MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rango Decreto
Publicación 2014-02-12
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 174/2014

Decretos N° 357/2002 y N° 1486/2011. Modificaciones.

Bs. As., 10/2/2014

VISTO el Expediente S04:0062355/2013 del registro del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto N°

438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nros.

357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 1755 del 23 de

octubre de 2008 y 1486 del 23 de setiembre de 2011, sus modificatorios

y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357/02 y sus modificatorios se aprobó el

organigrama de aplicación de la administración nacional centralizada,

hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios se aprobó la

estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que en función de las competencias asignadas a las distintas áreas del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, resulta conveniente

reordenar sus responsabilidades, estableciendo, asimismo, sus

competencias.

Que, en tal sentido, entre los pilares del Plan Estratégico del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se encuentran la mejora del

sistema de justicia y el desarrollo de políticas penitenciarias para la

integración social.

Que, a los efectos de una más eficaz administración de los recursos del

Estado, resulta conveniente el desarrollo conjunto de tales desafíos

estratégicos, en la órbita de una misma unidad organizativa.

Que, en consecuencia, a efectos de posibilitar mediante un nuevo diseño

organizacional el logro de los fines propuestos, es necesario

establecer la nueva conformación de la estructura de la SECRETARIA DE

JUSTICIA.

Que, asimismo, entre los objetivos institucionales del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se encuentra el de facilitar a la población

el acceso a la justicia, promoviendo la igualdad en el tratamiento de

los habitantes, como así también la formulación y aplicación de

políticas y programas de promoción y fortalecimiento de los derechos

fundamentales.

Que en el marco de las políticas públicas de inclusión del Gobierno

Nacional la noción de acceso a la justicia trasciende a la de acceso a

la jurisdicción, relacionándose con la posibilidad de las personas, en

igualdad de condiciones, de ejercer sus derechos, superando los

obstáculos de cualquier índole que lo impidan, especialmente los

derivados del estado de vulnerabilidad económica, o de la existencia de

alguna discapacidad.

Que para el cumplimiento de tales fines, resulta necesario jerarquizar las áreas con competencia en la materia.

Que esta medida implica mejorar la calidad y el orden institucional,

inscribiéndose en las políticas inclusivas del Estado Nacional.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO

DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la

medida que aquí se propicia.

Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los

lineamientos fijados por el Decreto N° 1545 del 31 de agosto de 1994,

sus normas complementarias y modificatorias.

Que han tomado la intervención que les compete la SECRETARIA DE

GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA

NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del

Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357/02 y modificatorios

—Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada

hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XVII - MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS, de conformidad con la Planilla anexa al presente

artículo.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo

II al artículo 2° del Decreto N° 357/02 y modificatorios —Objetivos— el

apartado XVII - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en la parte

correspondiente a la SECRETARIA DE JUSTICIA, el que quedará conformado

de acuerdo con la Planilla anexa al presente artículo.

Art. 3° — Sustitúyese el Anexo

If al artículo 1° del Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios

—Organigrama—, correspondiente a la SECRETARIA DE JUSTICIA del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que quedará conformado de

acuerdo con la Planilla anexa al presente artículo.

Art. 4° — Establécese que el

CONSEJO FEDERAL PENITENCIARIO, creado por el Decreto N° 8 del 6 de

enero de 2011, dependerá en forma directa de la SUBSECRETARIA DE

RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de la

SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 5° — Sustitúyese el Anexo

II - Responsabilidad Primaria y Acciones al artículo 1° del Decreto N°

1486/11 y sus modificatorios, en la parte correspondiente a la

SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,

el que quedará conformado de acuerdo con la Planilla anexa al presente

artículo.

Art. 6° — Establécese que las

unidades de segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE JUSTICIA del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS aprobadas por el Decreto N°

1755/08 y sus modificatorios, mantendrán su vigencia con las Funciones

Ejecutivas, adicionales y suplementos vigentes. Asimismo, mantendrán su

vigencia las unidades de nivel departamental y sus unidades

dependientes, con la asignación de los adicionales y suplementos

asignados.

