MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rango Decreto
Publicación 2014-02-12
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 174/2014

Decretos N° 357/2002 y N° 1486/2011. Modificaciones.

Bs. As., 10/2/2014

VISTO el Expediente S04:0062355/2013 del registro del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto N°

438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nros.

357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 1755 del 23 de

octubre de 2008 y 1486 del 23 de setiembre de 2011, sus modificatorios

y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357/02 y sus modificatorios se aprobó el

organigrama de aplicación de la administración nacional centralizada,

hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios se aprobó la

estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que en función de las competencias asignadas a las distintas áreas del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, resulta conveniente

reordenar sus responsabilidades, estableciendo, asimismo, sus

competencias.

Que, en tal sentido, entre los pilares del Plan Estratégico del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se encuentran la mejora del

sistema de justicia y el desarrollo de políticas penitenciarias para la

integración social.

Que, a los efectos de una más eficaz administración de los recursos del

Estado, resulta conveniente el desarrollo conjunto de tales desafíos

estratégicos, en la órbita de una misma unidad organizativa.

Que, en consecuencia, a efectos de posibilitar mediante un nuevo diseño

organizacional el logro de los fines propuestos, es necesario

establecer la nueva conformación de la estructura de la SECRETARIA DE

JUSTICIA.

Que, asimismo, entre los objetivos institucionales del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se encuentra el de facilitar a la población

el acceso a la justicia, promoviendo la igualdad en el tratamiento de

los habitantes, como así también la formulación y aplicación de

políticas y programas de promoción y fortalecimiento de los derechos

fundamentales.

Que en el marco de las políticas públicas de inclusión del Gobierno

Nacional la noción de acceso a la justicia trasciende a la de acceso a

la jurisdicción, relacionándose con la posibilidad de las personas, en

igualdad de condiciones, de ejercer sus derechos, superando los

obstáculos de cualquier índole que lo impidan, especialmente los

derivados del estado de vulnerabilidad económica, o de la existencia de

alguna discapacidad.

Que para el cumplimiento de tales fines, resulta necesario jerarquizar las áreas con competencia en la materia.

Que esta medida implica mejorar la calidad y el orden institucional,

inscribiéndose en las políticas inclusivas del Estado Nacional.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO

DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la

medida que aquí se propicia.

Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los

lineamientos fijados por el Decreto N° 1545 del 31 de agosto de 1994,

sus normas complementarias y modificatorias.

Que han tomado la intervención que les compete la SECRETARIA DE

GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA

NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del

Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357/02 y modificatorios

—Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada

hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XVII - MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS, de conformidad con la Planilla anexa al presente

artículo.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo

II al artículo 2° del Decreto N° 357/02 y modificatorios —Objetivos— el

apartado XVII - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en la parte

correspondiente a la SECRETARIA DE JUSTICIA, el que quedará conformado

de acuerdo con la Planilla anexa al presente artículo.

Art. 3° — Sustitúyese el Anexo

If al artículo 1° del Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios

—Organigrama—, correspondiente a la SECRETARIA DE JUSTICIA del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que quedará conformado de

acuerdo con la Planilla anexa al presente artículo.

Art. 4° — Establécese que el

CONSEJO FEDERAL PENITENCIARIO, creado por el Decreto N° 8 del 6 de

enero de 2011, dependerá en forma directa de la SUBSECRETARIA DE

RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de la

SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 5° — Sustitúyese el Anexo

II - Responsabilidad Primaria y Acciones al artículo 1° del Decreto N°

1486/11 y sus modificatorios, en la parte correspondiente a la

SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS,

el que quedará conformado de acuerdo con la Planilla anexa al presente

artículo.

Art. 6° — Establécese que las

unidades de segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE JUSTICIA del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS aprobadas por el Decreto N°

1755/08 y sus modificatorios, mantendrán su vigencia con las Funciones

Ejecutivas, adicionales y suplementos vigentes. Asimismo, mantendrán su

vigencia las unidades de nivel departamental y sus unidades

dependientes, con la asignación de los adicionales y suplementos

asignados.

Art. 7° — Establécese que

mantendrá su vigencia la estructura organizativa de la DIRECCION

NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL aprobada por la Decisión

Administrativa N° 516 del 19 de diciembre de 1996.

Art. 8° — Facúltase al Ministro

de Justicia y Derechos Humanos a aprobar el anexo de dotación de la

estructura organizativa de la jurisdicción, de conformidad con los

créditos y cargos establecidos para la misma, por la Ley de Presupuesto

de Gastos y Recursos de la Administración Nacional. Dicha facultad

deberá ser ejercida previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y

COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 9° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos

que se asignen a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS.

Art. 10. — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C.

Alak.

Planilla Anexa al artículo 1°

XVII.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Planilla Anexa al artículo 2°

XVII. MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE JUSTICIA.

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones

con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el DEFENSOR DEL PUEBLO,

el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA NACION.

2.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones

con organizaciones no gubernamentales del ámbito profesional, judicial,

académico y social.

3.

Intervenir en los programas de reforma judicial.

