MINISTERIO DE SALUD

Rango Decreto
Publicación 2014-10-10
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1750/2014

Desígnase el Director Nacional de Relaciones Internacionales.

Bs. As., 2/10/2014

VISTO la Ley Nº 26.895 por la cual se aprobó el Presupuesto General de

la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, los Decretos Nº 491

del 12 de marzo de 2002, Nº 1343 del 4 de octubre de 2007 y sus

modificatorios y Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y el Expediente Nº

1-2002-8929/14-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895, se estableció que las

Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no

podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de

la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a

dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la mencionada Ley se dispuso que las

facultades conferidas por dicho acto legal al Jefe de Gabinete de

Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su

carácter de responsable político de la administración general del país

y en función de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 99 de la

CONSTITUCION NACIONAL.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta

permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta

de la jurisdicción correspondiente.

Que por Decreto Nº 1343/07 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE SALUD.

Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E

INVESTIGACION de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y

RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, se encuentra vacante el

cargo de Director Nacional de Relaciones Internacionales, Nivel A -

Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO

SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),

homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Que atento a la naturaleza de dicho cargo y a efectos de contribuir al

normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la unidad

orgánica a la que corresponde el cargo en cuestión, resulta necesario

proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo

dispuesto en el artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Que a tal fin se han evaluado los antecedentes del doctor Dn. Pedro

Ariel KREMER (D.N.I. Nº 24.962.677), quien cuenta con la adecuada

formación profesional y reúne y acredita los requisitos de idoneidad y

experiencia necesarios para cubrir el cargo de Director de la DIRECCION

NACIONAL DE RELACIONES INTERNACIONALES.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL,

y de lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895, y el

artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Desígnase, con

carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles, a contar del dictado del presente Decreto, al doctor Dn. Pedro

Ariel KREMER (D.N.I. Nº 24.962.677), en el cargo de Director de la

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES INTERNACIONALES de la SUBSECRETARIA DE

RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION de la SECRETARIA DE DETERMINANTES

DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A

Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva

Nivel I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto

Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7°

de la Ley Nº 26.895.

Art. 2° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO

SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),

homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO

OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente

Decreto.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las

partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 -

MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4° —Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Juan L.

Manzur.

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