Art. 7° — Establécese que

mantendrá su vigencia la estructura organizativa de la DIRECCION

NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL aprobada por la Decisión

Administrativa N° 516 del 19 de diciembre de 1996.

Art. 8° — Facúltase al Ministro

de Justicia y Derechos Humanos a aprobar el anexo de dotación de la

estructura organizativa de la jurisdicción, de conformidad con los

créditos y cargos establecidos para la misma, por la Ley de Presupuesto

de Gastos y Recursos de la Administración Nacional. Dicha facultad

deberá ser ejercida previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y

COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 9° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos

que se asignen a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS.

Art. 10. — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C.

Alak.

Planilla Anexa al artículo 1°

XVII.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Planilla Anexa al artículo 2°

XVII. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE JUSTICIA.

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones

con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el DEFENSOR DEL PUEBLO,

el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA NACION.

2.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones

con organizaciones no gubernamentales del ámbito profesional, judicial,

académico y social.

3.

Intervenir en los programas de reforma judicial.

4.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la

intervención que le compete en la organización del PODER JUDICIAL y en

el nombramiento de los magistrados, conforme a los procedimientos y

recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL.

5.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la

organización y nombramiento de magistrados del MINISTERIO PUBLICO

conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION

NACIONAL y leyes complementarias.

6.

Elaborar anteproyectos de reforma y actualización legislativa y

entender en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas.

7.

Supervisar las acciones del Sistema Argentino de Información Jurídica.

8.

Desarrollar actividades de colaboración en materias de su

competencia con las provincias y organismos oficiales y privados,

mediante la prestación del apoyo y cooperación necesarios para

optimizar la realización de sus tareas.

9.

Asistir al Ministro en el seguimiento del trámite parlamentario de

los proyectos de competencia de la jurisdicción y en lo relacionado con

el ejercicio constitucional del veto.

10.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la

intervención que requieran los litigios en el que el interés del Estado

nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse comprometido, sin

asumir la calidad de parte en el juicio.

11.

Efectuar el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en

otras áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del

Ministerio.

12.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la

coordinación de las actividades de cooperación jurídica nacional e

internacional.

13.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en los temas

relacionados con medios alternativos de resolución de disputas.

14.

Conducir los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria, correspondientes al ámbito del Ministerio.

15.

Intervenir en las actividades relativas a la aplicación del régimen

de extradición y promover el desarrollo consensuado de políticas

comunes con organismos internacionales y de otros países, en especial

los limítrofes, en la materia de su competencia.

16.

Intervenir en la definición de la política criminal de la Nación y las acciones a seguir en la materia.

17.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la

administración y funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en

la política penitenciaria, en la reforma penitenciaria y en la

ejecución penal.

18.

Asistir en el plan de construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

19.

Entender en las acciones relativas al desarrollo de la infraestructura penitenciaria.

20.

Intervenir en el desarrollo de políticas comunes con organismos

internacionales y otros países, en especial los limítrofes, en materia

de política criminal.

21.

Entender en las acciones relativas al Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.

22.

Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social

de los internos, promoviendo el desarrollo de los patronatos de

liberados e intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.

23.

Entender en las acciones vinculadas con el Programa Nacional de

Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con la

Administración de Justicia.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS.

OBJETIVOS

1.

Asistir al Secretario de Justicia en lo inherente a las relaciones

de la jurisdicción con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el

DEFENSOR DEL PUEBLO, el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA

NACION y en lo relativo a su intervención en los programas de reforma

judicial.

2.

Asistir al Secretario de Justicia en materia de la intervención que

compete a la jurisdicción en la organización del PODER JUDICIAL y el

MINISTERIO PUBLICO, y en el nombramiento de los magistrados, conforme a

los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL y

leyes complementarias.

3.

Participar en la elaboración de anteproyectos normativos en las

materias de su competencia, especialmente en los atinentes a reforma y

actualización legislativa y entender en el ordenamiento y compilación

de normas jurídicas.

