OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS

Rango Decreto
Publicación 2020-02-22
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS

Decreto 176/2020

DCTO-2020-176-APN-PTE - Desígnase Interventor.

Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2020

VISTO el Expediente N° EX-2018-02780136-APN-GAJ#SSS, los Decretos Nros.

858 de fecha 26 de septiembre de 2018 y 738 de fecha 25 de octubre de

2019 y las Resoluciones del entonces MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO

SOCIAL Nros. 587 de fecha 21 de junio de 2019 y 1100 de fecha 29 de

octubre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 858/18 se intervino, por el término de CIENTO

OCHENTA (180) días, la OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y

MONOTRIBUTISTAS – OSDEPYM - (R.N.O.S. N° 4-0170-4) y se facultó al

entonces MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a prorrogar el plazo

de la intervención de considerarse necesario.

Que en tal sentido, mediante la citada Resolución del ex MSYDS N°

587/19, se prorrogó el plazo de la referida Intervención de la Obra

Social como también el de la designación de su Interventor por el plazo

de NOVENTA (90) días o hasta la asunción de las nuevas autoridades del

Agente del Seguro de Salud, lo que primero acontezca.

Que, posteriormente, por el Decreto N° 738/19 se designó en el cargo de

Interventor de OSDEPYM al señor Juan Pablo DIAB, atento la renuncia de

su antecesor.

Que por la Resolución del entonces MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO

SOCIAL N° 1100/19, se prorrogó, en último término, la Intervención de

la citada Obra Social por el plazo de NOVENTA (90) días o hasta la

asunción de las nuevas autoridades del Agente del Seguro de Salud, lo

que primero acontezca, haciéndose extensivo dicho plazo de prórroga a

la designación del señor Juan Pablo DIAB.

Que en virtud de la tarea que le fuera encomendada, el nombrado

acompañó los informes de gestión de estilo y, en consecuencia, tomó la

intervención de su competencia la Gerencia de Control Económico

Financiero de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo

descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD. La

aprobación final de su gestión queda supeditada a la evaluación final

del área técnica.

Que toda vez que las circunstancias que dieron lugar a la intervención

del Agente del Seguro de Salud continúan vigentes, se estima necesario

continuar con la intervención hasta la normalización definitiva de la

citada OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS

(R.N.O.S. N° 4-0170-4) y dar por finalizada la designación del señor

Juan Pablo DIAB por lo que, en tal sentido, se propone designar como

interventor de la misma al señor Horacio Fernando ALONSO, con las

facultades de administración y ejecución que el Estatuto de la Obra

Social le otorga al Directorio.

Que han tomado intervención los Servicios de Asesoramiento Jurídico competentes.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades

conferidas por el artículo 99 incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dáse por finalizada, a partir de la fecha de publicación

del presente, la designación del señor Juan Pablo DIAB (D.N.I. Nº

26.912.446) como Interventor de la OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS,

PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS -OSDEPYM- (R.N.O.S. Nº 4-0170-4).

ARTÍCULO 2º.- Desígnase en el cargo de Interventor de la OBRA SOCIAL DE

EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS -OSDEPYM- (R.N.O.S. Nº

4-0170-4) al señor Horacio Fernando ALONSO (D.N.I. N° 10.650.995), con

las facultades de administración y ejecución que el Estatuto de la

misma le otorga al Directorio.

ARTÍCULO 3º.- El Interventor elevará un informe mensual de gestión al

MINISTERIO DE SALUD a través de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE

SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO

DE SALUD, con el detalle sobre la situación de la entidad y su

evolución administrativa y prestacional.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero -

Ginés Mario González García

e. 22/02/2020 N° 9842/20 v. 22/02/2020

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.