ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Decreto 168/2012
Modifícase el Decreto Nº 357/02, relacionado con el organigrama del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Bs. As., 3/2/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0500693/2011 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley de Ministerios (texto ordenado
por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, el Decreto Nº 357 de fecha
21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de
aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada, hasta
nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus Objetivos, incluyendo la
parte pertinente al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que resulta imprescindible, a efectos de garantizar el cumplimiento de
las obligaciones del ESTADO NACIONAL, perfeccionar lo dispuesto en la
citada norma legal, estableciendo medidas inspiradas en criterios de
eficiencia y racionalidad, que permitan brindar una rápida respuesta a
las demandas de un sector sustancial en la promoción del desarrollo
económico del país.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la debida intervención.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
emergentes del Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese del
Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y
sus modificatorios - Organigrama de Aplicación de la Administración
Pública Nacional centralizada, el Apartado XXIV —correspondiente al
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA—, el que quedará
conformado de acuerdo con el detalle que se acompaña como planilla
anexa al presente artículo.
Art. 2º — Sustitúyese del Anexo
II del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios el
Apartado XXIV correspondiente a los Objetivos de las Secretarías y
Subsecretarías del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, los
que quedarán redactados de conformidad con el detalle que se acompaña
como planilla anexa al presente artículo.
Art. 3º — Hasta tanto se
concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente
medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes
con nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán
las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la
fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones
Ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008.
Art. 4º — Facúltase al señor
Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca a definir la dependencia
transitoria de las unidades organizativas de primer y segundo nivel de
apertura afectadas por lo dispuesto en la presente medida.
Art. 5º —Establécese que en un
plazo de SESENTA (60) días el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA deberá elevar la propuesta de estructura organizativa de
conformidad con lo establecido en el presente decreto.
Art. 6º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 7º —Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Norberto
G. Yauhar.
Planilla Anexa al Artículo 1º
XXIV. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
- SUBSECRETARIA DE COMUNICACION INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA
- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
- SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA
- SUBSECRETARIA DE GANADERIA
- SUBSECRETARIA DE LECHERIA
- SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA
- SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS
- SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR
- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE ECONOMIAS REGIONALES
- SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR
- SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION POLITICA
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL
Planilla Anexa al Artículo 2º
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SUBSECRETARIA DE COMUNICACION INSTITUCIONAL
OBJETIVOS
Organizar y dirigir las actividades de comunicación, difusión y
publicidad, correspondientes a toda la Jurisdicción Ministerial,
coordinando con las áreas pertinentes de los organismos
descentralizados.
Programar la difusión de las informaciones y la publicidad
correspondientes a toda la Jurisdicción, en los medios de comunicación
del país, de conformidad con la normativa vigente.
Analizar, evaluar y sistematizar la información periodística que se
refiera o interese a la Jurisdicción, elaborar la síntesis de las
informaciones locales y del exterior y sistematizar la recopilación de
la información gráfica y audiovisual.
Coordinar las necesidades de prensa y difusión de todas las áreas de la Jurisdicción.
Producir información sobre temas atinentes a la Jurisdicción para su difusión.
Realizar, cuando así se requiera, sondeos de opinión sobre temas de competencia del Ministerio.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
TECNICA Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal,
técnico y administrativo de la Jurisdicción y fiscalizarlas en sus
organismos descentralizados.
Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción, y en la evaluación de su cumplimiento.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la Jurisdicción.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos efectuando los
trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos
humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo
necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la
Jurisdicción
Coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas
relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables,
patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de las
unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las
unidades ejecutoras de préstamos.
Fiscalizar y coordinar la información administrativo-financiera proveniente de las entidades descentralizadas dependientes.
Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos,
organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y
coordinar su aplicación.
Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la
Jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo, como así también el contralor de las notificaciones
producidas por la Jurisdicción.
Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos
de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que
introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva
de la Jurisdicción.
Supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a
sus organismos descentralizados y la defensa del ESTADO NACIONAL en
juicio.
Entender en la administración de los espacios físicos de la Jurisdicción.
Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de
créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de su Jurisdicción.
Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
OBJETIVOS
Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción,
comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia
agropecuaria, pesquera, forestal, agroindustrial y agroenergética,
coordinando y conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las
provincias y los diferentes subsectores.