4.

Asistir al Secretario de Justicia en lo concerniente al seguimiento

del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la

jurisdicción, y en lo relacionado con el ejercicio constitucional del

veto.

5.

Asistir al Secretario de Justicia en lo referido a la intervención

que requieran de la jurisdicción los litigios en que el interés del

Estado Nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse

comprometido, sin asumir la calidad de parte en el juicio.

6.

Participar en el estudio de proyectos de leyes y decretos originados

en otras áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

7.

Asistir al Secretario de Justicia en lo atinente a la coordinación

de las actividades de cooperación jurídica nacional e internacional.

8.

Asistir al Secretario de Justicia en lo inherente a la intervención

de la jurisdicción en las actividades relativas a la aplicación del

régimen de extradición y promover el desarrollo consensuado de

políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en

especial los limítrofes, en la materia de su competencia.

9.

Asistir al Secretario en la política penitenciaria y en la elaboración de propuestas de reforma en la materia.

10.

Asistir al Secretario en materia de ejecución penal y, en su caso,

proponer políticas y programas relativos a dicha problemática en todos

sus segmentos.

11.

Asistir al Secretario en la administración y funcionamiento del

Servicio Penitenciario Federal, y en la coordinación de las acciones

con los servicios penitenciarios provinciales.

12.

Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social

de los internos, promoviendo el desarrollo de los patronatos de

liberados.

13.

Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas vinculadas con la problemática penitenciaria y el sistema penitenciario.

14.

Intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.

15.

Coordinar el accionar del CONSEJO FEDERAL PENITENCIARIO.

16.

Entender en el relevamiento de la infraestructura de las unidades Penitenciarias Federales.

17.

Efectuar el diagnóstico de las necesidades de construcción y mantenimiento de las Unidades Penitenciarias Federales.

18.

Asistir al Secretario en el diseño y elaboración del plan de

construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias en

coordinación con el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

19.

Desarrollar estudios previos y evaluar planes, programas y

proyectos en materia de infraestructura en el ámbito del sistema

penitenciario federal.

20.

Intervenir en la elaboración de Pliegos de Bases y condiciones

generales, cláusulas especiales, especificaciones técnicas, cómputo y

presupuesto para la contratación de obras, mantenimiento y equipamiento

de las unidades penitenciarias, y sus modificaciones edilicias para

éstas.

21.

Intervenir en la etapa de la evaluación técnica de las ofertas, en

el proceso de contratación de obras penitenciarias y servicios de

mantenimiento de las mismas, entendiendo en el monitoreo y supervisión

de las obras penitenciarias y servicios de mantenimiento contratados.

22.

Brindar asesoramiento y asistencia técnica a las jurisdicciones

provinciales que lo soliciten, aportando respuestas actualizadas en

materia de arquitectura penitenciaria, mediante la celebración de

convenios.

SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

OBJETIVOS

1.

Asistir al Secretario en la propuesta de lineamientos de la política

criminal de la Nación y de las acciones a seguir en la materia.

2.

Entender en la elaboración de anteproyectos normativos en las materias de su competencia.

3.

Entender en la coordinación de la Unidad Especial de Investigación

del atentado terrorista perpetrado el 18 de julio de 1994 contra la

sede de la ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA (AMIA), creada por el

Decreto N° 452/00.

4.

Intervenir en el desarrollo de políticas comunes con organismos

internacionales y otros países, en especial los limítrofes, en materia

de política criminal.

5.

Asistir al Secretario en las acciones relativas al Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.

6.

Coordinar los Planes y Programas existentes o a crearse en el ámbito de su competencia.

7.

Realizar estudios, investigaciones y estadísticas referentes a cuestiones de Política Criminal y Prevención del Delito.

SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA

OBJETIVOS

1.

Asistir al Secretario de Justicia en la conducción de los programas

jurídicos, sociales y de atención comunitaria, correspondientes al

ámbito del Ministerio.

