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DESCLASIFICACION DE DOCUMENTACION

Texto vigente a fecha 1970-01-02

DESCLASIFICACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

Decreto 176/2016

Dispónese la Desclasificación de documentación.

Bs. As., 14/01/2016

VISTO el Oficio del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N°

25, Secretaría N° 161, de fecha 23 de diciembre de 2015, en relación a

la Causa N° 3559/2015 caratulada “N.N. y otro sobre averiguación de

delito Damnificado Nisman, Alberto...” y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el referido oficio, la titular del mencionado Tribunal,

solicitó la instrumentación de “los medios que resulten necesarios, a

efectos de que se “desclasifique y remita” a estos Estrados “toda la

documentación, archivo y/o información que, en cualquier soporte, tenga

o registre (Agencia Federal de inteligencia, Ministerio de Relaciones

Exteriores y Culto, Dirección Nacional de Migraciones, Fuerzas Armadas,

Fuerzas de Seguridad y/o cualquier otra dependencia) respecto del

fiscal general Natalio Alberto Nisman desde el mes de septiembre de

2012,..., hasta el presente, sea de origen de inteligencia nacional o

proveniente de servicios colaterales, en cuyo caso se deberá preservar

las identidades de los agentes de inteligencia extranjeros pertinentes”.

Que el artículo 16 ter de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520

modificada por su similar N° 27.126 establece, entre otros extremos,

que “el Poder Ejecutivo nacional podrá ordenar la desclasificación de

cualquier tipo de información y determinar el acceso total o parcial a

la misma por acto fundado si lo estimare conveniente para los intereses

y seguridad de la Nación y sus habitantes”.

Que el Gobierno Nacional considera esencial el esclarecimiento del hecho investigado en la citada Causa.

Que en consecuencia corresponde disponer las medidas solicitadas por el Juzgado interviniente.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico pertinente.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades emergentes

del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y a lo dispuesto

por el artículo 16 ter de la Ley N° 25.520 y su modificatoria.

Por ello

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dispónese la

desclasificación de la totalidad de la documentación, archivo y/o

información que, en cualquier soporte, tenga o registre la Agencia

Federal de inteligencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores y

Culto, la Dirección Nacional de Migraciones, las Fuerzas Armadas, las

Fuerzas de Seguridad y/o cualquier otra dependencia respecto del fiscal

general Natalio Alberto Nisman desde el mes de septiembre de 2012 hasta

el presente, sea de origen de inteligencia nacional o proveniente de

servicios colaterales, en cuyo caso se deberá preservar las identidades

de los agentes de inteligencia pertinentes.

Art. 2° — Instrúyese a los

organismos citados en el artículo 1° para que, dentro de los TREINTA

(30) días de publicado el presente Decreto, remitan la totalidad de la

documentación, archivo y/o información precitada al Juzgado Nacional en

lo Criminal de Instrucción N° 25, Secretaría N° 161.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.