4.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la

intervención que le compete en la organización del PODER JUDICIAL y en

el nombramiento de los magistrados, conforme a los procedimientos y

recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL.

5.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la

organización y nombramiento de magistrados del MINISTERIO PUBLICO

conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION

NACIONAL y leyes complementarias.

6.

Elaborar anteproyectos de reforma y actualización legislativa y

entender en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas.

7.

Supervisar las acciones del Sistema Argentino de Información Jurídica.

8.

Desarrollar actividades de colaboración en materias de su

competencia con las provincias y organismos oficiales y privados,

mediante la prestación del apoyo y cooperación necesarios para

optimizar la realización de sus tareas.

9.

Asistir al Ministro en el seguimiento del trámite parlamentario de

los proyectos de competencia de la jurisdicción y en lo relacionado con

el ejercicio constitucional del veto.

10.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la

intervención que requieran los litigios en el que el interés del Estado

nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse comprometido, sin

asumir la calidad de parte en el juicio.

11.

Efectuar el estudio de proyectos de leyes y decretos originados en

otras áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del

Ministerio.

12.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la

coordinación de las actividades de cooperación jurídica nacional e

internacional.

13.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en los temas

relacionados con medios alternativos de resolución de disputas.

14.

Conducir los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria, correspondientes al ámbito del Ministerio.

15.

Intervenir en las actividades relativas a la aplicación del régimen

de extradición y promover el desarrollo consensuado de políticas

comunes con organismos internacionales y de otros países, en especial

los limítrofes, en la materia de su competencia.

16.

Intervenir en la definición de la política criminal de la Nación y las acciones a seguir en la materia.

17.

Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la

administración y funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en

la política penitenciaria, en la reforma penitenciaria y en la

ejecución penal.

18.

Asistir en el plan de construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

19.

Entender en las acciones relativas al desarrollo de la infraestructura penitenciaria.

20.

Intervenir en el desarrollo de políticas comunes con organismos

internacionales y otros países, en especial los limítrofes, en materia

de política criminal.

21.

Entender en las acciones relativas al Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.

22.

Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social

de los internos, promoviendo el desarrollo de los patronatos de

liberados e intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.

23.

Entender en las acciones vinculadas con el Programa Nacional de

Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con la

Administración de Justicia.

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS.

OBJETIVOS

1.

Asistir al Secretario de Justicia en lo inherente a las relaciones

de la jurisdicción con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el

DEFENSOR DEL PUEBLO, el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA

NACION y en lo relativo a su intervención en los programas de reforma

judicial.

2.

Asistir al Secretario de Justicia en materia de la intervención que

compete a la jurisdicción en la organización del PODER JUDICIAL y el

MINISTERIO PUBLICO, y en el nombramiento de los magistrados, conforme a

los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL y

leyes complementarias.

3.

Participar en la elaboración de anteproyectos normativos en las

materias de su competencia, especialmente en los atinentes a reforma y

actualización legislativa y entender en el ordenamiento y compilación

de normas jurídicas.

4.

Asistir al Secretario de Justicia en lo concerniente al seguimiento

del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la

jurisdicción, y en lo relacionado con el ejercicio constitucional del

veto.

5.

Asistir al Secretario de Justicia en lo referido a la intervención

que requieran de la jurisdicción los litigios en que el interés del

Estado Nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse

comprometido, sin asumir la calidad de parte en el juicio.

6.

Participar en el estudio de proyectos de leyes y decretos originados

en otras áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

7.

Asistir al Secretario de Justicia en lo atinente a la coordinación

de las actividades de cooperación jurídica nacional e internacional.

8.

Asistir al Secretario de Justicia en lo inherente a la intervención

de la jurisdicción en las actividades relativas a la aplicación del

régimen de extradición y promover el desarrollo consensuado de

políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en

especial los limítrofes, en la materia de su competencia.

9.

Asistir al Secretario en la política penitenciaria y en la elaboración de propuestas de reforma en la materia.

10.

Asistir al Secretario en materia de ejecución penal y, en su caso,

proponer políticas y programas relativos a dicha problemática en todos

sus segmentos.

11.

Asistir al Secretario en la administración y funcionamiento del

Servicio Penitenciario Federal, y en la coordinación de las acciones

con los servicios penitenciarios provinciales.

12.

Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social

de los internos, promoviendo el desarrollo de los patronatos de

liberados.

13.

Dirigir estudios, investigaciones y estadísticas vinculadas con la problemática penitenciaria y el sistema penitenciario.

14.

Intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.

15.

Coordinar el accionar del CONSEJO FEDERAL PENITENCIARIO.

16.

Entender en el relevamiento de la infraestructura de las unidades Penitenciarias Federales.

17.

Efectuar el diagnóstico de las necesidades de construcción y mantenimiento de las Unidades Penitenciarias Federales.

18.

Asistir al Secretario en el diseño y elaboración del plan de

construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias en

coordinación con el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

19.

Desarrollar estudios previos y evaluar planes, programas y

proyectos en materia de infraestructura en el ámbito del sistema

penitenciario federal.

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