2.

Asistir al Secretario de Justicia en lo relativo a los temas relacionados con medios alternativos de resolución de disputas.

3.

Intervenir en la supervisión de las acciones del Sistema Argentino de Información Jurídica.

4.

Coordinar los Planes y Programas existentes o a crearse en el ámbito de su competencia.

5.

Asistir al Secretario de Justicia en las relaciones de la

jurisdicción con organizaciones no gubernamentales del ámbito

profesional, judicial, académico y social.

6.

Asistir al Secretario en las acciones relativas al Programa Nacional

de Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con

la Administración de Justicia.

Planilla Anexa al artículo 3°

[IMG]

Planilla Anexa al Artículo 5°

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN SISTEMAS JUDICIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Secretaría de Justicia a través de la Subsecretaría de

Relaciones con el Poder Judicial y Asuntos Penitenciarios en las

actividades de cooperación jurídica internacional y en el desarrollo de

políticas comunes con organismos internacionales y con otros países, en

especial limítrofes, en materias de competencia de la jurisdicción.

Intervenir en los procesos de reforma del sistema judicial.

Asistir en la coordinación de las relaciones del Ministerio con

Organizaciones No Gubernamentales del ámbito profesional, judicial,

académico y social, nacionales o internacionales, en los temas de su

competencia.

ACCIONES:

1.

Intervenir en el estudio y elaboración de normas de carácter

internacional en materias vinculadas a las competencias de la

jurisdicción.

2.

Relevar, actualizar y efectuar el seguimiento de los procesos de

reforma de los sistemas judiciales en los distintos países, y de la

normativa internacional en los temas de competencia específica de la

Secretaría, su estado de incorporación al derecho interno e

implementación, a los fines de su cumplimiento.

3.

Entender en toda solicitud de asesoramiento y cooperación en

materias de carácter internacional que ingresen a la Jurisdicción.

4.

Intervenir en los programas y planes de reforma del sistema judicial

de acuerdo a las planificaciones efectuadas por la Secretaría de

Justicia.

5.

Intervenir en lo que corresponda a la competencia del Ministerio en el marco de la Ley N° 24.767.

6.

Entender en el cumplimiento de tratados internacionales de

asistencia y cooperación judicial penal y de traslado de condenados en

los que el Ministerio sea autoridad de aplicación.

7.

Entender como autoridad de aplicación del Tratado de Asistencia

Jurídica Mutua en Asuntos Penales suscripto con el Gobierno de Los

Estados Unidos de América, aprobado por Ley N° 24.034.

8.

Asistir en la coordinación de las relaciones institucionales con

Organizaciones No Gubernamentales del ámbito profesional, judicial,

académico y social de la República Argentina.

9.

Asistir en lo relativo a las relaciones de cooperación y asistencia

técnica y/o complementación institucional establecidas por el

Ministerio con organizaciones y organismos nacionales, internacionales

y extranjeros.

10.

Establecer el enlace y coordinación de las distintas áreas de la

Secretaría de Justicia en la formulación de políticas internacionales.

11.

Contribuir a la implementación de una política federal de cooperación jurídica internacional.

12.

Participar y efectuar el seguimiento de las actividades derivadas

de la cooperación internacional que lleven a cabo otros organismos

nacionales o internacionales.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

DIRECCION GENERAL DE ASISTENCIA TECNICA Y LEGISLATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en la planificación de políticas que se establezcan en los

temas de competencia del área y en el control técnico legislativo de

proyectos normativos.

ACCIONES:

1.

Intervenir en el estudio y planificación de políticas a desarrollar

en las áreas de competencia de la Subsecretaría y controlar su

ejecución, como así también en el de los programas operativos para el

cumplimiento de las políticas fijadas.

2.

Analizar las propuestas normativas que las distintas áreas eleven a

consideración de la superioridad, asesorando sobre su procedencia y

viabilidad.

3.

Realizar el análisis técnico legislativo de los proyectos normativos que se sometan a su intervención.

