaria y acciones, que en el Anexo al presente artículo se menciona.
Art. 2º — Apruébase la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE DEFENSA, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente medida.
Art. 3º — Establécese que, hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas en el presente, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 993/91 (t.o.1995).
Art. 4º — Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006 en la parte correspondiente a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA - según la planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 5º — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Nilda Garré. — Felisa Miceli.

Anexo al Artículo 1º

UNIDAD MINISTRO

DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL

Responsabilidad Primaria

Dirigir la ejecución de acciones relativas a las relaciones institucionales, internas y externas como también la difusión de la información del MINISTERIO DE DEFENSA.

Acciones

1.

Participar en la elaboración y propuesta de la política comunicacional a efectos de vincular las expectativas de la población con las acciones del Gobierno Nacional en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA.

2.

Asistir al Ministro de Defensa en la articulación de acciones y esfuerzos con las unidades organizativas y organismos dependientes del Ministerio a fin de maximizar la capacidad de respuesta jurisdiccional ante las demandas recibidas.

3.

Proponer y administrar mecanismos de diagnóstico, análisis, y evaluación del tratamiento que los medios de comunicación realizan sobre la información inherente a las políticas impulsadas.

4.

Desarrollar e implementar mecanismos que favorezcan el establecimiento de vínculos institucionales entre el MINISTERIO DE DEFENSA y todos los actores sociales relacionados con la temática.

5.

Coordinar la organización de los eventos políticos, académicos y formativos, nacionales e internacionales que se realicen dentro del ámbito del Ministerio, estableciendo las prioridades pertinentes para que los mismos reflejen la ejecución de las políticas que el Gobierno Nacional impulsa desde esta jurisdicción.

6.

Difundir información y/o publicaciones relacionadas con la actividad del Ministerio.

7.

Efectuar la organización de las reuniones de prensa y demás actos de difusión.

SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES

DIRECCION NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL

HUMANITARIO

Responsabilidad Primaria:

Instrumentar y difundir en el área de su competencia las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario con el objeto de afianzar el respeto y protección de los derechos esenciales de las personas, tanto en tiempos de paz como de conflicto, en concurrencia con las facultades que en esta materia corresponden en particular a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Acciones:

1.

Asistir en el análisis de las cuestiones vinculadas con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario en el ámbito de su competencia y en concurrencia con las facultades que en esta materia corresponden en particular a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

2.

Dirigir y coordinar las medidas y acciones tendientes a la aplicación y difusión del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario en el ámbito civil y militar del área de Defensa.

3.

Evaluar, coordinar y supervisar la intervención del área de Defensa en la aplicación y cumplimiento de las normas locales y las Convenciones y Tratados Internacionales relativos al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

4.

Elaborar, coordinar y supervisar los programas de cooperación e intercambio del área de Defensa con organismos nacionales e internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, en materia de implementación y difusión del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

5.

Coordinar y supervisar la colaboración del área de Defensa en las investigaciones judiciales vinculadas con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

6.

Intervenir en el asesoramiento y la elaboración de los informes relativos a cuestiones vinculadas al área de Defensa que tramiten ante la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS u otros organismos creados en virtud de las Convenciones o Tratados Internacionales relativos al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, en concurrencia con las facultades que en esta materia correspondan a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

7.

Intervenir en la orientación y formulación de los planes de capacitación de las Fuerzas Armadas con el objetivo de profundizar la enseñanza y la difusión del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario en concurrencia con las facultades que en esta materia correspondan a la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

8.

Representar al área de Defensa en la Comisión de Aplicación del Derecho Internacional Humanitario creada por el Decreto Nº 933 del 16 de junio de 1994.

ANEXO I

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ANEXO II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

Responsabilidad primaria:

Representar judicialmente y asesorar jurídicamente a las distintas áreas del MINISTERIO DE DEFENSA y actuar como delegación del Cuerpo de Abogados del Estado.

Acciones:

1.

Ejercer la defensa de los intereses del ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA, ante los órganos jurisdiccionales de cualquier fuero y supervisar la defensa de la jurisdicción, por parte de los apoderados, en las provincias.

2.