Promover la utilización y conservación de los agroecosistemas y
recursos naturales destinados a la producción agrícola, frutihortícola,
ganadera, forestal y pesquera a fin de acrecentar el capital productivo
del país y el desarrollo económico del sector, incluyendo la
diferenciación y el valor agregado en origen.
Realizar el seguimiento de la producción, de los mercados nacionales
e internacionales y de los programas, proyectos y actividades de su
competencia.
Entender en el diseño y ejecución de las políticas de desarrollo,
promoción, calidad; bioseguridad y sanidad de productos,
industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal o
vegetal, promoviendo los estándares de comercialización respectivos.
Intervenir en lo relativo a la aplicación de la política comercial interna de productos agropecuarios.
Controlar la aplicación de los marcos regulatorios y el cumplimiento
de las prestaciones de los servicios públicos del sector agropecuario
que son brindados por el sector privado.
Promover y desarrollar la actividad hípica, controlando la
aplicación de las normas referidas a dicha actividad e impulsando el
conocimiento de la producción nacional de ejemplares equinos en el
exterior.
Coordinar, en el ámbito de su competencia, acciones con las
distintas regiones del país a fin de desconcentrar la ejecución de las
políticas de la Jurisdicción y facilitar la integración con los
distintos sectores del quehacer agropecuario, agroindustrial, forestal
y alimentario.
Promover la creación de un sistema integral de gestión de
información y estadística agropecuaria a fin de permitir la actuación
coordinada del Ministerio y los organismos descentralizados de la
Jurisdicción.
Actuar como Autoridad Nacional de Aplicación y Contralor de la Ley
Nº 9.643, en lo relativo a Warrants y Certificados de Depósito.
Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el
desarrollo de la actividad agropecuaria y forestal y de las
agroindustrias asociadas, la evaluación de sus tendencias, tanto en el
país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter
global o sectorial que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha
actividad.
Entender en la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y
financiamiento de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales y
de las agroindustrias asociadas, procurando la sostenibilidad de los
recursos naturales.
Asistir al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en la
supervisión de los programas, proyectos y actividades del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS,
el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y el
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA y en la evaluación de sus
desempeños.
Entender en la propuesta y ejecución de la política de fomento y
regulación de la pesca y acuicultura, así como también la
industrialización, comercialización y transporte de sus productos.
Participar en la celebración de acuerdos bilaterales y/o
multilaterales que permitan una mejor administración, conservación y
ordenamiento de los recursos, incluyendo los de alta mar e intervenir
en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de
interés para la actividad.
Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el
desarrollo de la producción de alimentos y de las agroindustrias,
evaluar sus tendencias, tanto en el país como en el exterior,
proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial, que
posibiliten impulsar el desarrollo de dichas actividades.
Entender en las políticas y medidas a adoptar en el área de los
recursos genéticos para la alimentación y la agricultura, en la
promoción, conservación y regulación de las especies y recursos
genéticos de los agroecosistemas.
Entender en las autorizaciones de liberación al medio y
comercialización de organismos genéticamente modificados para uso
agropecuario.
Intervenir en las situaciones contempladas en la Ley de Defensa de
la Competencia Nº 25.156, cuando involucren al productor agropecuario.
Coordinar y controlar la operatoria referida a la matriculación y
fiscalización de las personas físicas y jurídicas que intervengan en el
comercio y la industrialización de las distintas cadenas
agroalimentarias.
Entender en la aplicación de la Ley Nº 26.141 - REGIMEN PARA LA
RECUPERACION, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD CAPRINA y de la Ley
Nº 25.422 de RECUPERACION DE LA GANADERIA OVINA.
Entender en el diseño de planes, programas y proyectos para el
fortalecimiento de la competitividad de las cadenas productivas
agropecuarias vinculadas con los insumos, la maquinaria agrícola y la
actividad de los contratistas rurales.
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA
OBJETIVOS
Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y
programas relacionados con los productores y la producción agrícola
—extensiva e intensiva— y los mercados agrícolas y forestales,
procurando el adecuado equilibrio entre productividad, sostenibilidad
de los recursos naturales y distribución territorial.
Realizar las propuestas y coordinar la ejecución de las políticas de
comercialización, regulación y fiscalización de la producción agrícola,
asistiendo en el seguimiento de los mercados agrícolas, así como en las
negociaciones comerciales y sanitarias de estos rubros.
Proponer y coordinar la ejecución de políticas tendientes al
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