4.

Participar y realizar tareas de apoyo a la labor de las Comisiones de estudios normativos.

5.

Prestar el apoyo técnico y administrativo a la Subsecretaría.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES CON EL PODER LEGISLATIVO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Subsecretario en lo inherente a las relaciones con el

CONGRESO DE LA NACION, en lo relacionado con las modificaciones

legislativas que impulse la Jurisdicción.

ACCIONES:

1.

Asistir al Subsecretario en las relaciones con el CONGRESO DE LA

NACION, para el seguimiento de los proyectos legislativos de

incumbencia del Ministerio.

2.

Impulsar anteproyectos de reforma y actualización de textos legales,

de adecuación de la legislación nacional de carácter general y de los

Códigos, de normas reglamentarias y de ordenamiento y compilación de

normas jurídicas y administrativas, con vistas a consolidar sus textos.

3.

Supervisar las comisiones de juristas constituidas en el Ministerio.

4.

Asistir en el seguimiento del trámite parlamentario de los proyectos

de competencia de la jurisdicción y en lo relacionado con el ejercicio

constitucional del veto.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

DIRECCION NACIONAL DE READAPTACION SOCIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proponer, planificar y coordinar acciones y programas de tratamiento

vinculados con la reinserción social de los internos, a fin de procurar

en ellos la comprensión y el respeto por la ley y las normas de

interacción social; con la reinserción en la comunidad de los egresados

de las cárceles y con la integración social de aquellas personas que

estén incorporadas a medidas de tratamiento en el medio libre, en

virtud de disposición judicial.

ACCIONES:

1.

Proponer el desarrollo e implementación de acciones y programas

concretos e innovadores en materia tanto de tratamiento penitenciario

como de todas las sanciones penales alternativas a la privación de la

libertad, en consonancia con las normas internacionales y en el marco

de las mejores prácticas.

2.

Promover y desarrollar el estudio de todos los factores que

interfieran y dificulten el proceso de reinserción social, propiciando

los cambios en aquellas situaciones que impliquen discriminaciones.

3.

Efectuar estudios sistemáticos sobre demandas y oportunidades

laborales relacionadas con el egreso de prisión y/o con aquellas

personas sometidas al cumplimiento de reglas de conducta en razón de

disposición judicial.

4.

Propiciar, desarrollar e implementar un programa de trabajo en los

establecimientos carcelarios y penitenciarios, con miras a la formación

en los internos de hábitos laborales, generando para ese universo

oportunidades de empleo productivas en consonancia con los lineamientos

y exigencias del mercado laboral.

5.

Promover el desarrollo de la actividad profesional y específica de

los patronatos de liberados, especialmente de todas aquellas vinculadas

con la supervisión, control y asistencia de los condenados

condicionales, probados y liberados, en los términos de los artículos

27 bis, 76 bis, ter, quater, 13 y 53 del Código Penal de la Nación y de

la Ley de Ejecución de la Pena privativa de la Libertad N° 24.660.

6.

Promover acciones de esclarecimiento en la comunidad procurando

actitudes positivas con respecto a los egresados de los

establecimientos penales y de todas aquellas personas que estén

sometidas a reglas de conducta a desarrollarse en el medio libre en

virtud de un proceso penal.

7.

Estimular el desarrollo de tareas coordinadas de organismos públicos

y privados vinculados con la ejecución penal y propiciar el desarrollo

de actividades de información y difusión en la sociedad, en

universidades y en instituciones intermedias sobre la problemática.

8.

Adoptar cursos de acción tendientes a obtener la participación de

organizaciones no gubernamentales en temas educativos, sanitarios o

laborales, relacionados con las finalidades de las instituciones

penitenciarias y de los patronatos de liberados.

9.

