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MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decreto 1681/2014

**Créase el cargo de Personal del

Servicio Exterior en la Secretaría de Coordinación

Político-Institucional y Emergencia Agropecuaria. Designación.**

Bs. As., 29/9/2014

VISTO el Expediente Nº S05:0052659/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. y

CONSIDERANDO:

Que atento al impacto del sector agroalimentario nacional en los

mercados internacionales, el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y

PESCA, considera adecuado fortalecer su presencia en el exterior y

jerarquizar sus representaciones.

Que a tales efectos resulta procedente crear el cargo de personal del

Servicio Exterior de la Nación con rango de Ministro Plenipotenciario

de Segunda Clase en la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO -

INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del citado Ministerio y en

consecuencia modificar la distribución del Presupuesto General de la

Administración Nacional para el Ejercicio 2014 aprobado por la Ley Nº

26.895, en la parte correspondiente al MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA.

Que el citado Ministerio propone la designación del Licenciado en

Ciencia Política Don Facundo Patricio NEJAMKIS (M.I. Nº 24.030.891)

como Agregado Especializado en el Area Agrícola de la Representación

Argentina en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), con sede en la Ciudad

de Montevideo, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.

Que la persona propuesta reúne las condiciones de idoneidad y

experiencia necesarias que lo habilitan para el desempeño de las tareas

que le serán encomendadas.

Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de

2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por

los Artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, 10 de la

Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, sus modificatorias y

complementarias y 7° y 10 de la Ley Nº 26.895.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la

distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para

el Ejercicio 2014 aprobado por la Ley Nº 26.895, en la parte

correspondiente al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de

acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente

artículo, las que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Créase en el ámbito

de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA

AGROPECUARIA del citado Ministerio, el cargo de personal del Servicio

Exterior de la Nación con rango de Ministro Plenipotenciario de Segunda

Clase.

Art. 3° — Desígnase como

Agregado Especializado en el Area Agrícola de la Representación

Argentina en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), con sede en la Ciudad

de Montevideo, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, al Licenciado en Ciencia

Política Don Facundo Patricio NEJAMKIS (M.I. Nº 24.030.891).

Art. 4° — Establécese que dicho

funcionario tendrá rango de Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase

al solo efecto protocolar y mientras dure el desempeño de sus funciones

en dicho cargo.

Art. 5° — Otórgase al

Licenciado en Ciencia Política Don Facundo Patricio NEJAMKIS (M.I. Nº

24.030.891) como remuneración mensual por todo concepto, una

suma equivalente a la que perciba en el destino mencionado, el

funcionario del Servicio Exterior de la Nación que reviste en la

categoría propia del rango acordado por el artículo precedente.

Art. 6° — La remuneración total

fijada, será la que deberá considerarse a los efectos previstos en los

Artículos 57 y 58 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº

20.957, sus modificatorias y complementarias, para la liquidación de

los gastos de instalación derivados del destino establecido por el

Articulo 3° de la presente medida.

Art. 7° — Las erogaciones

emergentes del cumplimiento del presente decreto serán atendidas con

cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE

AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del ejercicio vigente.

Art. 8° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M.

Timerman. — Carlos H. Casamiquela.


NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

(Nota Infoleg:*

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: Anexos)*