MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 174/2014
Decretos N° 357/2002 y N° 1486/2011. Modificaciones.
Bs. As., 10/2/2014
VISTO el Expediente S04:0062355/2013 del registro del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto N°
438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nros.
357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 1755 del 23 de
octubre de 2008 y 1486 del 23 de setiembre de 2011, sus modificatorios
y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 357/02 y sus modificatorios se aprobó el
organigrama de aplicación de la administración nacional centralizada,
hasta nivel de Subsecretaría.
Que por el Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que en función de las competencias asignadas a las distintas áreas del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, resulta conveniente
reordenar sus responsabilidades, estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que, en tal sentido, entre los pilares del Plan Estratégico del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se encuentran la mejora del
sistema de justicia y el desarrollo de políticas penitenciarias para la
integración social.
Que, a los efectos de una más eficaz administración de los recursos del
Estado, resulta conveniente el desarrollo conjunto de tales desafíos
estratégicos, en la órbita de una misma unidad organizativa.
Que, en consecuencia, a efectos de posibilitar mediante un nuevo diseño
organizacional el logro de los fines propuestos, es necesario
establecer la nueva conformación de la estructura de la SECRETARIA DE
JUSTICIA.
Que, asimismo, entre los objetivos institucionales del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se encuentra el de facilitar a la población
el acceso a la justicia, promoviendo la igualdad en el tratamiento de
los habitantes, como así también la formulación y aplicación de
políticas y programas de promoción y fortalecimiento de los derechos
fundamentales.
Que en el marco de las políticas públicas de inclusión del Gobierno
Nacional la noción de acceso a la justicia trasciende a la de acceso a
la jurisdicción, relacionándose con la posibilidad de las personas, en
igualdad de condiciones, de ejercer sus derechos, superando los
obstáculos de cualquier índole que lo impidan, especialmente los
derivados del estado de vulnerabilidad económica, o de la existencia de
alguna discapacidad.
Que para el cumplimiento de tales fines, resulta necesario jerarquizar las áreas con competencia en la materia.
Que esta medida implica mejorar la calidad y el orden institucional,
inscribiéndose en las políticas inclusivas del Estado Nacional.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la
medida que aquí se propicia.
Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los
lineamientos fijados por el Decreto N° 1545 del 31 de agosto de 1994,
sus normas complementarias y modificatorias.
Que han tomado la intervención que les compete la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese del
Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357/02 y modificatorios
—Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XVII - MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS, de conformidad con la Planilla anexa al presente
artículo.
Art. 2° — Sustitúyese del Anexo
II al artículo 2° del Decreto N° 357/02 y modificatorios —Objetivos— el
apartado XVII - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en la parte
correspondiente a la SECRETARIA DE JUSTICIA, el que quedará conformado
de acuerdo con la Planilla anexa al presente artículo.
Art. 3° — Sustitúyese el Anexo
If al artículo 1° del Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios
—Organigrama—, correspondiente a la SECRETARIA DE JUSTICIA del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que quedará conformado de
acuerdo con la Planilla anexa al presente artículo.
Art. 4° — Establécese que el
CONSEJO FEDERAL PENITENCIARIO, creado por el Decreto N° 8 del 6 de
enero de 2011, dependerá en forma directa de la SUBSECRETARIA DE
RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de la
SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 5° — Sustitúyese el Anexo
II - Responsabilidad Primaria y Acciones al artículo 1° del Decreto N°
1486/11 y sus modificatorios, en la parte correspondiente a la
SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,
el que quedará conformado de acuerdo con la Planilla anexa al presente
artículo.
Art. 6° — Establécese que las
unidades de segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE JUSTICIA del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS aprobadas por el Decreto N°
1755/08 y sus modificatorios, mantendrán su vigencia con las Funciones
Ejecutivas, adicionales y suplementos vigentes. Asimismo, mantendrán su
vigencia las unidades de nivel departamental y sus unidades
dependientes, con la asignación de los adicionales y suplementos
asignados.
Art. 7° — Establécese que
mantendrá su vigencia la estructura organizativa de la DIRECCION
NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL aprobada por la Decisión
Administrativa N° 516 del 19 de diciembre de 1996.
Art. 8° — Facúltase al Ministro
de Justicia y Derechos Humanos a aprobar el anexo de dotación de la
estructura organizativa de la jurisdicción, de conformidad con los
créditos y cargos establecidos para la misma, por la Ley de Presupuesto
de Gastos y Recursos de la Administración Nacional. Dicha facultad
deberá ser ejercida previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 9° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
que se asignen a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
Art. 10. — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C.
Alak.
Planilla Anexa al artículo 1°
XVII.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION
- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION ESTRATEGICA
- SECRETARIA DE JUSTICIA
- SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS
- SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL
- SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA
- SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL
- SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS
- SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS
- SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE DERECHOS HUMANOS
Planilla Anexa al artículo 2°
XVII. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SECRETARIA DE JUSTICIA.