Coordinar a nivel nacional y provincial el desarrollo de todas

aquellas acciones y programas vinculados con la reinserción social de

los internos y egresados de los establecimientos penitenciarios y con

la integración social de aquellas personas sometidas a reglas de

conducta de cumplimiento en el medio libre.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

DIRECCION NACIONAL DE OBRAS Y MANTENIMIENTO PENITENCIARIO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Efectuar el relevamiento, análisis y evaluación de la infraestructura

edilicia de las unidades del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Dirigir la ejecución del plan de construcciones y mantenimiento de las unidades penitenciarias.

ACCIONES:

1.

Efectuar el relevamiento edilicio de las unidades penitenciarias en Unidades y edificios del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

2.

Efectuar el diagnóstico y evaluación de las necesidades en materia de infraestructura penitenciaria.

3.

Efectuar la propuesta de construcción y contratación de servicios de

mantenimiento de las Unidades y edificios penitenciarios, para la

elaboración del plan de construcción y mantenimiento de los mismos.

4.

Asistir al Subsecretario en el desarrollo y evaluación de estudios

previos, planes, programas y proyectos en materia de infraestructura en

el ámbito del sistema penitenciario federal.

5.

Confeccionar los pliegos de condiciones y especificaciones técnicas

para la contratación de la construcción, modificaciones edilicias,

servicios de mantenimiento y equipamiento de las Unidades y edificios

penitenciarios.

6.

Analizar los proyectos referidos a obras de conservación,

modificación o construcción edilicia necesarios para el mejoramiento de

la infraestructura y funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

7.

Efectuar el seguimiento del avance de las obras penitenciarias y la

supervisión del cumplimiento de los requisitos establecidos en los

pliegos de condiciones y especificaciones técnicas.

8.

Intervenir en el proceso referido a las contrataciones de Obras Públicas penitenciarias.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA

DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejecutar las competencias que las Leyes N° 26.589 y N° 24.635 y sus

Decretos Reglamentarios atribuyen al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS. Dirigir, desarrollar y promover programas de métodos

participativos para la prevención y solución de disputas. Organizar y

coordinar el cuerpo de expertos en resolución de conflictos y

negociación en temas en los que se encuentre interesado el Estado

Nacional.

ACCIONES

1.

Ejecutar las competencias que la legislación vigente (Leyes N°

26.589 y N° 24.635 y sus Decretos reglamentarios) encomienda al

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en los temas relacionados

con métodos alternativos y de participación de prevención y resolución

de conflictos.

2.

Entender en la normativa que regule la capacitación integral de

mediadores y conciliadores laborales. Aprobar y supervisar los

programas de estudio y capacitación de los cursos que se dicten en el

ámbito de la Dirección y en las organizaciones autorizadas para ello.

3.

Organizar el Centro de Prevención y Resolución de Conflictos dentro

de lo establecido por la Ley N° 26.589, en las condiciones que

establece la pertinente reglamentación.

4.

Intervenir en la elaboración y desarrollo de proyectos normativos

referidos a la aplicación de nuevas formas de resolución alternativa de

conflictos.

5.

Proponer la convocatoria u organización de seminarios, cursos,

conferencias, reuniones nacionales e internacionales y/o publicaciones

y participar en ellos, para profundizar los estudios sobre métodos de

participación en la prevención y resolución de conflictos.

6.

Representar al organismo en los trámites judiciales tendientes al

cobro de multas y recupero de honorarios, que le competen de

conformidad con la legislación vigente.

7.

Cooperar con los distintos organismos del Estado Nacional en

cuestiones relativas a la mediación, conciliación y otros métodos

participativos de resolución de conflictos.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA

DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION Y FORTALECIMIENTO PARA EL ACCESO A LA JUSTICIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover, facilitar y fortalecer el acceso a la justicia por parte de

los ciudadanos. Conducir e impulsar las actividades relacionadas con

los programas jurídicos y sociales de atención comunitaria.

Atender el tratamiento de las demandas de los ciudadanos mediante

acciones que permitan la satisfacción de las mismas, en el marco de las

competencias asignadas.

ACCIONES

1.

Organizar, coordinar y administrar los servicios a través de los

cuales el Ministerio promueve, facilita y fortalece el acceso a la

justicia.