Elaborar dictámenes jurídicos previos al dictado del acto administrativo que pudiere afectar derechos subjetivos o intereses legítimos y mantener las relaciones con la Dirección del Cuerpo de Abogados del Estado.

3.

Intervenir en la tramitación de los recursos administrativos reglados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su reglamentación, emitiendo dictamen y proyectando los actos administrativos pertinentes.

4.

Dictaminar en los reclamos y recursos del personal con estado militar, previstos en la Ley Nº 19.101.

5.

Asesorar respecto de la legalidad de los actos sometidos a consideración del Ministro, emanados de los organismos y entidades que actúan en su jurisdicción y supervisar las formulaciones de legislación, particulares del sector.

6.

Intervenir como órgano consultivo en aquellas cuestiones complejas o de cualquier naturaleza, en apoyo de las decisiones políticas, participando en su fundamentación.

7.

Mantener actualizado el repertorio del centro documental sobre legislación, doctrina nacional y comparada, jurisprudencia judicial y administrativa, en lo que resulta competencia del MINISTERIO DE DEFENSA.

DIRECCION DE ASUNTOS JUDICIALES

Acciones:

1.

Ejercer la representación judicial del ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE DEFENSA en las jurisdicciones de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, SAN ISIDRO, SAN MARTIN, MORON, LOMAS DE ZAMORA, CAMPANA, ZARATE, LA PLATA, LA MATANZA y QUILMES, ante cualquier fuero. En caso de demandas múltiples la representación del ESTADO NACIONAL se hará según las indicaciones del Procurador del Tesoro de la Nación.

2.

Instruir y supervisar a los delegados del Cuerpo de Abogados del Estado de las distintas jurisdicciones del interior ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA, en sus distintos ámbitos de competencia.

3.

Ejercer la representación judicial del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO en los reclamos del personal militar en actividad por reajustes de haberes efectuados en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, LA PLATA, COMODORO RIVADAVIA y RIO GALLEGOS ante excusación del representante del MINISTERIO PUBLICO en los dos últimos supuestos.

4.

Instruir y fiscalizar a los apoderados fiscales en los juicios iniciados por el personal militar activo contra el ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA y supervisar las contestaciones y tramitación de expedientes judiciales en el interior del país, en especial en las jurisdicciones asignadas por la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION al MINISTERIO DE DEFENSA (USHUAIA, RIO GRANDE, RIO GALLEGOS, COMODORO RIVADAVIA, RAWSON).

5.

Mantener el registro de las actuaciones judiciales que permitan conocer el estado de trámite de las mismas.

6.

Asesorar al Director General en la conveniencia de iniciar acciones judiciales, arribar a acuerdos transaccionales, interponer recursos no obligatorios o cualquier otra medida en aquellos supuestos en que se encuentren involucrados los intereses del ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA.

7.

Promover las acciones penales correspondientes en aquellos supuestos en los que se vean comprometidos los intereses del ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA por hechos delictivos de los que tuviere conocimiento.

8.

Asignar y ordenar a los distintos servicios jurídicos de las Fuerzas Armadas y a los organismos centralizados y descentralizados dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA a fin de que asuman la defensa y representación de los intereses del ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA en los juicios que involucren directamente a esos organismos o dependencias.

DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES

Acciones:

1.

Colaborar con el Director General en la producción de los asesoramientos jurídicos que sean requeridos por la UNIDAD MINISTRO y las distintas áreas del MINISTERIO DE DEFENSA.

2.

Emitir los dictámenes jurídicos previos al dictado de actos administrativos emitidos por el Ministro, Secretarios, Subsecretarios y todo otro funcionario del MINISTERIO DE DEFENSA que lo requiera.

3.

Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones y disposiciones vinculadas con las actividades sustantivas propias del MINISTERIO DE DEFENSA.

4.

Emitir dictámenes previos a la intervención de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS o de la PRESIDENCIA DE LA NACION respecto de actos administrativos de carácter general o particular cuando se generen en el MINISTERIO DE DEFENSA o sus organismos dependientes o en otras carteras ministeriales y que se encuentren vinculados a la competencia de ese Ministerio.

5.

Elaborar proyectos de veto a las leyes sancionadas por el CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA antes de la promulgación por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL, referentes a las cuestiones vinculadas al MINISTERIO DE DEFENSA.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.