OBJETIVOS
Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones
con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el DEFENSOR DEL PUEBLO,
el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA NACION.
Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones
con organizaciones no gubernamentales del ámbito profesional, judicial,
académico y social.
Intervenir en los programas de reforma judicial.
Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la
intervención que le compete en la organización del PODER JUDICIAL y en
el nombramiento de los magistrados, conforme a los procedimientos y
recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL.
Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la
organización y nombramiento de magistrados del MINISTERIO PUBLICO
conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION
NACIONAL y leyes complementarias.
Elaborar anteproyectos de reforma y actualización legislativa y
entender en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas.
Supervisar las acciones del Sistema Argentino de Información Jurídica.
Desarrollar actividades de colaboración en materias de su
competencia con las provincias y organismos oficiales y privados,
mediante la prestación del apoyo y cooperación necesarios para
optimizar la realización de sus tareas.
Asistir al Ministro en el seguimiento del trámite parlamentario de
los proyectos de competencia de la jurisdicción y en lo relacionado con
el ejercicio constitucional del veto.
Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la
intervención que requieran los litigios en el que el interés del Estado
nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse comprometido, sin
asumir la calidad de parte en el juicio.
Efectuar el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en
otras áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del
Ministerio.
Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la
coordinación de las actividades de cooperación jurídica nacional e
internacional.
Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en los temas
relacionados con medios alternativos de resolución de disputas.
Conducir los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria, correspondientes al ámbito del Ministerio.
Intervenir en las actividades relativas a la aplicación del régimen
de extradición y promover el desarrollo consensuado de políticas
comunes con organismos internacionales y de otros países, en especial
los limítrofes, en la materia de su competencia.
Intervenir en la definición de la política criminal de la Nación y las acciones a seguir en la materia.
Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la
administración y funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en
la política penitenciaria, en la reforma penitenciaria y en la
ejecución penal.
Asistir en el plan de construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Entender en las acciones relativas al desarrollo de la infraestructura penitenciaria.
Intervenir en el desarrollo de políticas comunes con organismos
internacionales y otros países, en especial los limítrofes, en materia
de política criminal.
Entender en las acciones relativas al Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.
Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social
de los internos, promoviendo el desarrollo de los patronatos de
liberados e intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.
Entender en las acciones vinculadas con el Programa Nacional de
Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con la
Administración de Justicia.
SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS.
OBJETIVOS
Asistir al Secretario de Justicia en lo inherente a las relaciones
de la jurisdicción con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el
DEFENSOR DEL PUEBLO, el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA
NACION y en lo relativo a su intervención en los programas de reforma
judicial.
Asistir al Secretario de Justicia en materia de la intervención que
compete a la jurisdicción en la organización del PODER JUDICIAL y el
MINISTERIO PUBLICO, y en el nombramiento de los magistrados, conforme a
los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL y
leyes complementarias.
Participar en la elaboración de anteproyectos normativos en las
materias de su competencia, especialmente en los atinentes a reforma y
actualización legislativa y entender en el ordenamiento y compilación
de normas jurídicas.
Asistir al Secretario de Justicia en lo concerniente al seguimiento
del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la
jurisdicción, y en lo relacionado con el ejercicio constitucional del
veto.
Asistir al Secretario de Justicia en lo referido a la intervención
que requieran de la jurisdicción los litigios en que el interés del
Estado Nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse
comprometido, sin asumir la calidad de parte en el juicio.
Participar en el estudio de proyectos de leyes y decretos originados
en otras áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Asistir al Secretario de Justicia en lo atinente a la coordinación
de las actividades de cooperación jurídica nacional e internacional.
Asistir al Secretario de Justicia en lo inherente a la intervención
de la jurisdicción en las actividades relativas a la aplicación del
régimen de extradición y promover el desarrollo consensuado de
políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en
especial los limítrofes, en la materia de su competencia.
Asistir al Secretario en la política penitenciaria y en la elaboración de propuestas de reforma en la materia.
Asistir al Secretario en materia de ejecución penal y, en su caso,
proponer políticas y programas relativos a dicha problemática en todos
sus segmentos.
Asistir al Secretario en la administración y funcionamiento del
Servicio Penitenciario Federal, y en la coordinación de las acciones
con los servicios penitenciarios provinciales.
Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social
de los internos, promoviendo el desarrollo de los patronatos de
liberados.
Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas vinculadas con la problemática penitenciaria y el sistema penitenciario.
Intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.
Coordinar el accionar del CONSEJO FEDERAL PENITENCIARIO.
Entender en el relevamiento de la infraestructura de las unidades Penitenciarias Federales.
Efectuar el diagnóstico de las necesidades de construcción y mantenimiento de las Unidades Penitenciarias Federales.
Asistir al Secretario en el diseño y elaboración del plan de
construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias en
coordinación con el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Desarrollar estudios previos y evaluar planes, programas y
proyectos en materia de infraestructura en el ámbito del sistema
penitenciario federal.
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