2.

Entender en la puesta en ejecución de planes sociales de asistencia jurídica a la comunidad y los programas que lo integren.

3.

Estimular la labor coordinada de los centros de asistencia jurídica.

4.

Ofrecer servicio de orientación y derivación frente a problemáticas tanto jurídicas como sociales.

5.

Dar respuestas a la necesidad de información y asesoramiento

jurídico-asistencial, denuncias y solicitudes de diversa índole

presentados por la ciudadanía, brindando respuestas concretas que

conduzcan a la solución efectiva de las demandas.

6.

Promover la cooperación con los Gobiernos Provinciales, para

replicar y adaptar los servicios desarrollados, en distintos lugares

del país, a través de convenios de cooperación técnica.

7.

Cooperar con los distintos organismos del Estado Nacional, en las cuestiones relativas al acceso a la justicia.

8.

Promover la cooperación con el Poder Judicial de la Nación, a los fines de fortalecer el acceso a la justicia.

9.

Participar en el estudio de proyectos de leyes y decretos originados

en otras áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en materia de acceso a la

justicia.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA

DIRECCION NACIONAL DEL SISTEMA ARGENTINO DE INFORMACION JURIDICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir el Sistema Argentino de Información Jurídica (S.A.I.J.).

Efectuar la prestación del servicio de información jurídica y judicial

del ámbito nacional y provincial destinado a profesionales y a la

sociedad en general, en pos de contribuir a la democratización del

acceso a la información.

Proponer los lineamientos para el tratamiento de la información jurídica y judicial, en su condición de referente técnico.

ACCIONES

1.

Proponer e implementar la prestación de todo servicio que se desarrolle bajo la denominación Infojus.

2.

Entender en el tratamiento documental de las fuentes del derecho y

de la información de carácter jurídico y Judicial, con miras a la

democratización del acceso a la información.

3.

Difundir información jurídica o judicial por cualquier medio o soporte.

4.

Asistir en las actividades de cooperación y en el desarrollo de

políticas de acceso a la información jurídica y judicial, con

organismos nacionales, provinciales e internacionales y con otros

países o entidades de carácter público o privado.

5.

Asistir en los procesos de reforma legislativa brindando información jurídica sistematizada.

6.

Actualizar e implementar metodologías y técnicas de tratamiento

documental, edición, desarrollo de herramientas lingüísticas y de

acceso a la información jurídica y judicial.

7.

Desarrollar y dictar programas de capacitación sobre técnicas de

tratamiento documental de la información jurídica y sobre la

utilización de los servicios brindados, dirigida a los usuarios en

general, poderes del Estado o entidades de carácter público o privado

que lo requieran, en coordinación con la Dirección General de Recursos

Humanos cuando así correspondiere.

8.

Asistir a organismos nacionales, provinciales, municipales,

internacionales u otras entidades de carácter público o privado en la

creación de bases de datos jurídicas, así como en el desarrollo de

servicios editoriales en la materia.

9.

Entender en la edición digital o impresa de publicaciones que

requieran los organismos de la Jurisdicción o de otras entidades u

organismos que determine la Cartera de la cual depende.

10.

Promover espacios de debate y de investigaciones jurídicas en

Universidades y otros ámbitos en el marco de las incumbencias de la

Dirección Nacional.

11.

Entender en la coordinación de la Red Nacional de Información Jurídica.

12.

Difundir los servicios de información ofrecidos por la Dirección Nacional.

13.

Intervenir en la definición, desarrollo y administración de

soluciones tecnológicas tendientes a prestar los servicios que brinda

la Dirección Nacional.

14.

Asistir a la Subsecretaría en la articulación con la SECRETARIA DE

COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el

marco de sus incumbencias respectivas.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

DIRECCION NACIONAL DE POLITICA CRIMINAL EN MATERIA DE JUSTICIA Y LEGISLACION PENAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proponer y desarrollar investigaciones científicas en materia de

justicia y legislación penal e intervenir en el desarrollo de las

acciones resultantes de aquéllas, brindando asesoramiento técnico a los

demás organismos que así lo requieran y, cuando correspondiere, a los

entes no gubernamentales cuyos objetivos fueren atinentes a la materia.

ACCIONES

1.

Diseñar los instrumentos adecuados para recopilar información

empírica acerca del funcionamiento de los organismos del sistema penal.

2.

Intervenir en la programación y ejecución de las acciones de

investigación sobre política criminal en materia de justicia y

legislación penal, que sean prioritarias para el Gobierno Nacional y

aquellas que sean requeridas por los niveles provinciales y municipales.

3.

Realizar estudios, encuestas y estadísticas sobre materias de

política criminal en materia de justicia y legislación penal, así como

intervenir en el diseño de los sistemas informáticos que a este

respecto encare el Ministerio. Para llevar a cabo tales estudios podrá

proponer la celebración de convenios con organismos internacionales,

universidades, institutos de investigación y otros organismos públicos

o privados interesados en el tema.

4.

Mantener actualizada la información recopilada para la elaboración de sus estudios e investigaciones.

5.

Intervenir en el desarrollo de actividades relacionadas con programas de su competencia.

6.

Intervenir en la formulación de proyectos legislativos en materia de su competencia.

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

DIRECCION NACIONAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCION A TESTIGOS E IMPUTADOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados

creado por el artículo 1° de la Ley N° 25.764, ejecutando las medidas

tendientes a preservar la seguridad de testigos e imputados que se

encontraren en una situación de peligro para su vida o integridad

física, que hubieren colaborado de modo trascendente y eficiente en una

investigación judicial de competencia federal relativa a los delitos

previstos por los artículos 142 bis y 170 del Código Penal de la Nación

y los previstos por las Leyes N° 23.737 y N° 25.241, como así también

de aquellos testigos e imputados que se incluyan en el Programa de

conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 1° de la

Ley N° 25.764.

ACCIONES

1.

Llevar adelante las medidas de protección adecuadas a cada caso y a

las posibilidades de adaptación a ellas por parte de las personas

beneficiadas. A tales fines se podrán requerir estudios psicológicos,

clínicos, ambientales y todos aquellos que se consideren pertinentes.

2.

Efectuar las comunicaciones relativas al seguimiento de cada caso a

las autoridades que hubieran requerido la protección y determinar los

distintos aspectos de la aplicación del programa.

3.

Solicitar la autorización, a la autoridad competente, a los fines de

encomendar la ejecución material de las medidas especiales de

protección a las fuerzas de seguridad, policiales y al SERVICIO

PENITENCIARIO FEDERAL, quienes deberán cumplirlas en tiempo y forma,

aportando servicios de custodia, informes técnicos o socio-ambientales

y cualquier otro servicio que, por razones de inmediatez y reserva del

caso, se estime necesario.

4.

Requerir de los organismos o dependencias de la administración

pública la intervención para suministrar servicios específicos, así

como la confección de trámites y provisión de documentación e

información.

5.

Realizar pagos, contrataciones y erogaciones de carácter reservado para el cumplimiento de las medidas de protección.

6.

Requerir al juez o tribunal que dispuso la protección, su cese cuando las circunstancias así lo aconsejaren.

7.

Proponer la celebración de convenios y mantener relaciones a nivel

nacional e internacional con organismos o instituciones públicas o

privadas, de carácter nacional o internacional, dando oportuna

intervención al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

8.

Coordinar las acciones relativas al Programa para la Administración

del Fondo Permanente de Recompensas, previsto por la Ley N° 26.538.

— FE DE ERRATAS —

Decreto 174/2014

En la edición del Boletín Oficial Nº 32.826 del 12 de febrero de 2014,

en la que se publicó el citado Decreto, en la Planilla Anexa al

artículo 1° se deslizó el siguiente error:

DONDE DICE: “SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRABLES”.

DEBE DECIR: “SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES”.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.

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